BOLETÍN Nº 81 - 20 de abril de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BAZTAN

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas de empleada/o de servicios múltiples, con conocimiento de euskera

El alcalde del Ayuntamiento de Baztan, Joseba Otondo Bikondoa, mediante Resolución de Alcaldía número 87/2023 de fecha 30 de marzo de 2023, aprobó el inicio del procedimiento y las bases que regirán la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de dos plazas de empleada/o de servicios múltiples, con conocimiento de euskera, al servicio del Ayuntamiento de Baztan.

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Baztan, 30 de marzo de 2023.–El alcalde, Joseba Otondo Bikondoa.

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de dos plazas de empleada/o de servicios múltiples al servicio del Ayuntamiento de Baztan, con conocimiento de euskera, nivel C1 (comprensión y expresión oral) y B2 (compresión escrita y escritura). Una plaza en turno libre y la otra en turno de promoción. Si la plaza del turno de promoción queda desierta, se acumulará a la del turno libre.

1.2. Las personas designadas serán funcionarias/os, desde la fecha de toma de posesión.

1.3. La plaza estará dotada con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Baztan y que equivalen a los previstos en el Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio por el que se aprueba el Reglamento Provisional de retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y disposiciones concordantes.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por los órganos administrativos competentes.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, incluyendo el mantenimiento en las ramas eléctrica y mecánica de edificios municipales, bienes municipales y prestación de servicios múltiples; y otras similares que se le pudieran encomendar que, sin precisar una especialización concreta, exijan un cierto conocimiento o pericia del oficio. Asimismo, las funciones se podrán modificar según necesidades del servicio. Todo ello en el ámbito de la competencia y dentro del nivel y categoría.

Base 2.–Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidas en este concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

2.1. Turno libre.

a) Ser mayor de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa y tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado a que se refiere el artículo 1.º de la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre y en las condiciones que en el mismo se determinan.

b) Hallarse en posesión del título de ciclo formativo de Grado Medio, Formación Profesional de Primer Grado, Graduado Escolar o título equivalente.

c) Acreditar el conocimiento de euskera, mediante certificado expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación reconocida oficialmente como equivalente o la superación de una prueba que determine si la persona aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente.

Conforme a lo establecido en el Decreto Foral 303/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Euskera, para su acreditación las personas aspirantes podrán someterse a una prueba, que tendrá lugar antes de comenzar con los ejercicios de la oposición.

Las personas candidatas que ostenten el certificado de aptitud de la Escuela de Idiomas, EGA o equivalente, estarán dispensadas de realizar esta prueba, para lo que deberán presentar original o copia del título compulsada en el momento de presentar la instancia para participar en la convocatoria.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse en inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada/o del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Hallarse en posesión del carné de conducir, al menos de categoría B.

2.2. Turno de promoción.

Además de los requisitos exigidos para las personas aspirantes por el turno libre, los/las aspirantes del turno de promoción deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, acreditar cinco años de servicios efectivamente prestados en las mismas, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

2.3. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por las personas aspirantes en el plazo y forma prevista en la base octava de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Base 3.–Instancias.

3.1. Las instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Baztan, dentro de los 30 días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada, y la persona interesada deberá comunicar este hecho al Ayuntamiento de Baztan por correo electrónico (baztan@baztan.eus) siempre dentro del plazo establecido.

Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y en ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título de Ciclo Formativo de Grado Medio, Formación Profesional de Primer Grado, Graduado Escolar o título equivalente.

c) Fotocopia compulsada del título de euskera.

d) Fotocopia compulsada del carné de conducir, al menos de categoría B.

e) Certificados originales acreditativos de los méritos que la persona aspirante desee hacer valer en la fase de concurso, o, tratándose de extremos que no pueda acreditar por este conducto, copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes y otros que pretenda sean valorados.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

Base 4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, Alcaldía dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento. A estos efectos, se confeccionarán dos listas correspondientes a los/las siguientes aspirantes:

–1.ª Aspirantes al turno libre.

–2.ª Aspirantes al turno de promoción.

