BOLETÍN Nº 110 - 12 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 56E/2021, de 2 de abril, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se declara caducada la Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 488E/2015, de 30 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, para la instalación de cebo ganado porcino, promovida por Navagesproy, S.L., en el término municipal de Cabanillas.

Mediante la Resolución 488E/2015, de 30 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua se concedió Autorización Ambiental Integrada para la ejecución del proyecto de explotación porcina de cebo.

El artículo 11.1 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece que transcurridos dos años desde la concesión de la Autorización Ambiental Integrada sin que se hubiera iniciado la ejecución del proyecto, o cuatro años sin haberse finalizado su ejecución y puesto en marcha la actividad, la Autorización se entenderá caducada y sin efecto alguno.

Con fecha 18 de febrero de 2021 se ha comprobado que no se ha iniciado la ejecución del proyecto, manteniéndose el cultivo agrícola de las parcelas correspondientes al emplazamiento, sin existir construcción alguna, ni presentar indicio de realización de obras.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Declarar caducada la Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 488E/2015, de 30 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, para la instalación de cebo ganado porcino, promovida por Navagesproy, S.L., en el término municipal de Cabanillas.

Segundo.–Dejar sin efecto las autorizaciones e inscripciones que fueron incluidas en la Autorización Ambiental Integrada para esta instalación.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Navagesproy, S.L., al Ayuntamiento de Cabanillas, al Servicio de Ganadería, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo y a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de abril de 2021.–El director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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