BOLETÍN Nº 14 - 21 de enero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LESAKA

Aprobación definitiva de modificación de las Ordenanzas fiscales. Tarifas para 2021

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 29 de octubre de 2020, aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales, a fin de establecer las tarifas para el año 2021.

Dicho acuerdo ha sido sometido a exposición pública durante treinta días, previa inserción de edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra número 263, de 10 de noviembre de 2020.

No habiéndose presentado alegaciones, la misma ha quedado automáticamente aprobada.

En consecuencia, procede:

1. Publicar el texto definitivo con las nuevas tarifas en el Boletín Oficial de Navarra.

2. La notificación de las mismas al Registro de Ordenanzas Fiscales, de la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Tarifas para el año 2021

1. Expedición y tramitación de documentos.

1.1. Fotocopias:

1.1.1.

Tamaño DIN A 4, en blanco y negro:

0,15 euros

1.1.2.

Tamaño DIN A 4, en color:

1,00 euros

1.1.3.

Tamaño DIN A 3, en blanco y negro:

0,20 euros

1.1.4.

Tamaño DIN A 3, en color:

1,50 euros

1.2. Certificaciones y volantes:

1.2.1.

Ordinarias, la unidad:

1,00 euros

1.2.2.

Que requieran la consulta del archivo municipal, la unidad:

4,00 euros

1.2.3.

Duplicados de recibos y de hojas de catastro:

1,00 euros

1.2.4.

Compulsas, la unidad:

(No se cobrarán las compulsas, cuando éstas sean exigidas por el propio Ayuntamiento de Lesaka).

0,70 euros

1.2.5.

Serán gratuitos los certificados que se soliciten a través de la página web del Ayuntamiento o por los servicios sociales públicos.

1.3. Cédulas parcelarias, la unidad:

1,00 euros

1.4. Tramitación de tarjetas de armas, por cada tarjeta:

5,00 euros

1.5. Tramitación de carnets para la tenencia de animales potencialmente peligrosos:

25,00 euros

1.6. Tramitación de altas, bajas o modificaciones en el Impuesto de Actividades Económicas, por cada actividad:

4,00 euros

1.7. Discos CD ROM, con el contenido del Plan Municipal de urbanismo u otros documentos:

10,00 euros

1.8. Quienes promuevan ante el Ayuntamiento expedientes que exijan legalmente, para ser tramitados, la publicación de edictos en los diarios editados en Navarra o en otros medios, deberán abonar su importe íntegro al Ayuntamiento.

1.9. A quienes soliciten información sobre la posibilidad de construir viviendas en suelo no urbanizable, se les cobrará el importe íntegro facturado por la empresa que emita los informes.

2. Licencia para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas, traspasos de actividad y/o declaraciones responsables.

2.1. Locales de hasta 700 metros cuadrados:

2.1.1.

Licencia de actividad y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m2:

290,45 euros

De 51 a 100 m2:

388,12 euros

De 101 a 200 m2:

642,32 euros

De 201 a 400 m2:

963,55 euros

De 401 a 700 m2:

1.284,69 euros

2.1.2.

Licencia de apertura y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m2:

195,03 euros

De 51 a 100 m2:

243,21 euros

De 101 a 200 m2:

428,37 euros

De 201 a 400 m2:

642,97 euros

De 401 a 700 m2:

856,45 euros

2.2. Locales mayores de 700 metros cuadrados:

Licencia de actividad y/o declaración responsable, por m2:

1,92 euros

Licencia de apertura y/o declaración responsable, por m2:

1,26 euros

2.3. La tarifa a abonar por cada expediente de modificación de las licencias de actividad o apertura (cuando se trate de cambios de titularidad o pequeñas modificaciones que no necesitan la redacción de un proyecto):

97,01 euros

2.4. Tanto en las licencias de apertura para actividades inocuas, como en las transmisiones de este tipo de licencias, se practicará una bonificación del 50% en la tarifa.

3. Derechos y tasas por utilización privativa de espacios públicos.

3.1. Por la instalación de un circo o espectáculo ambulante similar, por día de ocupación del espacio público:

160,22 euros

3.2. Por la utilización de caminos forestales y pistas vecinales:

3.2.1.

