BOLETÍN Nº 15 - 21 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CENDEA DE OLZA

Calendario laboral para 2022

El señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Cendea de Olza / Oltza Zendea, el día veintisiete de diciembre de 2021, dictó la Resolución número 554/2021 cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Visto que por Resolución 140/2021, de 9 de abril, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Visto que Resolución 648/2021, de 30 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el año 2022, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Visto lo dispuesto en el Acuerdo colectivo para la determinación de las condiciones de trabajo del personal funcionario y contratado administrativo y del Convenio Colectivo de Trabajo del personal laboral de este Ayuntamiento.

Considerando la documentación contenida en el expediente, en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2022 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Cendea de Olza / Oltza Zendea, tal y como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

–7 de enero: Fiesta local de Ororbia.

–14 de abril: Jueves Santo.

–15 de abril: Viernes Santo.

–18 de abril: Lunes de Pascua.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–19 y 22 de agosto: Fiestas patronales de Ororbia.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–31 de octubre. Puente, Festividad de Todos los Santos.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: día de la Constitución.

–7 de diciembre: Puente de la Inmaculada Concepción.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Cendea de Olza / Oltza Zendea, queda fijado, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 9:30 a 14:30 horas, quedando las dos horas y veinte minutos restantes para su realización, a elección del empleado y con carácter flexible, entre las 7:00 y las 16:30 horas. Además, el Coordinador deportivo cultural, deberá trabajar de forma obligatoria durante una hora y cuarenta minutos los miércoles por la tarde, por lo que el horario flexible de este puesto de trabajo por las mañanas, de lunes a viernes, se limitará a dos horas.

Para la adecuada prestación derivada de las necesidades del servicio del personal de limpieza, éste podrá realizar su jornada, con carácter flexible entre las 6:30 y las 17:30 horas. Se procurará que la limpieza del consultorio médico se realice entre las 14:00 a 16:00 horas, de forma que no interfiera con la presencia de los sanitarios.

La presencia obligatoria de los-as empleados-as que tengan concedida una reducción de la jornada no supeditados a las necesidades del servicio, será adaptada en lo posible al horario autorizado en la resolución de reducción, o en otro caso, consensuado con la persona empleada, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Tercero.–Como medidas de apoyo a la conciliación de la vida laboral, se aplica la flexibilidad de la jornada para el personal al servicio del Ayuntamiento de Cendea de Olza / Olza Cendea conforme a lo siguiente:

1.–Cada empleado podrá tener un saldo positivo o negativo de hasta 10 horas mensuales, respecto a la jornada diaria de 7 horas y veinte minutos. Este saldo se actualizará diariamente en el sistema de control de presencias y deberán ser compensadas dentro de cada mes natural, de forma que la suma de horas de trabajo efectivo sea igual a las horas de trabajo correspondientes a cada mes natural.

2.–Dentro de la jornada obligatoria de 9:30 a 14:30 horas, cada empleado podrá ausentarse por un máximo de 25 horas al año, debiendo compensarse esta ausencia mediante trabajo efectivo a lo largo del año.

Cuarto.–El control de asistencia se realizará mediante un sistema automático de control de presencias, estando obligados todos los empleados a fichar al entrar y salir del centro de trabajo. Esta obligación incluye tanto el inicio y el final de cada jornada, como las salidas y retornos que se realicen durante la misma.

Quinto.–Durante la jornada de trabajo el personal podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo. El personal de oficinas vendrá obligado a fichar a la entrada y la salida de esta pausa.

Sexto.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2022, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente Resolución, a excepción de los días 19 y 22 de agosto, 31 de octubre y 7 de diciembre.

Séptimo.–Por necesidades de los diferentes servicios de esta administración y para un correcto funcionamiento de los mismos, el disfrute de vacaciones anuales en los servicios de contabilidad, atención ciudadana y secretaría y servicios múltiples- alguacil, no podrá realizarse de forma simultánea por los trabajadores adscritos a estos servicios.

Octavo.–Asistencia a cursos de formación.

El tiempo destinado a la realización de cursos de formación, que tengan relación con las funciones del puesto, se considerará tiempo de trabajo cuando los cursos se celebren dentro del horario de trabajo y así lo permitan las necesidades del servicio, siempre previa autorización del órgano que corresponda.

Para los cursos, reuniones etc. que se celebren fuera de Cendea de Olza / Oltza Zendea, a la duración efectiva del curso se añadirá el tiempo de traslado (ida y vuelta) a la localidad que corresponda. En las poblaciones de la Comarca de Pamplona, el tiempo estimado de traslado será de 70 minutos (total ida y vuelta).

En los casos en que el curso tenga una duración igual o superior a 5 horas de presencia efectiva, se computará como jornada completa de trabajo.

Con carácter general, la asistencia a cursos de formación que se realicen fuera de las horas de trabajo no generará derecho a compensación horaria o económica alguna. Únicamente cuando la Administración determine la asistencia obligatoria a actividades formativas necesarias para el buen desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo, el tiempo empleado se considerará como tiempo de trabajo a efectos del cómputo anual de la jornada y el personal tendrá derecho, en su caso, a las correspondientes compensaciones horarias y/o indemnizaciones establecidas por los gastos realizados por razón del servicio.

Las compensaciones horarias y económicas para la realización de cursos de euskera, debidamente autorizados, se regularán por Resolución 1311/2010, de 17 de mayo, del Director General de Función Pública, por la que se asimilan las compensaciones horarias por realización de cursos de aprendizaje de euskera determinadas en el Decreto Foral 195/1993, de 21 de junio, a las actuales acciones formativas.

Noveno.–Las medidas contenidas en la presente Resolución y, en especial, las relativas a flexibilidad horaria, presencia obligatoria diaria u otras, podrán verse modificadas en función de la evolución de la situación generada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19, que serán de aplicación preferente en tanto no sean, expresamente, revocadas. Entre otras:

–Resolución de Alcaldía 644/2020, de 21 de diciembre, sobre permiso por deber inexcusable COVID-19 y modalidad de trabajo no presencial.

–Resolución de Alcaldía 429/2021, de 6 de octubre, sobre medidas de adaptación de la Orden Foral 35/2021, de 29 de septiembre.

Décimo: Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cendea de Olza / Oltza Zendea.

Undécimo: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndo que contra este Acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos:

1. Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este Acuerdo.

2. Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este Acuerdo.

3. Recurso Contencioso administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo.

Cendea de Olza / Oltza Zendea, 30 de diciembre de 2021.–El alcalde, Moisés Garjón Villanueva.

Código del anuncio: L2200031