BOLETÍN Nº 133 - 8 de junio de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 141/2021, de 11 de mayo, del director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban los acuerdos de evaluación propuestos por la Comisión de Evaluación Documental reunida a tal efecto en día 30 de abril de 2021.

Por lo expuesto en el informe de la Jefa de la Sección de Archivo Contemporáneo de Navarra con el visto bueno del Director del Servicio de Archivos y Patrimonio Documental, en el que se trasladan los acuerdos 520 a 525 de la Comisión de Evaluación Documental de series documentales producidas por las Administraciones Públicas de Navarra.

Las Entidades Locales podrán acogerse a estos acuerdos siguiendo el procedimiento establecido en la Orden Foral 51/2016, de 14 de junio, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban instrucciones para la evaluación y la eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones conferidas por Decreto Foral 273/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Deporte,

RESUELVO:

1.º Aprobar los acuerdos 519 a 524 de evaluación de series documentales pertenecientes a Ayudas y Subvenciones, que figuran en el anexo I de esta Resolución.

2.º Ampliar los documentos a conservar, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución, en aquellos acuerdos propuestos por la Comisión de Evaluación Documental de ayudas y subvenciones calificadas de Eliminación y aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución. En particular en lo dispuesto en el Acuerdo 376, aprobado por Resolución 171/2016, de 3 de junio, del Director General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban los acuerdos de evaluación propuestos por la Comisión de Evaluación Documental reunida a tal efecto en día 20 de mayo de 2016.

3.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra el texto de los acuerdos.

4.º Trasladar la presente Resolución a las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, Cohesión Territorial, Economía y Hacienda, Desarrollo Económico y Empresarial, Políticas Migratorias y Justicia, Educación, Derechos Sociales, Salud, Relaciones Ciudadanas, Universidad, Innovación y Transformación Digital, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Cultura y Deporte y al Servicio de Archivos y Patrimonio Documental del Departamento de Cultura y Deporte, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de mayo de 2021.–El director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana, Ignacio Apezteguía Morentin.

ANEXO I

Los plazos de eliminación acordados afectan a expedientes cerrados y que no están incursos en ningún procedimiento de inspección, reclamación o recurso en cuyo caso pasan a formar parte de la serie documental correspondiente.

Número de acuerdo

519

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Ayudas y subvenciones en régimen de concurrencia competitiva

Objeto

Concesión o disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios ni de terceras personas.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva salvo que, en casos debidamente justificados, el Gobierno de Navarra autorice el régimen de evaluación individualizada. A efectos de esta Ley Foral, tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. En este supuesto, la propuesta de concesión se formulará al órgano concedente a través del órgano instructor.

Documentos

• Expediente administrativo con la documentación general de cada una de las series/procedimientos, que suele incluir:

–Convocatoria de la ayuda o subvención

–Bases reguladoras

–Resolución de concesión con indicación de los beneficiarios subvencionados e importe de la subvención

–Propuestas de resolución provisional y definitiva

–Composición del órgano colegiado

–Designaciones y notificaciones a los miembros del órgano colegiado

–Informes de letrados

–Formularios tipo

–Autorizaciones de gasto

–Etc.

• Solicitud conforme al modelo

–A esta solicitud se acompañarán los documentos e informaciones determinadas en la norma que establezca la subvención o en la convocatoria de la misma.

• Informe del órgano instructor

• Propuesta de resolución

• Resolución de concesión o denegación

• Notificación de la resolución de concesión o denegación

• Documentos justificantes del gasto

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–El expediente administrativo

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

–El resto del expediente a los 15 años del cierre

–Motivación: artículo 131.1 del Código Penal

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–Restringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente

Observaciones

Número de acuerdo

520

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Ayudas y subvenciones en régimen de evaluación individualizada

Objeto

Concesión o disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios ni de terceras personas.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

Se entenderá por régimen de evaluación individualizada aquel en el que la normativa o bases de la convocatoria establecen los criterios para evaluar las solicitudes y asignarles la subvención con la intensidad que resulte de dicha evaluación, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.