En caso de paso de madera, por m³:

1,10 euros

4. Suministro de agua (el cobro de las tarifas se realizará con carácter cuatrimestral).

4.1. Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso doméstico):

6,14 euros

4.2. Usos domésticos, cuota fija (hasta 60 m³). Si no hay lectura de contador se cobrará la cuota fija:

18,73 euros

4.3. Usos domésticos, entre más de 60 y 75 m³, por cada m³ que exceda:

0,36 euros

4.4. Usos domésticos, entre más de 75 y 90 m³, por cada m³ que exceda:

0,47 euros

4.5. Usos domésticos, entre más de 90 y 120 m³, por cada m³ que exceda:

0,68 euros

4.6. Usos domésticos, más de 120 m³, por cada m³ que exceda:

0,75 euros

4.7. Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso industrial):

18,73 euros

4.8. Usos industriales o de riegos, de 0 a 120 m³, por m³:

0,57 euros

4.9. Usos industriales o de riegos, de 120 a 700 m³, por m³:

0,63 euros

4.10. Usos industriales o de riegos, entre más de 700 y 3.000 m³, por cada m³ que exceda:

0,68 euros

4.11. Usos industriales o de riegos, más de 3.000 m³, por cada m³:

0,75 euros

4.12. Acometida para usos domésticos:

98,04 euros

4.13. Acometida para usos industriales:

245,01 euros

4.14. Enganche provisional con consumo de agua:

48,71 euros

4.15. Por instalación de enganches provisionales con contador, por el enganche, cobrándose el consumo en función del uso:

20,81 euros

4.16. Contadores de agua: se cobrará al particular exclusivamente el precio de coste.

5. Utilización de las instalaciones deportivas y culturales del Ayuntamiento

5.1. Frontón (horas de utilización más luz):

Hora de utilización:

6,00 euros

Encendido total de luces:

7,00 euros

Encendido de la mitad de luces:

4,00 euros

Encendido de la tercera parte de luces:

3,00 euros

Utilización de la ducha:

1,00 euros

5.2. Campo de fútbol (horas de utilización más luz):

Por hora de utilización:

31,00 euros

Alumbrado por hora (conforme al número de focos utilizados):

28 focos:

27,50 euros

16 focos:

16,50 euros

12 focos:

14,50 euros

Para fútbol siete, con 14 focos:

16,00 euros

Para fútbol siete, con 8 focos:

10,00 euros

Para fútbol siete, con 6 focos:

8,00 euros

5.3. Piscinas:

Edades:

–Infantil, de 4-10 años (prohibida entrada al gimnasio).

–Juvenil, de 11-15 años (prohibida entrada al gimnasio).

–Adultos, de 16-64 años.

–Jubilados, desde 65 años.

5.3.1.

Matricula Inicial:

Adulto:

113,72 euros

Juvenil:

85,03 euros

Infantil:

67,71 euros

Otros:

84,50 euros

5.3.2.

Abono anual (cuota mensual):

Adulto (piscina o gimnasio):

28,61 euros

Juvenil:

20,17 euros

Infantil:

15,44 euros

Otros (piscina o gimnasio):

19,16 euros

Entrada diaria al segundo servicio (piscina o gimnasio):

3,04 euros

5.3.3.

Abono de invierno, 9 meses (cuota mensual):

Adulto (piscina o gimnasio):

31,36 euros

Juvenil:

23,35 euros

Infantil:

18,55 euros

Otros (piscina o gimnasio):

22,26 euros

Entrada diaria al segundo servicio (piscina o gimnasio):

3,04 euros

5.3.4.

Abono extra para los dos servicios (piscina y gimnasio) mensual (mayores desde 16 años):

Cuota para abono anual:

7,29 euros

Cuota para abono invierno/verano y mensual:

9,23 euros

5.3.5.

Cuota mensual:

Adulto (piscina o gimnasio):

63,65 euros

Juvenil:

48,00 euros

Infantil:

39,48 euros

Otros (piscina o gimnasio):

47,38 euros

5.3.6.

Abono verano:

Adulto (piscina o gimnasio):

88,52 euros

Juvenil:

77,83 euros

Infantil:

58,26 euros

Otros (piscina o gimnasio):

77,37 euros

5.3.7.

Entradas diarias, día laboral, día entero:

Adulto (piscina o gimnasio):

11,40 euros

Juvenil:

8,00 euros

Infantil:

6,28 euros

Otros (piscina o gimnasio):

7,45 euros

Adulto (piscina y gimnasio):

17,12 euros

Otros (piscina y gimnasio):

11,14 euros

5.3.8.

Entradas diarias, día laboral, medio día (solamente tarde de verano):

Adulto (piscina o gimnasio):

7,39 euros

Juvenil:

5,12 euros

Infantil:

3,95 euros

Otros (piscina o gimnasio):

4,56 euros

Adulto (piscina y gimnasio):

11,09 euros

Otros (piscina y gimnasio):

6,84 euros

5.3.9.

