BOLETÍN Nº 115 - 18 de mayo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas sobre taxis en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona

La Asamblea General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2021, aprobó inicialmente la modificación del artículo 2 y del anexo de tarifas, y la introducción de una disposición transitoria en la ordenanza fiscal reguladora de las tasas sobre taxis en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la comarca de Pamplona.

Publicado el acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 59, de 15 de marzo de 2021, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, ha quedado aprobada definitivamente dicha modificación, disponiendo la publicación de su texto íntegro a los efectos procedentes.

Pamplona, 4 de mayo de 2021.–El presidente, David Campión Ventura.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LAS TASAS SOBRE TAXIS EN EL ÁREA TERRITORIAL DE PRESTACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE TAXI EN LA COMARCA DE PAMPLONA

Fundamento

Artículo 1. La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la sección 7.ª, Capítulo IV, Título Primero de la Ley 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra, y en virtud de la autorización contenida en el artículo 12 de la misma.

Hecho imponible

Artículo 2. Constituyen el hecho imponible los siguientes conceptos:

a) Visado de la licencia.

b) Transmisión de la licencia.

c) Autorización para la contratación del conductor asalariado.

d) Emisiones de la tarjeta de control profesional por pérdida, extravío o similar.

e) Participación en las pruebas para la obtención del título de conductor profesional.

f) Autorización renovación del vehículo.

g) Autorización de emisoras de radio u otros sistemas de concertación:

1.–Hasta 5 licencias.

2.–Más de 5 licencias.

h) Autorización de vehículo-taxi para sustituciones.

Devengo

Artículo 3. El devengo de la tasa dependerá en cada caso de la naturaleza del hecho imponible, así:

Letras a), b), d) y e) se devengarán en el momento en que se inicie la realización de la actividad encaminada a la obtención del visado, transmisión, permiso o tarjeta.

Letras c), f), g), h), i), j) en el momento en que se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente.

No se iniciará el procedimiento sin que se haya efectuado el pago correspondiente.

Sujetos pasivos

Artículo 4. Serán sujetos pasivos de las tasas, las personas físicas o jurídicas que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por la actuación realizada por la administración.

Tarifas

Artículo 5. Las tasas a satisfacer serán las que figuran en el anexo de la presente ordenanza.

Cuota

Artículo 6. Estas tasas deberán hacerse efectivas en la Caja General de la Mancomunidad o mediante transferencia bancaria en la cuenta de esta Entidad.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Desde la entrada en vigor de la presente modificación de ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2021 se suspenden los siguientes hechos imponibles:

a) Visado de la licencia.

c) Autorización para la contratación del conductor asalariado.

e) Emisiones de la tarjeta de control profesional por pérdida, extravío o similar.

g) Autorización renovación del vehículo.

h) Autorización emisoras de radio:

1.–Hasta cinco licencias.

i) Autorización de vehículo-taxi para sustituciones.

ANEXO DE TARIFAS

a) Visado de la licencia: 63,00 euros.

b) Transmisión de la licencia: 3.606,75 euros.

c) Autorización para la contratación del conductor asalariado: 115,50 euros.

d) Emisiones de la tarjeta de control profesional por pérdida, extravío o similar: 10,50 euros.

e) Participación en las pruebas: 25,20 euros.

f) Autorización renovación del vehículo: 63,00 euros.

g) Autorización de emisoras de radio u otros sistemas de concertación:

1.–Hasta 5 licencias: 6,30 euros.

2.–Más de 5 licencias: 6.300,00 euros.

h) Autorización de vehículo-taxi para sustituciones: 63,00 euros.

Código del anuncio: L2107218