En la citada resolución, y sólo en el caso de ser necesario, se podrá establecer la fecha, hora y lugar de realización de la prueba de capacitación lingüística, que constará de una prueba escrita y otra oral en las que se determinarán la aptitud o no aptitud de la persona con respecto al grado de dominio exigido en esta convocatoria. Una vez cumplimentada esta prueba, y quienes hayan obtenido la calificación de apta/o podrán presentarse a las pruebas de oposición.

4.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, Alcaldía aprobará la lista definitiva de personas admitidas o excluidas y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Baztan.

4.3. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a quienes participen la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando del examen de la documentación presentada o de la que obra en poder del Ayuntamiento, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

4.4. Con la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los efectos previstos en el artículo 45.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base 5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los/las siguientes miembros:

–Presidente: alcalde del Ayuntamiento de Baztan.

  • Suplente: primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Baztan.

–Vocal: Peio Etxebeste Zayas, profesor designado por el CIP Elizondo Lanbide Eskola IIP.

  • Suplente: Mikel Iturralde Elizetxe, profesor designado por el CIP Elizondo Lanbide Eskola IIP.

–Vocal: Iñigo Gorrotxategi Paskal, profesor designado por el CIP Elizondo Lanbide Eskola IIP.

  • Suplente: Mikel Iriarte Antxorena, profesor designado por el CIP Elizondo Lanbide Eskola IIP.

–Vocal: Ana Larruy Alaña, en representación del personal del Ayuntamiento de Baztan.

  • Suplente: Elena Urtasun Lasa, en representación del personal del Ayuntamiento de Baztan.

–Secretario: Iulen Urbiola Loyarte, secretario del Ayuntamiento de Baztan.

  • Suplente: Nagore Madariaga Iriarte, secretaria de los Ayuntamientos de Igantzi y Arantza.

El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El tribunal podrá incorporar personas colaboradoras y asesoras especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

Base 6.–Desarrollo del concurso oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar en primer término el concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se podrá determinar el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

6.3. Fase de concurso.

6.3.1. La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

6.3.2. Los méritos alegados se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo.

a) Por servicios prestados en la Administración Pública en puestos similares, 1 punto por año, con un máximo de 6 puntos.

b) Por servicios prestados en la empresa privada en puestos similares, 1 punto por año, con un máximo de 4 puntos.

Para el computo de los méritos previstos en los dos apartados anteriores, acreditados documentalmente, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad, pero si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia, únicamente los prestados en el que tiene asignada mayor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditada (certificados de empresa pública o privada señalando puesto de trabajo, funciones y periodo laboral) no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad a nivel mensual. No se computarán días sueltos.

c) Por titulaciones académicas de formación profesional de grado medio y superior relacionadas con el puesto, un máximo de 6 puntos, que se distribuirán del siguiente modo:

–Grado medio: familia profesional de energía y agua; familia profesional de instalación y mantenimiento; familia profesional de electricidad y electrónica; familia profesional de albañilería y construcción; familia profesional de carpintería: 3 puntos.

–Grado superior: familia profesional de energía y agua; familia profesional de instalación y mantenimiento; familia profesional de electricidad y electrónica, familia profesional de albañilería y construcción; familia profesional de carpintería: 3 puntos.

A las personas participantes que tengan grado medio y superior de una misma familia, solo se le valorará uno de los grados.

d) Cursos de formación: máximo 4 puntos. Los cursos de formación realizados y debidamente acreditados que tengan relación con el puesto de trabajo a desarrollar, se valorarán con el siguiente criterio:

–Cursos de 20 o superior número de horas: 0,5 puntos por curso.

–Cursos superiores a 100 horas: 1 punto por curso.

e) Por permiso de conducir C1 o superior: 0,5 puntos.

f) Por carnet de manipulador/a de alimentos: 0,5 puntos.

g) Curso aprobado de Prevención y Control de Legionella: 0,5 puntos.

h) Certificado de aptitud en instalaciones térmicas del edificio: 0,5 puntos.

i) Operador/a de Plataforma Elevadora de Personas: 0,5 puntos.

6.3.3. El tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por las personas concursantes.

El tribunal valorará discrecionalmente, pero de forma razonada, los méritos que estime concurrentes, en cada aspirante por cada uno de los apartados precedentes sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de méritos que no hayan sido alegados o que no se hayan acreditado documentalmente.

