BOLETÍN Nº 79 - 16 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 150/2020, de 12 de abril, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se identifica un centro socio-sanitario a efectos de intervenir conforme a la Orden Foral 141/2020, de 30 de marzo, de la Consejera de Derechos Sociales, y a la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, y se concretan medidas específicas de intervención.

La Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su punto tercero que se faculta a la autoridad competente de la comunidad autónoma, en función de la situación epidemiológica y asistencial de cada centro residencial y siempre atendiendo a principios de necesidad y de proporcionalidad, a intervenir en los centros residenciales objeto de esta Orden.

Conforme al apartado tercero de la cita Orden Ministerial, entre otras actuaciones, esta intervención podrá conllevar, por motivos de salud pública, la reubicación y traslado de las personas residentes a otro centro residencial de su territorio, con independencia de su carácter público o privado.

Mediante la Orden Foral 141/2020, de 30 de marzo, de la Consejera de Derechos Sociales, se establecieron las distintas medidas que pueden adoptarse cuando concurran las circunstancias previstas en la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, en función de la situación epidemiológica y asistencial de cada centro residencial y se preveía la posibilidad de identificar centros socio-sanitarios en que procediera la intervención, y mediante la Orden Foral 146/2020, de 3 de abril, de la Consejera de Derechos Sociales, se incorporó también entre las medidas a adoptar, añadiéndola a las de la Orden Foral 141/2020, de 30 de marzo, la aludida de apoyar un traslado de residentes.

Además, inicialmente el artículo 4 del Decreto-ley Foral 2/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), y actualmente el artículo 4 de la Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), establecen, por un lado, que el Departamento de Derechos Sociales podrá poner en funcionamiento nuevos centros sociosanitarios para reforzar o prestar de forma alternativa la atención precisa a sectores vulnerables o colectivos afectados por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 o por las medidas adoptadas con motivo de dicha crisis.

En la Residencia San Manuel y San Severino, de Tafalla, concurren las circunstancias previstas en la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, conforme consta en los informes obrantes en el expediente, y procede, por un lado, autorizar el traslado de parte de los residentes de la misma al Aparthotel AH San Fermín, de Burlada, que se comprobó que reunía los requisitos para una autorización provisional tras inspección del Departamento de Derechos Sociales previa a la autorización del traslado de residentes de la Casa de la Misericordia, de Pamplona, y que gestiona el titular de aquélla, y, por otro lado, la consideración del citado Aparthotel como centro provisional, a los efectos de contratar la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas a personal cuidador que atienda a las personas residentes actuales de dicho centro provisional e intermedio.

Por todo ello, y de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, en la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, en el Decreto Foral 301/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, y en la Orden Foral 141/2020, de 30 de marzo, de la Consejera de Derechos Sociales,

ORDENO:

1.º Identificar la Residencia San Manuel y San Severino, de Tafalla, como centro socio-sanitario en que intervenir conforme a la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, y a la Orden Foral 141/2020, de 30 de marzo, de la Consejera de Derechos Sociales.

2.º Autorizar la puesta en marcha como Centro Provisional del Aparthotel AH San Fermín, de Burlada, gestionado como centro socio-sanitario, de forma provisional, por la Casa de la Misericordia de Pamplona.

3.º Adoptar como medida en el centro identificado en el apartado 1.º y en la Casa de la Misericordia de Pamplona, la de autorizar a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, para la contratación de personal para apoyar la atención en el Aparthotel AH San Fermín, de Burlada, a sus actuales residentes.

4.º Notificar esta Orden Foral a la Subdirección de Gestión y Recursos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, al Servicio de Control de Gasto de Personal y Nóminas y al Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública y a las entidades interesadas, a los efectos oportunos.

5.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 12 de abril de 2020.–La Consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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