Documentos

• Expediente administrativo con la documentación general de cada una de las series/procedimientos, que suele incluir:

–Convocatoria de la ayuda o subvención

–Bases reguladoras

–Resolución de concesión con indicación de los beneficiarios subvencionados e importe de la subvención

–Propuestas de resolución provisional y definitiva

–Composición del órgano colegiado

–Designaciones y notificaciones a los miembros del órgano colegiado

–Informes de letrados

–Formularios tipo

–Autorizaciones de gasto

–Etc.

• Solicitud conforme al modelo

–A esta solicitud se acompañarán los documentos e informaciones determinadas en la norma que establezca la subvención o en la convocatoria de la misma.

• Informe del órgano instructor

• Propuesta de resolución

• Resolución de concesión o denegación

• Notificación de la resolución de concesión o denegación

• Documentos justificantes del gasto

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–El expediente administrativo

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

–El resto del expediente a los 15 años del cierre

–Motivación: artículo 131.1 del Código Penal

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención.

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–Restringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso.

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente.

Observaciones

Número de acuerdo

521

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Ayudas y subvenciones en régimen de concesión directa (nominativas)

Objeto

Concesión o disposición dineraria realizada a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios ni de terceras personas.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:

a) Las previstas nominativamente en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra, por el importe aprobado por el Parlamento, debiendo señalarse la finalidad perseguida y la consignación a favor de un beneficiario concreto.

b) Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.

c) Con carácter excepcional, cuando la determinación del destinatario, en razón del objeto de la subvención, excluya la posibilidad de acceso de cualquier otro interesado.

Documentos

• Expediente administrativo con la documentación general de cada una de las series/procedimientos, que suele incluir:

–Convocatoria de la ayuda o subvención o norma de rango legal que apruebe el procedimiento

–Bases reguladoras

–Resolución de concesión con indicación de los beneficiarios subvencionados e importe de la subvención

–Propuestas de resolución provisional y definitiva

–Composición del órgano colegiado

–Designaciones y notificaciones a los miembros del órgano colegiado

–Informes de letrados

–Formularios tipo

–Autorizaciones de gasto

–Etc.

• Solicitud conforme al modelo

–A esta solicitud se acompañarán los documentos e informaciones determinadas en la norma que establezca la subvención o en la convocatoria de la misma.

• Informe del órgano instructor

• Propuesta de resolución

• Resolución de concesión o denegación

• Notificación de la resolución de concesión o denegación

• Documentos justificantes del gasto

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–El expediente administrativo

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

–El resto del expediente a los 15 años del cierre

–Motivación: artículo 131.1 del Código Penal

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–estringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso.

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente

Observaciones

Número de acuerdo

522

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Subvenciones financiadas con fondos europeos de concesión indirecta por concurrencia competitiva

Objeto

La financiación indirecta es gestionada por las administraciones nacionales y regionales y supone cerca del 80% del presupuesto de la UE, principalmente a través de cinco grandes fondos englobados en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

Son los siguientes:

–Fondo Europeo de Desarrollo Regional: desarrollo regional y urbano

–Fondo Social Europeo: inclusión social y buena gobernanza

–Fondo de Cohesión: convergencia económica de las regiones menos desarrolladas

–Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural

–Fondo Europeo Marítimo y de Pesca

Documentos

• Expediente administrativo con la documentación general de cada una de las series/procedimientos, que suele incluir:

–Convocatoria de la ayuda o subvención o norma de rango legal que apruebe el procedimiento

–Bases reguladoras

–Resolución de concesión con indicación de los beneficiarios subvencionados e importe de la subvención

–Propuestas de resolución provisional y definitiva

–Composición del órgano colegiado

–Designaciones y notificaciones a los miembros del órgano colegiado

–Informes de letrados

–Formularios tipo

–Autorizaciones de gasto

–Etc.

• Solicitud conforme al modelo

–A esta solicitud se acompañarán los documentos e informaciones determinadas en la norma que establezca la subvención o en la convocatoria de la misma.

• Informe del órgano instructor

• Propuesta de resolución

• Resolución de concesión o denegación

• Notificación de la resolución de concesión o denegación

• Documentos justificantes del gasto

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–El expediente administrativo

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

• El resto del expediente se eliminará a los 25 años del cierre del mismo

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–Restringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso.

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente

Observaciones

Número de acuerdo

523

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Subvenciones financiadas con fondos europeos de concesión directa mediante convenio (nominativas)

Objeto

Son fondos que gestiona directamente la UE.

