BOLETÍN Nº 115 - 18 de mayo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAKAIKU

Sede electrónica

El alcalde de este Ayuntamiento, con fecha de 19 de abril de 2021, aprobó la 33/Resolución, que a continuación se transcribe en su totalidad:

En cumplimiento de lo dispuesto en la leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a fin de dotar a la ciudadanía de un sistema telemático de comunicación con nuestra entidad, mediante Resolucion de Alcaldía 51/2020, de 10 de septiembre, resuelvo la creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Bakaiku en el siguiente enlace, https: El anuncio fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 218, de 25 de septiembre de 2020.

Advertido de la imposibilidad técnica de disponer en el registro general de Bakaiku de una única dirección electrónica que permita el acceso a las dos lenguas oficiales de la localidad,

Teniendo en cuenta que es prioridad de este Ayuntamiento velar y garantizar el uso del euskera,

RESUELVO:

1.–Sustituir la dirección electrónica “Sedelectronica.bakaiku.eus” del Ayuntamiento de Bakaiku, por la siguiente dirección electrónica https://egoitzaelektronikoa.bakaiku.eus.

La presente resolución sobre la sede electrónica entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

2.–Publicar la presente resolución en al Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.

3.–Asignar a la Secretaría General del Ayuntamiento de Bakaiku las funciones de dirección y coordinación de la sede electrónica.

Contra la presente resolución cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.

c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución.

Bakaiku, 19 de abril de 2021.–El alcalde, Egoitz Urritza Lazkoz.

Código del anuncio: L2107082