BOLETÍN Nº 56 - 17 de marzo de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 46E/2020, de 27 de febrero, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se declara la caducidad de la modificación autorizada mediante la Resolución 247E/2016, de 10 de agosto, del Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático.

Mediante la Resolución 247E/2016, de 10 de agosto, del Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, se modificó la Autorización Ambiental Integrada de esta instalación, para la ejecución del proyecto de nueva nave para almacenamiento de productos líquidos.

El artículo 11.1 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece que transcurridos dos años desde la concesión de la Autorización Ambiental Integrada sin que se hubiera iniciado la ejecución del proyecto, o cuatro años sin haberse finalizado su ejecución y puesto en marcha la actividad, la Autorización se entenderá caducada y sin efecto alguno.

Con fecha 21 de noviembre de 2019, el emplazamiento previsto para la instalación fue visitado por personal técnico del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, habiéndose comprobado que no se ha iniciado la ejecución del proyecto.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

Resuelvo:

Primero.–Declarar la caducidad de la modificación autorizada mediante la Resolución 247E/2016, de 10 de agosto, del Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático, para la ejecución del proyecto de nueva nave para almacenamiento de productos líquidos, en la instalación de fabricación de abonos, cuyo titular es Timac Agro España SA, en el término municipal de Lodosa.

Segundo.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Cuarto.–Trasladar la presente Resolución a Timac Agro España SA, al Ayuntamiento de Lodosa y al Servicio de Protección Civil de la Dirección General de Interior, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2020.–El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

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