Tras su aprobación, y dependiendo de si afectan a uno o más beneficiarios, puede existir concurrencia mediante solicitud sin que ésta sea competitiva. Se conceden, si los beneficiarios cumplen las condiciones establecidas en la Resolución, por orden de entrada y hasta el fin de la partida presupuestaria.

El procedimiento se inicia de oficio por el órgano con potestad en su concesión, tras lo cual se elabora un Convenio o Acuerdo, donde se definen la cuantía y el crédito presupuestario, el régimen jurídico aplicable, las personas beneficiarias, las compatibilidades e incompatibilidades con otras subvenciones, los modos de pago y los plazos y formas de justificación del gasto por parte de los beneficiarios.

Pueden solicitar una subvención las empresas u organizaciones afines (asociaciones empresariales, proveedores de servicios de apoyo a las empresas, consultora, etc.) que desarrollen proyectos favorables a los intereses de la UE o contribuyan a aplicar una política o programa europeos.

Documentos

1.–Acuerdo de concesión

2.–Propuesta de Acuerdo de Convenio que incluye:

• Informe jurídico del Servicio Jurídico (original múltiple)

• Memoria de justificación de gasto de la Dirección General

correspondiente (original múltiple)

• Informe de fiscalización de Intervención (original múltiple)

3.–Acuerdo Final de Convenio

• Informe de aprobación del gasto

4.–Justificación del gasto

• Memoria de la acción justificando el gasto

5.–Orden de pago de la subvención

6.–Informe de auditoría dirigido a la Autoridad Pagadora (en su caso)

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–Propuesta y Acuerdo de concesión (convenio)

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

–El resto del expediente se eliminará a los 25 años del cierre del mismo

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–Restringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso.

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente

Observaciones

Número de acuerdo

524

Fecha del acuerdo

30 de abril de 2021

Denominación de la serie

Subvenciones financiadas con fondos europeos de concesión directa mediante Disposición Legal

Objeto

Subvenciones que vienen impuestas por una norma de rango legal (Resolución o Acuerdo), entre ellas aquellas de carácter excepcional en las que se acreditan razones únicas de interés público, social, económico o humanitario. Tras su aprobación, y dependiendo de si afectan a uno o más beneficiarios, puede existir concurrencia mediante solicitud sin que ésta sea competitiva.

Se conceden si los beneficiarios cumplen las condiciones establecidas en la Disposición Legal, por orden de entrada y hasta el fin de la partida presupuestaria

Documentos

1.–Disposición Legal para la concesión de la subvención

2.–Solicitud del beneficiario y documentación adjunta:

• Memoria explicativa de la acción (original)

• Declaración jurada de otras ayudas concurrentes (original)

• Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda (original o copia compulsada)

• Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social (original o copia compulsada)

3.–Propuesta de concesión o denegación

Requerimiento para la subsanación de errores o falta de documentación, en su caso

4.–Resolución de concesión o denegación

5.–Notificación con acuse de recibo

6.–Justificación económica de la subvención (Memoria Justificativa de la acción)

7.–Orden de pago de la subvención

8.–Informe de auditoría dirigido a la Autoridad Pagadora del resultado de dichas Auditorías (en su caso)

Fecha inicial/final

Serie abierta

Órgano productor

Administraciones públicas de la Comunidad Foral de Navarra

DICTAMEN

Tipo de selección

Plazo

Eliminación Parcial

1.–Conservación:

–Disposición legal para la concesión

–TD01 (Resoluciones, Ordenes Forales y Acuerdos de Gobierno)

–Memorias, proyectos y estudios

2.–Eliminación:

–El resto del expediente se eliminará a los 25 años del cierre del mismo

–Motivación: artículo 131.1 del Código Penal

Tipo de muestreo

No se propone muestreo

Acceso

Plazo

1.–Libre:

–Expresión de la convocatoria

–El programa y crédito presupuestario al que se imputen

–Beneficiario

–Cantidad concedida

–Finalidad de la subvención

Motivación:

Ley Foral 11/2005, de subvenciones (art. 15)

2.–Restringido:

Resto de la información del expediente cuando esté afectado por normativa que limite su acceso

Plazo de restricción: hasta pasados 50 años de la fecha final del expediente

Observaciones

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