6.3.4. Al término de la fase de concurso se hará público en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento la puntuación obtenida por cada una de las personas aspirantes.

6.4. Fase de oposición.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas.

6.4.1. Primer ejercicio:

Contestación por escrito, mediante una serie de preguntas de respuesta breve y/o tipo test sobre los temas comprendidos en el Anexo II. El tiempo máximo para realizar esta prueba será de 90 minutos.

6.4.2. Segundo ejercicio:

La prueba práctica consistirá sobre alguna o varias de estas materias: electricidad, mecánica, fontanería, albañilería, soldadura y/o informática.

El tribunal determinará la realización de las pruebas de este ejercicio en un solo día o en días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

6.4.3. Tercer ejercicio:

Constará de una entrevista personal con las cinco personas aspirantes que obtengan la mayor puntuación tras la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en los dos primeros ejercicios de la fase de oposición.

El tribunal determinará el tiempo para realizar cada una de estas pruebas.

6.4.4. Valoración de las pruebas.

El primer ejercicio se valorará de 0 a 40 puntos, quedando eliminados aquellas personas aspirantes que obtengan menos de 20 puntos.

El segundo ejercicio se valorará de 0 a 70 puntos, quedando eliminados aquellas personas aspirantes que con la suma de las puntuaciones de las distintas pruebas obtengan menos de 35 puntos. Así mismo quedarán eliminadas las personas aspirantes que sean calificadas con 0 puntos en dos o más pruebas.

El tercer ejercicio, o entrevista, tendrá una valoración máxima de 10 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.

6.4.5. Para la corrección de los ejercicios el tribunal seguirá el mismo orden establecido para la realización práctica de los mismos y supuestos prácticos. Las personas aspirantes que no superen la puntuación mínima exigida para aprobar un ejercicio quedarán eliminadas sin que el tribunal entre a calificar el resto de la prueba.

6.4.6. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad. Las personas aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminadas.

6.4.7. La calificación final del concurso-oposición será la que resulte de sumar puntuaciones obtenidas por cada uno de las/los aspirantes en ambas fases.

Base 7.–Relación de aprobados y propuesta del tribunal.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento de Baztan, dos listas, ordenadas de mayor a menor puntuación total, una con los/las aspirantes del turno de promoción y otra con todos/as los/las aspirantes por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios y acompañará la propuesta de nombramiento en favor de las/los aspirantes con mayor puntuación. Las propuestas se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Baztan.

Base 8.–Presentación de documentos.

8.1. Las personas aspirantes propuestas deberán presentar en las oficinas del Ayuntamiento en el plazo de máximo de quince días desde la comunicación de la propuesta, los siguientes documentos:

a) Declaración jurada de no hallarse en inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada/o del servicio de una Administración Pública.

b) Informe acreditativo de la aptitud física y psíquica expedido por el centro de salud publico.

8.2. Si dentro del plazo fijado y salvo en caso de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser designada quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior el Ayuntamiento cubrirá, en su caso, la baja con las/los sucesivas/os candidatas/os incluidos en la lista a que se refiere la base 7.

8.4. La persona aspirante seleccionada deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo máximo de quince días contado a partir de la fecha de propuesta de contratación del Ayuntamiento de Baztan. En caso de que no se produzca la incorporación, salvo casos suficientemente justificados o una vez producida aquella se quede de nuevo vacante, el órgano competente de aquella podrá contratar a las personas aspirantes que, en orden de la mejor puntuación obtenida en el proceso de selección, manifiesten su conformidad con la contratación ofrecida. En tal supuesto, se estará a lo establecido en la Base anterior 8.3.

Base 9.–La lista definitiva.

La lista definitiva de puntuación de todas las personas que superen la prueba teórica podrá ser usada para contrataciones eventuales, por razones de acumulación de tareas, bajas, vacaciones o causa sobrevenida, necesidades puntuales de reforzar los servicios municipales, para lo que en ese supuesto se adecuará la contratación al puesto de trabajo de que se trate. La citada lista se gestionará según lo establecido en el anexo III.

