BOLETÍN Nº 135 - 10 de junio de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Encomienda de gestión al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare en materia de personal

Por Acuerdo de Pleno, de fecha 27 de mayo de 2021, el Ayuntamiento de Burlada aprobó el siguiente dictamen:

“Ante la imprevisible necesidad de contratación de sustitución de la agente de Igualdad del Ayuntamiento de Burlada.

Habiendo sido propuesto por la misma la utilización de listas elaboradas por el Servicio Navarro de Empleo-Nanfar Lansare, para cubrir necesidades en entidades locales, constituidas a través de encomienda de gestión con otros ayuntamientos, con el fin de establecer un sistema de selección de personal técnico especializado en materia de igualdad, en orden a gestionar las necesidades de personal que pudieran producirse.

Vista la resolución 0007/2018 de 4 de enero de 2018 de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución a través de pruebas selectivas de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal por las entidades locales de Navarra, del puesto de trabajo de agente de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres donde se indica: “Así mismo, cualquier otra entidad local de Navarra, podrá firmar con posterioridad una encomienda análoga, con el objeto de realizar contrataciones de la lista de aspirantes que se constituya.”

Siendo voluntad de esta entidad local disponer de un listado de aspirantes al desempeño de las funciones de agente de Igualdad.

Entendiendo que este ayuntamiento no dispone en este momento de los medios técnicos, ni de personal idóneo para la realización de las pruebas correspondientes y, siendo el procedimiento más rápido y eficiente, el de la adhesión a la encomienda realizada en el año 2018 entre ayuntamientos navarros y el Servicio Navarro de Empleo-Nanfar Lansare, organismo autónomo dependiente del Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra.

En base a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en sus principios generales regulados en el artículo 58 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que dispone que “las relaciones entre la Administración de la Comunidad Foral y las entidades locales de Navarra deberán estar basadas en los principios de coordinación, cooperación y asistencia”.

Visto el informe técnico favorable de secretaria y recursos humanos, salvo en lo relativo al perfil lingüístico, y tratándose de un acuerdo de competencia plenaria para el que se requiere mayoría absoluta,

El Pleno acuerda:

1.–Aprobar la adhesión a la encomienda de gestión realizada en el año 2018 entre varios ayuntamientos y el Servicio Navarro de Empleo-Nanfar Lansare, para la convocatoria, realización de las pruebas selectivas y gestión de la lista de aspirantes al desempeño de las funciones de agente de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria aprobada por resolución 0007/2018 de 4 de enero de 2018 de Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, con el objeto de encomendar al Servicio Navarro de Empleo-Nanfar Lansare, la gestión de las contrataciones de la lista de aspirantes que se constituyó.”

Dicha encomienda de gestión no conllevará ningún coste para el Ayuntamiento de Burlada.

2.–Solicitar al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, que proceda a valorar como mérito de las personas aspirantes que figuren o deban ser llamadas de la lista resultante de aquella convocatoria, el conocimiento del euskera con hasta un máximo de 5 puntos, de conformidad con la normativa del Ayuntamiento de Burlada y aplicando el siguiente criterio:

Por conocimiento del euskera, hasta un máximo de 5 puntos. Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una escuela oficial de idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente, conforme a la siguiente graduación:

A1: 1 punto.

A2: 2 puntos.

B1: 3 puntos.

B2: 4 puntos.

C1/EGA: 5 puntos.

2.–Aprobar el convenio facilitado por el Servicio Navarro de Empleo-Nanfar Lansare por el que se instrumenta dicha encomienda de gestión del Ayuntamiento de Burlada al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y por el que se posibilita la cooperación entre ambas entidades.

3.–Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

4.–Autorizar a la alcaldesa para la firma de dicho convenio y de cuanta documentación sea preciso suscribir en ejecución de este acuerdo.

5.–Dar traslado del presente acuerdo al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare para su conocimiento y efectos oportunos.”

Burlada, 31 de mayo de 2021.–La alcaldesa, Ana María Góngora Urzaiz.

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