Entrada diaria, festivo, día entero:

Adulto (piscina o gimnasio):

13,17 euros

Juvenil:

10,28 euros

Infantil:

8,00 euros

Otros (piscina o gimnasio):

9,17 euros

Adulto (piscina y gimnasio):

19,80 euros

Otros (piscina y gimnasio):

13,78 euros

5.3.10.

Entrada diaria, festivos, medio día (solamente tarde de verano):

Adulto (piscina o gimnasio):

8,21 euros

Juvenil:

6,28 euros

Infantil:

4,81 euros

Otros (piscina o gimnasio):

5,37 euros

Adulto (piscina y gimnasio):

12,31 euros

Otros (piscina y gimnasio):

8,05 euros

5.3.11.

Gastos:

Gastos devolución: 10% del recibo.

2.º carné:

9,03 euros

5.3.12.

Tarifas actividades deportivas: a determinar según programas de temporada por la empresa gestora.

5.3.13.

Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados anuales:

Adulto:

9,16 euros

Juvenil:

6,60 euros

Infantil:

5,18 euros

Otros:

6,08 euros

5.3.14.

Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados de invierno (9 meses):

Adulto:

9,91 euros

Juvenil:

7,51 euros

Infantil:

6,08 euros

Otros:

6,99 euros

5.3.15.

Matrícula abono familiar anual:

Adulto:

102,34 euros

Juvenil:

76,53 euros

10 años:

60,94 euros

4-9 años:

60,94 euros

Otros:

76,06 euros

5.3.16.

Cuota mensual abono familiar anual:

Adulto:

28,61 euros

Juvenil:

20,17 euros

10 años:

15,44 euros

4-9 años:

0,00 euros

Otros:

19,16 euros

5.4. Local de Koskontako bidea, número 7, 2.º

Reserva por hora:

(Pagándose también como media hora las fracciones inferiores a ese espacio de tiempo).

20,26 euros

Estarán exentas de pago las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios o sociales.

5.5. Centro del hierro y de la forja. Entrada:

2,00 euros

5.6. Local Alhóndiga, 2.ª planta (Beheko Plaza, 9):

Reserva por hora:

(Pagándose también como media hora las fracciones inferiores a ese espacio de tiempo).

3,00 euros

Estarán exentas de pago las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios o sociales.

5.7. Locales de Harriondoa:

Sala “Alasta”:

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

151,95 euros

20,26 euros

Sala “Erkazti”:

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

151,95 euros

20,26 euros

Sala “Zumarra”:

Mensual (4 horas semanales):

Hora individual:

151,95 euros

20,26 euros

Sala “Korua”:

Mensual (4 horas semanales):

Hora individual:

202,60 euros

50,65 euros

Sala exposiciones - Iglesia-Convento:

Mensual (4 horas semanales):

Hora individual:

202,60 euros

50,65 euros

Sala “Txokobiko”:

Hora:

El servicio técnico será por cuenta del solicitante.

271,48 euros

5.8. Ludoteca:

Bono semanal:

30,00 euros

6. Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública, terrenos del común y terrenos de propiedad privada afectos a un uso público.

6.1. Terrazas de bares y otros aprovechamientos de carácter continuado, por metro cuadrado y año:

(Si la superficie contiene una fracción de metro, ésta se computará como un metro cuadrado entero, a la hora de calcular la tarifa).

4,00 euros

6.2. Comercio no sedentario (tarifa diaria más metros lineales):

Por puesto y día:

7,00 euros

Por cada metro de longitud del puesto:

1,00 euros

6.3. En Fiestas de San Fermín, Ferias y Carnavales, válido para todo el periodo festivo:

(Además de ello, durante las fiestas de San Fermín, Ferias, Carnavales y cualquier otro tipo de festividad, el Ayuntamiento se reserva la facultad de adjudicar los espacios públicos para las distintas actividades mediante subasta).

6.3.1.

Por metro lineal para los puestos:

14,00 euros

6.3.2.

Caravanas, remolques o puestos que ocupen una superficie de anchura similar, por m² ocupado:

32,00 euros

6.3.3.

Barracas de Fiestas y Ferias, por m² ocupado:

33,00 euros

6.4. Depósitos de combustible, anual:

6.4.1.

Por metro cuadrado ocupado:

5,48 euros

6.4.2.

