4. ALDIZKARIA - 2010eko urtarrilaren 8a

4. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto. Demanda 0000736/2009

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 0000736/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Beatriz Goñi Lanzas contra la empresa Mesón Pirineo Sociedad Limitada y Raúl Miranda Fraguas, sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Propuesta de providencia de la Secretaria, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

En Pamplona, a 17 de diciembre de 2009.

Por presentado el anterior escrito en fecha 15 diciembre del año en curso ante el decano por la letrada señora Méndez Villagrasa, únase a los autos de su razón y dese a la copia su destino legal. Se tiene por ampliada la demanda contra Raúl Miranda Fraguas, y en su virtud, désele traslado de la demanda y copias acompañadas y convóquesele para que comparezca a los actos de conciliación, si procede, y juicio, que se señalan para el día el día 19 de enero de 2010 a las 09:15 horas, en Sala de vistas Numero 14 (Planta Primera, a cuyos efectos se librarán las oportunas citaciones, advirtiéndole de que deberá concurrir al juicio con los medios de pruebas de que intente valerse y de que si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se celebrará el juicio sin su presencia.

Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito ya referido y por modificado el Suplico de la demanda en los términos indicados.

Se dan por reproducidas las advertencias y requerimientos que fijaban el primer señalamiento.

Sirva el presente proveído de citación a las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación, sin perjuicio de lo cual se llevará a efecto. (articulo 184.1 Ley Procedimiento Laboral).

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, oficina de la calle Cortes de Navarra número 5 de Pamplona (0030.8025), indicando el número de expediente 3159.0000.65. 0736 09, y especificando en el campo "concepto" del documento: "Recurso 30". En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030.8025.90.0000000000, indicando el mismo número de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado ("Recurso 30").

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las CCAA, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Lo que propongo a Su Señoría Ilustrísima para su conformidad.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Mesón Pirineo, Sociedad Limitada y Raúl Miranda Fraguas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 18 de diciembre de 2009.-La Secretaria Judicial, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0928725