109. ALDIZKARIA - 2005eko irailaren 12a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

Cédulas de notificación

Resolución de Derivación de Responsabilidad Solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 6 de junio de 2005, mediante la que declara a don Víctor Latorre Val con D.N.I. número 29144880Q, en su calidad de administrador de la empresa VLV Gestión Integrada de Proyectos, S.L., con c.c.c. 31/103096678, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don Víctor Latorre Val 3.128,80 euros, en los correspondientes documentos de reclamación de deuda, que a continuación se relacionan:

Reg.: 0111. T/Identif.: 31100158285. Numero de reclamación: 31/05/013292312. Periodo: 06/03-06/03. Importe: 932,80.

Reg.: 0111. T/Identif.: 31100158285. Numero de reclamación: 31/05/013292615. Periodo: 07/03-07/03. Importe: 946,27.

Reg.: 0111. T/Identif.: 31100158285. Numero de reclamación: 31/05/013292413. Periodo: 08/03-08/03. Importe: 870,52.

Reg.: 0111. T/Identif.: 31100158285. Numero de reclamación: 31/05/013292514. Periodo: 09/03-09/03. Importe: 379,21.

Recurso procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 3.128,80 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en los domicilios del interesado, sitos en Gorráiz de Egüés, calle Susabide 44 y Pamplona, Plaza del Castillo 4-bajo 2-D, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de las resoluciones, las cuales no se publican en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 2005eko irailaren 5a
La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, María Teresa Ayucar Sanz.

Iragarkiaren kodea: E0518484