BOLETÍN Nº 9 - 15 de enero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 230E/2019, de 11 de diciembre, del Director del Servicio de Biodiversidad por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de fibra óptica en línea aérea de alta tensión 66 kv en Valtierra y Castejón, en los términos municipales de Valtierra y Castejón, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de fibra óptica en línea aérea de alta tensión 66 kv en Valtierra y Castejón, en los términos municipales de Valtierra y Castejón, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Ha tenido entrada en el Servicio de Biodiversidad, la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe M) Instalaciones de comunicación, del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada tiene por objeto el tendido de un nuevo tramo de cable de fibra óptica a ubicar sobre apoyos existentes de la línea de alta tensión 66kv, con origen en el apoyo número 272 en salida de STR Valtierra y final en el apoyo n. º 288 de la L.A.A.T. 3109-10 La Serna-Tafalla, hacia STR la Serna, justamente tras cruzar el río Ebro. Requiere la sustitución de tres apoyos. Tendrá una longitud total de 4.379 m, siendo un tramo de 483 m subterráneo coincidiendo con la traza del T.A.V. entre los apoyos n. º 279 y número 280.

La línea eléctrica discurre en todo momento sobre campos de regadío y en su última parte cruza el río Ebro, incluido en la ZEC del mismo nombre, siendo además un área considerada zona de protección según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por lo que se establecen medidas para la protección para la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

La Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio informa que la actuación solicitada tiene la consideración de actividad permitida conforme al artículo 110 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por lo que no requiere de autorización de actividad en suelo no urbanizable. La Sección de Impacto Ambiental informa favorablemente con condiciones.

Vistos los informes obrantes en el expediente, en virtud del artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral, por el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración Foral de Navarra y por el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de fibra óptica en línea aérea de alta tensión 66 kv en Valtierra y Castejón, en los términos municipales de Valtierra y Castejón, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

–Se señalizará con balizas salvapájaros con una cadencia de 10 metros la línea de fibra óptica entorno al río Ebro, desde el apoyo número 285 hasta el apoyo número 288.

–Para los nuevos apoyos proyectados que se ubican fuera de la zona de protección del río Ebro, en los aisladores de amarre deberá utilizarse un modelo que respete la distancia de 70 cm entre elemento conductor y zona de posada, y de 1,5 m entre conductores.

–Se procederá a la recogida del terreno de todos los apoyos que sean sustituidos.

–Los materiales excedentes o residuos generados deberán ser gestionados adecuadamente según su naturaleza.

–El promotor dará aviso del inicio de las obras o cualquier incidencia de índole ambiental que aconteciese, con la antelación máxima de 48 horas, a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente (Unidad de Coordinación de Tudela). Dicho aviso se realizará mediante un mail (gmatudela@tudela.es) o una llamada al 609904957.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 3.000 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución a la Sección de Ordenación del Territorio, al Ayuntamiento de Valtierra, al Ayuntamiento de Castejón, a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente (Unidad de Coordinación de Tudela) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de diciembre de 2019.–El Director de Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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