BOLETÍN Nº 32 - 11 de febrero de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 2/2021, de 26 de enero, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el proyecto de intervención global “Santa Cruz” de Zizur Mayor.

La sección 4.ª del Capítulo VI del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra, regula los proyectos de intervención global en materia de regeneración de conjuntos residenciales.

Dichos proyectos tienen como propósito proceder a la rehabilitación de varios portales, manzanas o zonas de la ciudad consolidada, de manera coordinada y previamente programada, trascendiendo de este modo el ámbito de un simple portal. Se busca con ello conseguir economías de escala, tanto desde el punto de vista económico (posibilidad de licitación conjunta, menores gastos de gestión), como administrativo (posibilidad de presentar un expediente conjunto, agilidad en la tramitación), a la vez que poder ofrecer soluciones constructivas y arquitectónicas más homogéneas (en su tratamiento, calidades o acabados) a manzanas o zonas que guardan una relación estrecha en el entramado urbano.

Conforme con lo anterior, se ha solicitado la aprobación de un proyecto de intervención global para 220 viviendas, repartidas en 10 portales y 4 comunidades de propietarios, viviendas sitas en Zizur Mayor, calle Santa Cruz:

–N.º 17, 19, 21, Comunidad A1.

–N.º 27, Comunidad A2.

–N.º 33, 35, 37, Comunidad A3.

–N.º 47, 49 y 51 Comunidad A4.

Construidos entre los años 1978 y 1984, son cuatro edificios similares, con planta semisótano y sótano común, una planta baja protegida por porches donde se ubican los portales y once plantas de viviendas. Los edificios tienen las mismas características constructivas, y las fachadas no incluyen aislamiento térmico. La actuación consiste en la mejora de la envolvente térmica y las instalaciones térmicas centralizadas. Obran en el expediente informes del Servicio de Vivienda y el Ayuntamiento de Zizur Mayor, acreditando que revisado el expediente el mismo se estima correcto: se considera cumplido el requisito de participación ciudadana y el requisito de participación del Ayuntamiento de Zizur Mayor, y la solución técnica aportada es susceptible de obtener la calificación provisional como actuación protegible en materia de rehabilitación.

El artículo 83.3 del citado Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, dicta que los proyectos deberán ser aprobados mediante orden foral del Consejero competente en materia de vivienda.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que me otorga el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar el proyecto de intervención global para las comunidades de propietarios de Zizur Mayor, “Santa Cruz”, que engloban los portales de la calle Santa Cruz número 17, 19, 21, 27, 33, 35, 37, 47, 49 y 51.

Para el despliegue completo de sus efectos, será necesario la presentación de los correspondientes proyectos ante el Servicio de Vivienda, y la solicitud (y obtención) por parte de las Comunidades de Propietarios de la calificación provisional como actuaciones de rehabilitación protegida de los mismos. La solicitud de calificación provisional se deberá realizar en el plazo de cuatro años desde la fecha de esta Orden Foral. El período inicial de cuatro años será prorrogable por otros cuatro, a solicitud de las comunidades de propietarios beneficiarias.

2.º Esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral.

3.º Trasladar la presente Orden Foral a las Comunidades de Propietarios afectadas, al estudio de arquitectura redactor del Proyecto de Intervención Global, al Ayuntamiento de Zizur Mayor, al Director General de Vivienda, al Servicio de Vivienda, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, y en el sitio web informativo en materia de vivienda (www.vivienda.navarra.es), a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de enero de 2021.–El Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

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