Las tuberías de abastecimiento de los mismos, por metro lineal ocupado:

1,10 euros

6.5. Licencias para utilización de terreno comunal en precario:

En suelo urbano o urbanizable, por metro cuadrado:

4,00 euros

En suelo no urbanizable, por metro cuadrado:

0,0664 euros

6.6. Precio anual por plaza en el aparcamiento de camiones:

319,10 euros

7. Concesiones en el cementerio municipal.

7.1. Panteón de tres plazas:

4.121,88 euros

7.2. Fosa:

967,57 euros

7.3. Columbario:

354,55 euros

8. Escuela de música.

8.1. Matrícula:

8.1.1.

Inscripción en la Escuela:

45,91 euros

8.1.2.

Por cada asignatura:

12,04 euros

8.2. Grado Elemental (de 1.º a 6.º). Cuotas mensuales de las asignaturas de octubre a junio:

8.2.1.

Música y movimiento:

19,51 euros

8.2.2.

Lenguaje musical:

19,51 euros

8.2.3.

Instrumento:

28,79 euros

8.2.4.

Coral:

8,16 euros

8.2.5.

Conjunto instrumental:

8,16 euros

8.2.6.

Taller de adultos + instrumento: (de 13 años en adelante, éstos incluidos):

43,59 euros

8.2.7.

Taller de adultos o instrumento: (de 13 años en adelante, éstos incluidos):

35,46 euros

8.2.8.

Música de cámara:

14,34 euros

8.3. Grado Medio (7.º y siguientes). Cuotas mensuales de octubre a junio:

8.3.1.

Armonía:

43,38 euros

8.3.2.

Música de cámara:

43,38 euros

8.3.3.

Cultura musical:

43,38 euros

8.3.4.

Refuerzo conservatorio:

(En caso que se reciba subvención del Gobierno de Navarra, estas cuotas se devolverán).

43,38 euros

8.4. Clases adaptadas a niños con necesidades educativas especiales:

8.4.1.

Matrícula:

70,03 euros

8.4.2.

Mensualidades octubre a junio:

41,34 euros

8.5. La obligación del pago surge con la matriculación en la Escuela de Música, demorándose el cobro por meses.

8.6. Las familias numerosas tendrán un descuento del 20%, tanto por la matrícula como por los restantes conceptos.

9. Canon para el aprovechamiento de pastos y terrenos comunales.

Por hectárea y año:

65,56 euros

Por cada cabeza de ovino:

0,27 euros

Por cada cabeza de vacuno o caballar:

1,63 euros

10. Impuesto de gastos suntuarios del coto de caza.

El tipo del Impuesto será del 18%.

11. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Urbanismo.

11.1.1.

El tipo de gravamen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras es del 5% sobre el presupuesto de ejecución material. Quedan excluidos del mismo el beneficio industrial y los honorarios por redacción del proyecto y dirección de obra.

En las actuaciones de reparación de tejados, arreglo de fachadas, instalación de ascensores en viviendas y supresión de barreras arquitectónicas, el tipo de gravamen es del 3,5%.

11.1.2.

Tipo reducido: el tipo de gravamen 3,5% tendrán las siguientes actuaciones:

–Reparación de tejados y arreglo de fachadas.

–Instalación de ascensores en viviendas.

–Supresión de barreras arquitectónicas.

–Sistema solar para agua caliente, si es mixto, solar + gas o electricidad. (Se aplicará al total del sistema de calentamiento).

11.1.3.

Tipo ultra reducido: el tipo de gravamen del 2% tendrán las siguientes actuaciones:

–Instalación de paneles solares fotovoltaicas.

–Sistema solar para agua caliente (en el caso de que sea mixto: solar + biomasa). (Se aplicará al total del sistema de calentamiento).

–Inversiones que mejoran el aislamiento térmico en restauración de viviendas (se precisa proyecto).

–Geotermia.

11.2. En todo caso, la tarifa mínima a abonar siempre que se solicite una licencia de obra:

20,00 euros

12. Bonificaciones.

12.1. Tendrán una bonificación del 40% las personas con rentas inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, tanto en los bonos de la piscina y polideportivo, como en las actividades culturales.

12.2. Tendrán una bonificación del 40% los-as estudiantes entre 18 y 25 años, en los bonos de la piscina y polideportivo.

12.3. En ambos casos, deberán cumplir la totalidad de las condiciones establecidas. (Las condiciones se podrán consultar en las oficinas municipales y en el polideportivo).

Lesaka, 29 de diciembre de 2020.–El alcalde, Ladis Satrustegui Alzugaray.

Código del anuncio: L2100179