V. ADMINISTRACION DE JUSTICIA
- Juzgado de lo Social número Dos de Navarra
E D I C T O
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de los de Navarra.
Hago saber: Que ante este Juzgado de lo Social se tramita ejecución número 116/99, promovida por Jesús María Martínez Goñi, Daniel Martínez Salaverría y Gisela Martínez Salaverría, contra Compuphil, S.A.L., en reclamación por cantidad, en la que con fecha 7 de diciembre de 1999, se ha dictado resolución que contiene entre otros los siguientes particulares:
"Auto. En Pamplona, a nueve de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Hechos.
Primero: En la presente ejecución seguida a instancia de don Jesús María Martínez Goñi, don Daniel Martínez Salaverría y doña Gisela Martínez Salaverría, frente a Compuphil, S.A.L., en reclamación de un principal de 2.163.180 pesetas se han practicado las oportunas averiguaciones y diligencias para obtener la indicada cantidad, con el resultado negativo que consta en lo actuado.
Segundo: Se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial, según las disposiciones en vigor, cumplimentando el trámite conferido en su escrito anterior.
Razonamientos jurídicos.
Unico: A la vista de lo actuado, no habiéndose obtenido en la ejecución cantidad alguna para satisfacer el principal reclamado, procede, a tenor de lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, declarar la insolvencia de la empresa, con carácter provisional, y sin perjuicio de continuar las actuaciones cuando mejore de fortuna.
Vistos los artículos legales citados y los demás que son de general y pertinente aplicación:
Parte dispositiva. Se declara a la empresa Compuphil, S.A.L., insolvente en el sentido legal y con carácter provisional, sin perjuicio de continuar el procedimiento ejecutivo si llegare a mejor fortuna, para responder al débito de 2.163.180 pesetas que adeuda a Jesús María Martínez Goñi (1.491.823 pesetas, de las cuales 135.620 pesetas corresponden a intereses por mora señalado en sentencia), Daniel Martínez Salaverría (575.507 pesetas, de las cuales 52.319 pesetas corresponden a intereses por mora) y Gisela Martínez Salaverría (95.850 pesetas, de las cuales 8.714 corresponden a interés por mora), según resolución dictada. Una vez firme la presente, archívese.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, para ante mismo Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación, con cita del precepto legal que se entienda infringido, sin perjuicio de su ejecutividad.
Así lo propongo a S.S.ª para su conformidad. Doy fe. Conforme: El Magistrado. El Secretario".
Por el presente edicto se notifica a Compuphil, S.A.L., que estuvo domiciliada en Abejeras, números 51-53 bajo, Pamplona y hoy en ignorado paradero, la resolución dictada, con la advertencia de que en la Secretaría de este Juzgado se encuentra a su disposición copia de la misma.
Dado en Pamplona, a siete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.4934
Iragarkiaren kodea: 4934