BOLETÍN Nº 8 - 12 de enero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

LEKUNBERRI

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de servicios múltiples con conocimiento preceptivo de euskera y constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal

El Pleno del Ayuntamiento de Lekunberri, en la sesión de 22 de diciembre de 2022, ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de servicios múltiples de carácter funcionarial y con conocimiento preceptivo de euskera.

Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1.–Se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de servicios múltiples para las funciones de trabajos de mantenimiento de servicios e instalaciones, con conocimiento de euskera y para la constitución de una relación de aspirantes con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Lekunberri.

El sistema de selección de esta plaza será el de concurso-oposición. La contratación será a jornada completa y con carácter funcionarial.

1.1. La persona aspirante que resulte nombrada ejercerá las funciones propias del puesto de servicios múltiples para las funciones de mantenimiento de servicios e instalaciones que le encomiende el Ayuntamiento siendo, entre otras y sin carácter de exclusivas, las siguientes funciones:

–Realizar labores de mantenimiento y reparación de infraestructura, instalaciones, ser vicios y dependencias municipales: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, soldadura, carpintería, mecánica, limpieza, apertura y cierre de zanjas.

–Realizar trabajos de albañilería en general y de mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes. Manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria, herramienta y utillaje propios del servicio. Mantenimiento de mobiliario urbano: Postes, señales, farolas, bancos, fuentes, etc.

–Llevar a cabo tareas de mantenimiento de bosque y jardines, limpieza, podas, plantaciones; señalización y mantenimiento de pistas y senderos, prevención y vigilancia de incendios, reforestación, jardinería y labores de mantenimiento de los espacios verdes del Ayuntamiento.

–Coordinar con el servicio de Guarderío de Montes del Gobierno de Navarra. Organizar y coordinar tareas de personal contratado temporalmente, y cualesquiera otras que se puedan añadir que tengan relación con las funciones indicadas.

–Coordinación y organización del resto del personal de mantenimiento y peones de servicios múltiples del Ayuntamiento de Lekunberri en las tareas que realiza: labores de mantenimiento, reposición, vigilancia y control de las distintas servicios e instalaciones y bienes municipales, o que sean de responsabilidad municipal.

–Llevar a cabo tareas relacionadas en las áreas de aguas, alumbrado público, mantenimiento, festejos, limpiezas, y tareas generales. Seguimiento y control de deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales incluso realizando propuestas y presupuestos concretos.

–Control de diversas labores de apoyo y recados a los distintos servicios municipales: notificaciones, distribución y colocación de anuncios, bandos, publicidad municipal, bancos, traslado de documentos, transporte de enseres y traslado de personas.

–Gestión y coordinación con servicios externos y coordinación de sus trabajos cuando sea necesario. Previsión y realización compra de material o utensilios, o contratación de servicios tras el visto bueno favorable del órgano competente, así como control de estas compras.

–Responsabilidad del control, inventario y mantenimiento de material, utensilios, vehículos y resto de maquinaria. Conducción de vehículos y maquinaria municipal; cuidado y mantenimiento de la maquinaria y vehículos.

–Asistencia (o coordinación de la asistencia) a urgencias e imprevistos ineludibles fuera del horario laboral habitual.

–Cumplir y hacer cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora. Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Colaboración en las actividades cultuales, festivas, deportivas o de ocio que organice el ayuntamiento; preparación de espacios, materiales, mobiliario, enseres etc. que requiera la celebración de tales actividades.

1.2. El perfil lingüístico exigido será el correspondiente al Perfil 2, (equivalente al título B-1 para la prueba escrita y el B-2 para la prueba oral), de acuerdo con el Baremo de Euskarabidea, u otra titulación reconocida oficialmente como equivalente, o la superación de una prueba que determine si el/la aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente.

1.3. La relación de aspirantes a la contratación temporal deroga y deja sin efecto cualquier otra relación de aspirantes a la contratación temporal para el puesto de servicios múltiples al servicio del Ayuntamiento de Lekunberri y tendrá una vigencia de cinco años y su gestión se ajustará a lo establecido en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal.

1.4. Para las contrataciones que se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba de dos meses, durante el cual podrá rescindirse unilateralmente el contrato por cualquiera de las partes.

