BOLETÍN Nº 72 - 3 de abril de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ARGUEDAS

Calendario laboral y días inhábiles para 2020

El día 10 de marzo de 2020, el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Vista la Resolución 117/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y la documentación obrante en el expediente.

Considerando lo dispuesto en el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2020 en las oficinas del Ayuntamiento de Arguedas, que será el siguiente:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–20 de marzo: Puente de San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–3, 4 y 5 de agosto: Fiestas Patronales.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier (Día de Navarra).

–4 de diciembre: Puente del Día de Navarra.

–7 de diciembre: día siguiente al día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

–26 de diciembre: San Esteban (festividad local).

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las Oficinas Municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Arguedas queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo y se realizará de la siguiente forma:

1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

2. La distribución de la jornada de trabajo señalada en los apartados anteriores de este artículo no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a los afectados por alguna compensación horaria (trabajo a turnos, nocturno, etc.), que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico.

3. Los empleados dispondrán de una bolsa de 6 horas y 20 minutos a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

Tercero: El horario de atención al público y de apertura del Registro General del Ayuntamiento de Arguedas queda establecido de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas.

Cuarto: Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arguedas.

Quinto: Trasladar la presente Resolución a la representación sindical de los empleados municipales del Ayuntamiento de Arguedas.

Arguedas, 11 de marzo de 2020.–El Alcalde, José M.ª Pardo Ayala.

Código del anuncio: L2003782