La información relativa a las resoluciones y actuaciones del tribunal correspondientes a convocatorias de pruebas y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para las personas interesadas, será publicada en la web del Ayuntamiento de Baztan, www.baztan.eus.

Base 10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Solicitud para participar en la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 2 plazas de empleado/a de servicios múltiples con conocimiento de euskera, al servicio del Ayuntamiento de Baztan

Apellidos y nombre

DNI o documento equivalente

Fecha de nacimiento

Nacionalidad

Domicilio (calle, número, piso)

Código postal

Localidad

Teléfono

Correo electrónico

EXPONE:

–Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas de empleado/a de servicios múltiples con conocimiento de euskera, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ........... de fecha ....................................................

–Que adjunta a esta instancia la documentación exigida en las bases de la convocatoria:

Fotocopia compulsada Documento Nacional de Identidad.

Fotocopia compulsada del título de ciclo medio formativo de grado medio, formación profesional de primer grado, graduado escolar o título equivalente.

Fotocopia compulsada del permiso de conducir (categoría B o superior).

Documentación original o copias autentificadas/compulsadas de los méritos aportados para la fase de concurso.

–Que a efectos de acreditar el conocimiento de euskera exigido en la convocatoria (marcar lo que proceda):

Adjunta copia compulsada de la documentación que acredita estar en posesión del conocimiento de euskera exigido (nivel C1 en comprensión y expresión oral, y B2 en compresión escrita y escritura).

Solicita la realización de la prueba acreditativa del conocimiento de euskera exigido.

SOLICITA:

–Ser admitido/a en la convocatoria, en el turno que se indica:

Turno libre.

Turno promoción.

.............................................., ............. de ...................................................... de 2023

Firma

ANEXO II

1.–Municipio de Baztan: Situación geográfica, lugares, barrios.

2.–El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, el alcalde y la Junta de Gobierno Local (Comisión de Gobierno). Régimen de Sesiones.

3.–Nuevas Ordenanzas, Cotos y Paramentos del Noble Valle y Universidad de Baztan.

4.–El Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Ideas Generales. Derechos y Deberes.

5.–Instalaciones de alumbrado público. Centros de mando, protecciones y dispositivos de control. Distribución de los soportes de alumbrado. Tipos de luminarias de exterior, sus características.

6.–Tipos de lámparas, sus utilizaciones, características y equipos auxiliares necesarios para su funcionamiento. Esquemas de conexionado. Prevención de riesgos labores en trabajos con electricidad.

7.–Cuadros de distribución eléctrica en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

8.–Circuitos de alumbrado básico: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

9.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

10.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

11.–Instalaciones de agua. Control y mantenimiento de depósitos y redes. Conocimiento de bombeo de aguas, filtros, dosificadores de productos correctores.

12.–Conocimientos de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

13.–Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

14.–Albañilería: conservación y mantenimiento de obras.

15.–Ofimática básica. Word, Excel y manejo del correo electrónico.

16.–Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres. Título I (artículo 1, 2, 3, 4), Título II (Art. 12), Título III (Art. 20, 21, 24).

17.–Ley Foral 8/2017, de 19 de junio, para la Igualdad Social de las Personas LGTBI+. Título Preliminar.

18.–Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para Actuar Contra la Violencia hacia las Mujeres. Título I (Art. 1, 3, 5 y 6).

ANEXO III

Normativa reguladora de la bolsa

–Listas de personas aprobadas sin plaza.

Estas listas estarán constituidas por las personas aprobadas sin plaza.

La prioridad en la lista de personas aprobadas sin plaza se establecerá en función de la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso. En caso de empate en la puntuación se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas. Si persistiese el empate, éste se dirimirá en favor de la persona de mayor edad.

–Gestión del proceso de contratación temporal.

Normas generales de llamamiento.

1. Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes deberán comunicar, al menos, un teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico, sin perjuicio de que puedan comunicar, además, otros teléfonos de contacto, información que deberán mantener permanentemente actualizada.

2. La localización de las personas aspirantes se realizará:

–Si la contratación no tuviera carácter urgente, se realizarán dos intentos de localización en un periodo de, al menos, 12 horas entre un intento y otro.