1.5. El régimen de jornada de trabajo será a jornada completa y se adaptará a las necesidades del servicio, respetando el calendario aprobado para cada año, pudiendo ser ambos modificados en cualquier momento, por los órganos administrativos competentes.

1.6. La plaza que se convoca estará dotada de las retribuciones básicas correspondientes al Nivel C del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y, en su caso, de las retribuciones complementarias que se atribuyan a este puesto de trabajo en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Lekunberri.

2.–Requisitos de las personas participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión de la titulación (o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes) que habilite para el cometido del puesto de trabajo siendo ésta, como mínimo, la de Bachiller o de Formación Profesional de 2.º grado o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B y disponibilidad de vehículo.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

g) Tener conocimiento del vascuence, acreditado a través de la presentación de los títulos "B-1" para la prueba escrita y "B-2" para la prueba oral, de acuerdo con el baremo actualmente vigente según Euskarabidea u otra titulación correspondiente a estos niveles reconocida oficialmente como equivalente. También podrá acreditarse la posesión de estos niveles mediante la superación de una prueba específica que determine si el/la aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente, (señalado en la Base 1.2 de esta Convocatoria), a realizar por Euskarabidea.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Lekunberri, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16-4.º de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones públicas.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo I, que será facilitado en las dependencias del Ayuntamiento de Lekunberri, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.lekunberri.eus.

En la instancia de participación, las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación las personas aspirantes deberán aportar fotocopia del título exigido y del documento nacional de identidad, así como la documentación justificativa de los méritos alegados en la fase de concurso, exigiéndose, en lo que respecta a la valoración de la experiencia, la presentación de certificados de las entidades contratantes en los que se deberá indicar el tipo de trabajo realizado, el nivel, el tipo/duración de la jornada, y la duración de dichos servicios.

3.2. Las personas aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusvalía, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.–Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte- 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Lista provisional.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde del Ayuntamiento de Lekunberri hará pública la relación o lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lekunberri, así como en la página web del Ayuntamiento de Lekunberri.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, las personas aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

6.–Lista definitiva.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución de la Alcaldía de Lekunberri se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas y se hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Lekunberri, junto con la fecha y lugar de realización de las concurso- oposición previstas en la base octava de la presente convocatoria.

7.–Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Gorka Azpiroz Razquin, alcalde del Ayuntamiento de Lekunberri.

Suplente: Persona en quien delegue.

–Vocal: Arkaitz Goikoetxea Arriola, concejal del Ayuntamiento de Lekunberri.

Suplente: Persona en quien delegue, concejal del Ayuntamiento de Lekunberri.

–Vocal: M.ª Jesús Ayestarán Oquiñena, concejala del Ayuntamiento de Lekunberri.

Suplente: Persona en quien delegue, concejal/a del Ayuntamiento de Lekunberri.

–Vocal: Erta Elizondo Arruabarrena, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Lekunberri.

Suplente: Persona en quien delegue.

–Vocal: Encargado de obras y mantenimiento del Ayuntamiento de Irurtzun.

Suplente: Persona en quien delegue.

–Vocal: Encargado de obras y mantenimiento del Ayuntamiento de Leitza.

Suplente: Persona en quien delegue.

–Vocal-Secretaria: La secretaria del Ayuntamiento de Lekunberri.

Suplente: Persona en quien delegue.

7.2. Los y las miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 15 del régimen jurídico del sector público. Igualmente, las personas aspirantes podrán recusar a los y las miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente/a y del Secretario.

7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la Convocatoria.

7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

8.–La valoración global máxima del concurso-oposición será de 100 puntos, correspondiendo 20 puntos a la fase de concurso y 80 puntos a la fase de oposición.

8.2.1. Fase de concurso.

La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente Baremo:

A.–Experiencia profesional (máximo 12 puntos):

A.1. Por cada año de servicios prestado en Ayuntamientos como encargado de servicios múltiples con funciones de mantenimiento de servicios e instalaciones (Nivel C o D), (u otros puestos relacionados con el puesto): 3 puntos hasta un máximo de 12 puntos.

A.2. Por cada año de servicios prestado en otras entidades públicas como encargado de servicios múltiples con funciones de mantenimiento de servicios e instalaciones (Nivel C o D), (u otros puestos relacionados con el puesto): 2 puntos hasta un máximo de 12 puntos.

