BOLETÍN Nº 249 - 28 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 259/2021, de 8 de octubre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se publica la zonificación de los centros públicos de Educación Infantil y Primaria y de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y las plantillas de los Centros y Programas dependientes de este Departamento, y se determinan los procedimientos para solicitar la supresión de puestos de trabajo y la adscripción a puestos itinerantes y las vacantes provisionales a proveer en la convocatoria de concurso de traslados del curso escolar 2021-2022 correspondiente al personal docente del cuerpo de maestros.

Mediante Resolución 258/2021, de 8 de octubre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

La base cuarta de la citada resolución establece que las vacantes a proveer en esta convocatoria se determinarán de forma provisional y definitiva mediante resolución de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente y se harán públicas en la página web del Departamento de Educación: www.educacion.navarra.es.

De acuerdo con lo expuesto, procede publicar la zonificación de los Centros de Educación Infantil y Primaria y de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y las plantillas de los Centros y Programas dependientes de este Departamento.

Por otra parte, resulta necesario determinar los procedimientos de solicitud de supresión formal de puesto de trabajo para aquel personal docente del cuerpo de maestros cuyo puesto de trabajo no esté previsto en la correspondiente plantilla y de adscripción a puestos itinerantes.

Igualmente, procede determinar las vacantes provisionales a proveer en la convocatoria de concurso de traslados del curso 2021-2022 correspondiente al personal docente del Cuerpo de Maestros.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones delegadas por la Resolución 208/2019, de 28 de noviembre, de la directora general de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Publicar la zonificación de los centros públicos de Educación Infantil y Primaria y de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria como anexo I de la presente resolución.

Dicha zonificación será de aplicación para el ejercicio del derecho preferente por el personal docente del cuerpo de maestros que se encuentre en los supuestos previstos en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril.

2.º Publicar como anexo II de la presente resolución las plantillas de los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra, las correspondientes a los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, así como las de otros centros y programas, y determinar las vacantes provisionales a proveer en la convocatoria de concurso de traslados del curso escolar 2021-2022 correspondiente al personal docente del Cuerpo de Maestros.

En caso de que las vacantes figuren con signo negativo, ello significa que las correspondientes resultas se amortizarán y, por tanto, no incrementarán los puestos de trabajo a proveer.

Las vacantes previstas en la presente resolución serán incrementadas con las que resulten de la resolución de la convocatoria de concurso de traslados. Además, se incluirán aquellas vacantes que se originen como consecuencia de las jubilaciones, fallecimientos o excedencias que no tengan derecho a reserva de plaza y que se produzcan, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2021. Todas ellas, deben corresponder a puestos de trabajo cuyo funcionamiento se encuentre previsto en la planificación escolar.

3.º Las vacantes y resultas de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria que queden desiertas una vez resuelta la convocatoria, se ofertarán para su provisión entre personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en la planificación escolar.

4.º Las plantillas aprobadas por la presente resolución no supondrán supresión de puestos de trabajo, de manera que los puestos de trabajo que queden por encima de la plantilla aprobada, señalados con (+), se amortizarán con ocasión de jubilación, excedencia o supresión con pérdida de puesto de trabajo, al quedar vacantes con ocasión de concurso, defunción u otras causas análogas.

5.º El personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros con destino definitivo cuyo puesto de trabajo no esté previsto en las plantillas aprobadas podrán solicitar la supresión de su puesto de trabajo de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Los Maestros que se encuentren adscritos a puestos de trabajo no previstos en la correspondiente plantilla o que hayan sido minorados podrán solicitar al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente la supresión del puesto de trabajo cumplimentando el documento que se adjunta como anexo III de la presente resolución. Dicha solicitud deberá efectuarse en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

b) En el caso de que existan más Maestros adscritos a puestos de la especialidad e idioma minorada solicitantes de supresión que puestos minorados, resultarán afectados por la supresión los Maestros que resulten al aplicar sucesivamente los siguientes criterios:

1.–Mayor antigüedad ininterrumpida como definitivo en el centro o zona en el caso de Maestros adscritos a puestos singulares.

2.–Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros.

Al personal integrado en el cuerpo en virtud de la Disposición Adicional 29.º de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, se le agregará a la antigüedad como personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros la que tenga acreditada como laboral fijo descontado el primer año de servicios.

3.–Año más antiguo de ingreso en el cuerpo.

4.–Menor número de lista o mayor puntuación obtenido en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el cuerpo.

c) La supresión del puesto de trabajo tendrá como fecha de efectos el último día del plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, pudiendo por tanto las personas interesadas ejercitar los derechos preferentes, previstos en la normativa de provisión de puestos de trabajo, en el concurso de traslados del presente curso escolar de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución 258/2021,de 8 de octubre, de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

6.º El personal docente del cuerpo de maestros con destino definitivo en un puesto de trabajo ordinario de Centro que figure en la plantilla como itinerante podrá optar para que se le adscriba al nuevo puesto itinerante, manteniendo la antigüedad en el Centro a todos los efectos, o para que le sea suprimido el puesto de trabajo en las condiciones señaladas en el apartado anterior.

En caso de que opte por su adscripción al puesto itinerante deberá cumplimentar la solicitud que figura en el anexo IV y remitirla al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra. La adscripción al nuevo puesto tendrá como fecha de efectos el 1 de septiembre de 2022.

El personal funcionario del cuerpo de maestros que tenga destino en un puesto de trabajo itinerante adscrito a un centro, en el caso de que figure en la plantilla como puesto ordinario de centro, será adscrito de oficio al nuevo puesto ordinario de centro con efectos de 1 de septiembre de 2022.

7.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, ordenando la publicación de sus anexos en la página web del Departamento de Educación: www.educacion.navarra.es.

8.º Contra la presente resolución y sus anexos las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

9.º Trasladar la presente resolución y sus anexos a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, a la Sección de Provisión de Puestos de Trabajo del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, al Servicio de Inspección Educativa y a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de octubre 2021.–La directora del servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, Amalia Cuartero Arteta.

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