37. ALDIZKARIA - 2021eko otsailaren 17a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

TUDELA

Notificación de diligencias de embargo

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 99.2 de la Ley Foral 13/2000, del 14 de diciembre, General Tributaria, por circunstancias que obran en el expediente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.4 de la referida Ley Foral se procede a publicar el presente Edicto en Boletín Oficial de Navarra y se comunica a los siguientes interesados para que comparezcan personalmente o debidamente representados en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Edicto, en las dependencias de esta Recaudación Ejecutiva sita en Plaza de la Constitución, 12-1.º A de Tudela, a fin de darse por notificados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer se les tendrá por notificados de los correspondientes actos a todos los efectos, desde el día siguiente al vencimiento del mencionado plazo.

Se apercibe a los obligados tributarios que cuando cualquiera de los trámites del procedimiento de apremio se entienda notificado, por no haber comparecido por sí mismos o por su representante, se les tendrá por notificados en las sucesivas actuaciones y diligencias que se dicten en el procedimiento de apremio, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en él en cualquier otro momento. No obstante, la resolución de enajenación de bienes embargados se notificará en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral General Tributaria.

Contra este acto administrativo cabe interponer uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo del Gobierno de Navarra dentro del mes siguiente a esta resolución.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Actos que se notifican:

1.º Diligencia de Embargo de cuentas y saldos acreedores en entidades de crédito. Artículo 113.s del Decreto Foral 77/2001, de 2 de julio, Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Diligencia de embargo de sueldos y salarios.

3.º Diligencia de embargo de devoluciones fiscales, y/o créditos reconocidos por Gobierno de Navarra y entes locales.

4.º Diligencia de embargo de bienes muebles.

El orden a seguir en el embargo será el indicado y se aplicará de forma alternativa cuando no sea posible el cobro de la deuda.

Tudela, 5 de febrero de 2021.–El recaudador ejecutivo, Eduardo Goicoechea Lacarra.

INTERESADOS QUE SE CITAN

En su condición de deudor:

Deudor: -. DNI: 16020900C. Expediente: 2020126.

Deudor: -. DNI: 78749123K. Expediente: 2016018.

Deudor: -. DNI: 73454224K. Expediente: 2021007.

Deudor: -. DNI: 44635164F. Expediente: 2021001.

Iragarkiaren kodea: L2101952