A.3. Por cada año de servicios prestado en entidades o empresas privadas como encargado de servicios múltiples con funciones de mantenimiento de servicios e instalaciones, (u otros puestos relacionados): 1,5 puntos hasta un máximo de 12 puntos.

B.–Formación complementaria (8 puntos):

B.1. Por titulación universitaria (licenciatura o diplomatura) en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: hasta 3 puntos.

B.2. Por FP grado superior o equivalente en especialidades relacionadas con las funciones del puesto: hasta 2 puntos.

B.3. Formación relacionada con las funciones del puesto de más de 20 horas: hasta 3 puntos como máximo.

  • Cursos de formación hasta 50 horas: 0,5 puntos.
  • Cursos de formación hasta 100 horas: 1 punto.
  • Cursos de formación hasta 200 horas: 2 puntos.
  • Cursos de formación más de 200 horas: 3 puntos.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó la persona concursante, o la empresa privada legalmente constituida, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán solo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso, que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Para la justificación de estos méritos se exigirá la presentación de Certificados de las entidades contratantes (públicas o privadas) en los que se deberá indicar el tipo de trabajo realizado, el nivel del puesto de trabajo, el tipo/duración de la jornada, y la duración de dicha contratación.

Al término de la fase de concurso, se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lekunberri la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes.

8.2.2. Fase de oposición.

La fase de oposición tendrá una puntuación máxima será de 80 puntos y constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: Teórico (eliminatorio). Consistirá en contestar un test relacionado con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo II. La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 15 puntos para aprobar este ejercicio, quedando eliminadas las personas aspirantes que no la obtengan. El Tribunal determinará el tiempo para realizar esta prueba.

–Segundo ejercicio: Práctico (eliminatorio). Consistirá en realizar varias pruebas de índole práctico que podrán realizarse en uno o en varios días, relacionadas con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo II.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, debiendo alcanzar un mínimo de 20 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no la obtengan. El Tribunal determinará el tiempo para realizar esta prueba.

–Tercer ejercicio: Entrevista personal (no eliminatorio). La misma versará sobre conocimiento y características del puesto de trabajo y del término municipal de Lekunberri, con una duración máxima de 15 minutos. La puntuación máxima será de 10 puntos.

8.3. La Convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Las personas aspirantes que no comparecieran quedarán eliminadas.

8.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

9.–Acreditación de requisitos. Propuesta de nombramiento. Presentación de documentación. Nombramiento.

9.1. Con anterioridad a realizar la propuesta de nombramiento en favor del aspirante seleccionado, éste deberá presentar en el plazo de siete días la documentación acreditativa del perfil de euskera 2 de la base 2.g) de la convocatoria, debiendo presentar los títulos "B-1" en la prueba escrita y "B-2" en la prueba oral, de acuerdo con el baremo actualmente vigente según Euskarabidea u otra titulación correspondiente a estos niveles reconocida oficialmente como equivalente.

Si transcurrido dicho plazo el aspirante no acreditara estar en posesión del perfil lingüístico requerido, quedará excluido de la lista y el nombramiento se efectuará en favor del aspirante inmediatamente siguiente en la lista de aprobados que acredite el cumplimiento del perfil lingüístico exigido para la plaza.

9.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta deberá presentar, a través del Registro General del Ayuntamiento de Lekunberri, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de la clase B.

d) El aspirante será citado para la realización de las pruebas médicas para comprobar su aptitud psicofísica en los términos establecidos en la letra d) del apartado 2 de la convocatoria. Dicho reconocimiento médico se realizará por el Servicio de prevención del Ayuntamiento de Lekunberri.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

9.2. Si el aspirante propuesto no presenta dichos documentos, no podrá ser nombrado y se procederá a cubrir tal baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 8.1.1, procediéndose en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.3. Nombramiento.

Previa presentación de la documentación que le sea requerida, mediante resolución del Alcalde del Ayuntamiento, se efectuará el nombramiento como personal funcionario en la plaza número 3 de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Lekunberri al aspirante que haya superado la oposición con el primer puesto en la lista de aprobados. Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

10.–Toma de posesión.

10.1. El aspirante nombrado deberá tomar posesión de la plaza en la fecha que se determine en su nombramiento.

En el supuesto, salvo casos de fuerza mayor, de que no tome posesión de la plaza en la fecha señalada, perderá todos sus derechos para el ingreso en el Ayuntamiento de Lekunberri.

