156. ALDIZKARIA - 2014ko abuztuaren 11

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: Don Borja Nagore Sánchez.

Acto que se notifica: Resolución número 1904, de 19 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 14-01299 y 14-01300, interpuestos por don Borja Nagore Sánchez Ambos contra resoluciones sancionadoras de la Alcaldía del Ayuntamiento del Noble Valle y Universidad de Baztan de fecha 7 de febrero de 2014 (expedientes municipales números 47/13 y 46/13), el primero sobre sanción por no respetar las señales del Agente de la autoridad regulando la circulación; y el segundo sobre sanción por no detenerse en el lugar prescrito por la señal de STOP, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1904 de 19 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar los recursos de alzada 14-01299 y 14-01300, interpuestos contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento del Noble Valle y Universidad de Baztan de 7-02-14 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico consistente en no respetar las señales de los agentes de autoridad que regulan la circulación (expediente sancionador número 47/13) y contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento del Noble Valle y Universidad de Baztan de 7-02-14 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico consistente en no detenerse en el lugar prescrito por una señal de Stop (expediente sancionador número 46/13); actos que confirmamos por ser acordes a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fredesvinto Velasco Fonseca.

Acto que se notifica: Resolución número 1966, de 24 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01317, interpuesto por don Fredesvinto Velasco Fonseca contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Corella de fecha 22 de enero de 2014 (expediente municipal número 22/13), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1966 de 24 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución sancionadora de Alcaldía del Ayuntamiento de Corella de 22-01-14 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en no respetar la indicación de una marca vial amarilla (expediente sancionador número 22/13); acto que confirmamos por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Rufino Satrústegui Oscoz.

Acto que se notifica: Resolución número 1967, de 24 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01318, interpuesto por don Rufino Satrústegui Oscoz contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur de fecha 21 de febrero de 2014 (expediente municipal número 22/13), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1967 de 24 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución sancionadora de Alcaldía del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur de 21-02-14 por la que se impuso multa por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en no respetar la indicación de una marca vial amarilla (expediente sancionador número 22/13); acto que confirmamos por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Rosa-María García Ganuza.

Acto que se notifica: Resolución número 1879, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01472, interpuesto por doña Rosa-María García Ganuza contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de fecha 11 de diciembre de 2013 (expediente municipal número 1879/12), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1879 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Estella/Lizarra el 11 de diciembre de 2013 por importe de 56,55 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 1879/12); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Franklin Alcivar Suquilanda Neira.

Acto que se notifica: Resolución número 1880, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01477, interpuesto por don Franklin Alcivar Suquilanda Neira contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 30065/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1880 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona el 26 de septiembre de 2013 por importe de 619,74 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 30065/11); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Santiago Vicuña Díez.

Acto que se notifica: Resolución número 1881, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01478, interpuesto por don Santiago Vicuña Díez contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 671126/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1881 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona el 26 de septiembre de 2013 por importe de 39,92 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 671126/11); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco-Javier Benavente Andero.

Acto que se notifica: Resolución número 1882, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01494, interpuesto por don Francisco-Javier Benavente Andero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de fecha 11 de diciembre de 2013 (expediente municipal número 488/12), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1882 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de 11-12-13 en cuanto dictada por 220,96 euros en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 488/12); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco-Javier Benavente Andero.

Acto que se notifica: Resolución número 1883, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01495, interpuesto por don Francisco-Javier Benavente Andero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de fecha 11 de diciembre de 2013 (expediente municipal número 387/12), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1883 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de 11-12-13 en cuanto dictada por 88,93 euros en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 387/12); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco-Javier Benavente Andero.

Acto que se notifica: Resolución número 1884, de 18 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01496, interpuesto por don Francisco-Javier Benavente Andero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de fecha 11 de diciembre de 2013 (expediente municipal número 155/12), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1884 de 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Estella/Lizarra de 11-12-13 en cuanto dictada por 220,93 euros en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 155/12); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Jaime Aguirre García.

Acto que se notifica: Resolución número 1942, de 20 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01500, interpuesto por don Jaime Aguirre García contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 589987/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1942 de 20 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona el 26 de septiembre de 2013 por importe de 76,53 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 589987/11); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Santiago Puyales Izurriaga.

Acto que se notifica: Resolución número 1959, de 23 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01514, interpuesto por don Santiago Puyales Izurriaga contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 489026/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1959 de 23 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona el 26 de septiembre de 2013 por importe de 40,45 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 489026/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María-José Babiano Garzón.

Acto que se notifica: Resolución número 1961, de 23 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01516, interpuesto por doña María-José Babiano Garzón contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de septiembre de 2013 (expediente municipal número 950267/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1961 de 23 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona el 26 de septiembre de 2013 por importe de 250,02 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 950267/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Patxi Sesma Martínez.

Acto que se notifica: Resolución número 2119, de 4 de julio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01642, interpuesto por don Patxi Sesma Martínez contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Villava y embargo de bienes, de fecha 18 de octubre de 2013, por importe de 52,57 euros (expediente municipal número 274/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2119 de 4 de julio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Villava el 18 de octubre de 2013 y embargo de bienes por importe de 52,57 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción en materia de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 274/10); y anular el acto impugnado por ser contrario a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan-Andrés Sola Jiménez.

Acto que se notifica: Resolución número 2093, de 3 de julio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01678, interpuesto por don Juan-Andrés Sola Jiménez contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Zizur Mayor y embargo de bienes de fecha 26 de febrero de 2014, por importe de 246,00 euros (expediente municipal número 3605/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2093 de 3 de julio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Zizur Mayor y embargo de bienes de fecha 26-02-14 por importe de 246,00 euros en relación al procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente 3605/11); acto que se anula por no ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Carlos-José Fernández Equísoain.

Acto que se notifica: Resolución número 2049, de 30 de junio de 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 14-01680, interpuesto por don Carlos-José Fernández Equísoain contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) por importe de 274,34 euros y embargo de bienes, de fecha 18 de noviembre de 2013, por importe de 4,13 euros (expediente municipal número 163/12), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2049 de 30 de junio de 2014, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), el día 18 de noviembre de 2013, por un importe efectivamente embargado de 4,13 euros, y recaída en lo que al mismo se refiere en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una deuda no abonada en periodo de pago voluntario, en lo que se refiere al concepto “Multas 2012”; acto que se anula por no ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 4 de agosto de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Iragarkiaren kodea: F1411028