–Si la incorporación al puesto debiera realizarse en un plazo máximo de dos días, se realizarán dos intentos de localización en el mismo día, con un intervalo mínimo de 2 horas.

–Si incorporación al puesto debiera realizarse en un plazo no superior a 24 horas se llamará sucesivamente a todas las personas aspirantes en el orden en que se encuentren en dicho momento en la lista de contratación, hasta encontrar a una persona aspirante disponible para la aceptación del contrato propuesto.

3. El primer intento de localización se hará mediante llamada telefónica y el segundo, si fuera necesario, mediante el envío de un correo electrónico.

4. En todos los casos se dejará constancia de cada llamamiento en un archivo de acceso directo para las personas representantes de las/los trabajadoras/es, señalando las circunstancias, fecha y hora en que se ha realizado.

5. Cuando una persona aspirante no pueda ser localizada, se contactará con la siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos. Las personas interesadas con las que no se haya podido contactar, mantendrán su lugar en la lista correspondiente.

6. Si puestos en contacto con una persona aspirante y realizada una oferta de contratación, no contesta a la misma, se entenderá que la rechaza.

7. A las personas aspirantes que acepten un contrato, no se les ofertará la contratación para desempeñar ningún otro puesto de trabajo, salvo que se trate de cobertura de vacantes o de contratos de duración igual o superior a 6 meses, o que suponga un aumento de jornada laboral.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los llamamientos, cuando una persona aspirante haya desempeñado un puesto de trabajo en virtud de un contrato temporal y dentro del plazo de los quince días siguientes a la finalización del citado contrato se autorice la cobertura temporal de un puesto de trabajo similar, la Administración ofertará el contrato a dicha persona aspirante, siempre que, en el momento del nuevo llamamiento, concurran los siguientes requisitos:

a) Que la persona aspirante esté incluida en una lista que se encuentre vigente en el momento del llamamiento.

b) Que la finalización de su contrato no se haya producido por renuncia al mismo.

Si alguna persona aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado será excluida de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estar obligada en virtud de un nombramiento o contrato administrativo o laboral en vigor.

b) Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

c) Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción. Quienes renuncien a un contrato por este motivo no podrán volver a estar en situación de disponibles hasta que haya transcurrido al menos un mes desde la renuncia, salvo que con anterioridad desaparezca la causa que motivó la misma.

d) Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo. Quienes renuncien a un contrato por este motivo no podrán volver a estar en situación de disponibles hasta que haya transcurrido al menos un mes desde la renuncia, salvo que con anterioridad desaparezca la causa que motivó la misma.

e) Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la fecha de inicio del contrato ofertado está incluida dentro de los quince días naturales anteriores o siguientes a su constitución.

f) Tener la condición de discapacidad debidamente reconocida y que las características de su discapacidad la hagan incompatible con las condiciones específicas del puesto de trabajo para el que se oferta el contrato.

En todos los casos las personas aspirantes deberán acreditar documentalmente la existencia de la causa en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a que se les haya ofertado el puesto al que renuncian.

–Exclusión de las listas.

Serán excluidas de la lista que haya dado lugar al llamamiento las personas aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Renuncia injustificada al puesto de trabajo ofertado.

b) No suscripción del correspondiente contrato por causa imputable al o la aspirante, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

c) No superación del período de prueba, debiendo existir informe motivado de la persona responsable del servicio y acuerdo con la representación de las/los trabajadoras/es.

d) Renuncia al contrato suscrito.

e) Imposibilidad reiterada, durante un periodo de un año, de contactar con la persona aspirante con motivo de llamamientos para la contratación, en los teléfonos o direcciones de correo electrónico facilitados por el/la mismo/a.

f) Abandono del puesto de trabajo.

g) Extinción del contrato como consecuencia de la tramitación de expediente disciplinario que finalice con Resolución firme por la que se apruebe la extinción.

h) Extinción del contrato por causas sobrevenidas, derivadas de la falta de capacidad o de adaptación de la persona contratada para el desempeño del puesto de trabajo, manifestada por un rendimiento insuficiente que impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto, debiendo existir informe motivado de la persona responsable del servicio y acuerdo con la representación de las/los trabajadoras/es.

Código del anuncio: L2305407