10.2. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para ocupar las plaza objeto de la convocatoria, ingrese en el Ayuntamiento de Lekunberri y adquiera la condición de funcionario, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen, salvo que esté ya afiliado u otro régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social de las Administraciones Públicas de Navarra, en cuyo caso podrá optar, con anterioridad a su nombramiento, por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado Régimen General de la Seguridad Social.

11.–Lista de aspirantes a la contratación temporal según necesidades del servicio.

11.1. Se constituirán una Lista de aspirantes a la contratación temporal que estará formada por los aspirantes aprobados sin plaza y aquellos que hayan superado la primera prueba en el proceso selectivo.

11.2. Las personas incluidas en la Lista de aspirantes, podrán ser llamadas para la contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

11.3. La contratación temporal se ajustarán a lo establecido en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal, en todo aquello que resulte de aplicación, tal y como lo recogen los acuerdos colectivos municipales.

11.4. Normas para la gestión de la lista de aspirantes a la contratación temporal.

Las personas admitidas en la lista propuesta por el tribunal y aprobada por la Alcaldía podrán ser convocadas en función de las necesidades que surjan en el Ayuntamiento de Lekunberri. Se les llamará siguiendo el orden de prelación que figure en la correspondiente lista.

11.5. Normas generales para el llamamiento.

a) Para facilitar su localización, las y los aspirantes deberán comunicar al menos un teléfono de contacto, sin perjuicio de que puedan comunicar otros teléfonos de contacto o una dirección de correo electrónico. Deben mantener permanentemente actualizada esta información.

b) Como norma general, a cada persona a la que se le ofrezca un contrato por teléfono se le realizarán al menos tres intentos de localización, a través de los medios de contacto facilitados por ella, en el plazo de dos días.

c) Se dejará constancia de cada llamada, con indicación de las circunstancias, fecha y hora de su realización.

d) Si el Ayuntamiento se pone en contacto con la o el aspirante y tras hacerle una oferta de trabajo no responde, se le tendrá por desistido/a, siéndole de aplicación lo dispuesto en el apartado 9.4.

e) En caso de no poder localizarlo/a, se pondrá en contacto con la siguiente o siguientes personas de la lista hasta la cobertura del puesto ofertado.

f) Las personas con las que no se haya podido contactar permanecerán en la lista correspondiente.

g) En el caso de contrataciones temporales cuya duración inicial sea igual o inferior a tres meses, o cuando el puesto se deba cubrir de manera urgente y no sea posible esperar el plazo de dos días establecido para los llamamientos, se ofertarán a la primera persona aspirante disponible, siempre que, sin necesidad de cumplir lo previsto en el apartado 10.3, se logre contactar con ella y acepte la incorporación inmediata.

11.6. Rechazo de la oferta de contratación.

En el supuesto de que alguna persona aspirante renuncie al puesto ofertado, pasará al último puesto de la lista correspondiente, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos, en cuyo caso permanecerá en el mismo lugar en el que figuraba en la lista:

a) Encontrarse en situación de permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.

b) Encontrarse en situación de incapacidad temporal.

c) Tener un contrato de trabajo en vigor.

d) Tener a su cuidado algún familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo. Quienes renuncien a un contrato por esta causa no podrán volver a estar disponibles hasta transcurrido un mes desde la renuncia.

e) Matrimonio propio o situación análoga, dentro de los quince días naturales anteriores o posteriores a la fecha de inicio del contrato ofertado. En estos casos, la o el aspirante figurará como no disponible en la lista de contratación temporal, hasta que solicite personalmente estar disponible. En tanto no se produzca dicha comunicación, las personas afectadas permanecerán en situación de no disponibles y no se les ofertará ninguna plaza de la lista a la que hace referencia esta convocatoria.

Las personas que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en este apartado deberán acreditarlo documentalmente y de forma fehaciente en el plazo de 7 días naturales a partir de la fecha en la que le hayan ofertado el puesto al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupaban en la lista de aspirantes en el momento de la renuncia.

11.7. Descenso al último lugar de lista.

Quedarán en el último lugar de la lista las y los aspirantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Si el Ayuntamiento se pone en contacto con la o el aspirante, le hace una oferta de contratación, y no responde.

b) Si la o el aspirante renuncia a la plaza ofertada.

