94. ALDIZKARIA - 2006ko abuztuaren 7a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Tudela

EDICTO

Don Luis Jiménez Alonso, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Tudela.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 1.036/2005, a instancia de Caja Navarra, contra don Pedro Belio Santacruz y doña María Concepción Monguilán Sánchez, sobre ejecución hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIEN QUE SE SACA A SUBASTA Y SU VALORACION

Casa urbana de dos plantas, con corral, sita en la calle Príncipe de Viana, número 14, de Buñuel. La vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Tudela, número 1 como finca 5.742, al tomo 2.987, libro 128, folio 25. Valorada en la escritura de hipoteca en la suma de setenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos con ochenta y tres (78.882,83) euros.

La subasta tendrá lugar el día 3 de octubre de 2006, a las once horas.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

Primera: Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en el Banesto número 3180.0000.06.1036.05, o de que han prestado aval bancario por el treinta por ciento del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Segunda: Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

Tercera: Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito, en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

Cuarta: Cuando la mejor postura sea igual o superior al setenta por ciento del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la L.E.Cn.

Quinta: La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Sexta: Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error, se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Tudela, 2006ko uztailaren 4a
El Secretario Judicial, Luis Jiménez Alonso.

Iragarkiaren kodea: J0612039