11.8. Exclusión de la lista.

Quedarán excluidas de la lista que motiva la convocatoria las personas aspirantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) No firmar el contrato una vez efectuada la llamada y aceptado el puesto de trabajo, por causas imputables a la persona candidata.

b) No superar el periodo de prueba.

c) Renunciar al contrato suscrito.

d) Extinción del contrato por infracciones disciplinarias.

e) Abandono del puesto de trabajo.

f) Extinción del contrato por causas sobrevenidas, derivadas de la falta de capacitación o adaptación de la persona contratada para el desempeño del puesto de trabajo, que impidan el desempeño efectivo de las funciones del puesto de trabajo y que hagan evidente que el rendimiento no es suficiente.

12.–Protección de datos.

Identidad del encargado de protección de datos personales: Ayuntamiento de Lekunberri Dirección Postal: Alde Zaharra 41 -31870 Lekunberri. Teléfono: 948 504211. Delegado de protección de datos:

Finalidad: Gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

Base Jurídica: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tiempo de conservación de los datos: Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

Destinatarios de los datos: Los datos pueden ser cedidos a jueces y tribunales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indica en la convocatoria.

Derechos: Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos, así como cancelarlos dirigiéndose a la dirección señalada en el apartado primero.

De la misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

–Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Lekunberri, 22 de diciembre de 2022.–El alcalde, Gorka Azpiroz Razquin.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña:

D.N.I./Carta de identidad:

Fecha de nacimiento: [día/mes/año]

Natural de:

Nacionalidad:

Domicilio actual [calle, número, escalera, piso]:

Código Postal/Población:

Teléfonos:

Correo electrónico:

EXPONE:

–Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

–Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

–Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido disciplinariamente, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

–Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

–Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

–Que, a efectos de acreditar el conocimiento de euskera exigido en esta Convocatoria, (marcar lo que proceda):

 Adjunta a la presente instancia copia autentificada de la documentación que acredita estar en posesión del conocimiento de euskera exigido en esta convocatoria.

 Solicita la realización de la prueba acreditativa del conocimiento de euskera al nivel exigido en esta convocatoria a realizar por Euskarabidea.

–Que, SI/NO padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

 Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía, expedida por organismo competente.

–Que acompaña a la instancia fotocopia de:

 Documento Nacional de Identidad.

 Titulación académica requerida.

SOLICITA:

Ser admitido/a la convocatoria para la provisión de forma temporal, mediante concurso- oposición, de una plaza de servicios múltiples para las funciones de mantenimiento de servicios, instalaciones y obras, a jornada completa y con carácter funcionarial, con conocimiento preceptivo de euskera y constitución de una lista de aspirantes con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Lekunberri, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número .............................., de fecha .....................................

Lekunberri, ......................................................

(Firma)

ANEXO II

Temario

Tema 1.–Reglas básicas de aritmética y geometría.

Tema 2.–Reglas básicas de escritura y ortografía.

Tema 3.–Conocimiento básicos de normas de seguridad e higiene en el trabajo, así como de barreras arquitectónicas. La seguridad en la utilización de maquinaria y herramientas.

Tema 4.–Conocimiento de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

Tema 5.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y alicatado Encofrados y levante de muros. Trabajos de pavimentación y urbanización. Cerramientos. Redes de saneamiento. Arquetas.

Tema 6.–Cuadro de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto-térmicos y diferenciales.

Tema 7.–Circuitos de alumbrado básico: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias. Alumbrado público.

Tema 8.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

Tema 9.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

Tema 10.–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

Tema 11.–Mantenimiento de edificios y mobiliario urbano. Pintura.

Tema 12.–Conocimientos básicos de jardinería (herramientas, poda, uso de fitosanitarios, manejo de desbrozadora, sistema de riego).

Tema 13.–Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines, persianas, etc.

Tema 14.–Conocimiento del término municipal: Geografía; Conocimiento de zonas y parajes; Datos sociodemográficos y de población; Organización municipal; Parajes, términos principales, población, edificios, etc.,

Tema 15.–Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y deberes. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad y medioambiente en el trabajo. Sistemas elementales de control de riesgos: protecciones colectivas y equipos de protección individual. Seguridad vial: Primeros auxilios. Utilización en condiciones de seguridad de andamios metálicos tubulares, escaleras y plataformas elevadoras. Seguridad en maquinaria y herramientas.

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