BOLETÍN Nº 287 - 14 de diciembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

DONEZTEBE/SANTESTEBAN

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización
de instalaciones municipales

El Pleno del Ayuntamiento de Doneztebe-Santesteban, en sesión ordinaria celebrada en fecha 19 de febrero de 2020, adoptó acuerdo aprobando inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización de instalaciones municipales.

En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.b) Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 47, de 9 de marzo de 2020, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Doneztebe-Santesteban sometiéndose el expediente al trámite de exposición pública durante el plazo de 30 días.

Transcurrido el periodo de exposición pública legalmente establecido sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones de cualquier tipo y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) in fine de la Ley Foral citada la Ordenanza referida se entiende aprobada definitivamente procediéndose, de conformidad con el artículo 326 de la Ley Foral de Administración Local a la publicación de su texto íntegro a los efectos oportunos.

Lo que se hace público en cumplimiento del precepto citado advirtiéndose que contra el presente acuerdo -al tratarse de una disposición administrativa- no cabe ex artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso en vía administrativa pudiendo ser, en consecuencia, esta aprobación definitiva impugnada por alguna de las siguientes vías:

a) Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ex artículo 10.1.b) de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

b) Mediante la interposición, ante el Tribunal Administrativo de Navarra de recurso de alzada, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Doneztebe-Santesteban, 16 de noviembre de 2020.–El alcalde-presidente, Santiago Uterga Labiano.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES MUNICIPALES

Artículo 6. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

A) Utilización Cine, Herrigune, Azkarreta, Biblioteca: 4 euros /hora sin calefacción, 6 euros/hora con calefacción.

B) Piscinas (entradas-día):

–Usuarios de 4 a 11 años: 1,75 euros (empadronados) / 2,5 euros (no empadronados).

–Usuarios de 12 a 17 años: 3,5 euros (empadronados) / 4,5 euros (no empadronados).

–Usuarios de 18 años en adelante: 4,5 euros (empadronados) / 5,5 euros (no empadronados).

C) Piscinas (abonos-mensuales únicamente para los meses de julio y agosto del 1 al 31):

–Usuarios de 4 a 11 años: 10,5 euros (empadronados) / 12,5 euros (no empadronados).

–Usuarios de 12 a 17 años: 24 euros (empadronados) / 26 euros (no empadronados).

–Usuarios de 18 años en adelante: 34,5 euros (empadronados) / 36,5 euros (no empadronados).

D) Piscinas (abonos-temporada verano):

–Usuarios de 4 a 11 años: 15 euros (empadronados) / 20 euros (no empadronados).

–Usuarios de 12 a 17 años: 35 euros (empadronados) / 40 euros (no empadronados).

–Usuarios de 18 años en adelante: 50 euros (empadronados) / 55 euros (no empadronados).

Para la determinación del tramo de edad aplicable los usuarios deberán tener cumplida la edad correspondiente a la fecha de adquisición del abono o de la entrada.

Así mismo, deberán estar empadronados a la fecha de adquisición del abono o la entrada.

E) Frontón:

–Utilización frontón sin luz: 6 euros/hora.

–Utilización frontón con luz: 10 euros/hora.

F) Polideportivo:

–Utilización uso pista sin luz:

  • 1/2 pista: 9 euros.
  • 2/2 pista: 14 euros.

–Utilización uso pista con luz:

  • 1/2 pista: 12 euros.
  • 2/2 pista: 18 euros.

G) Sala de artes marciales. Precio hora: 7 euros.

H) Squash. 1/2 hora: 4 euros y 2 euros (socio anual).

1 hora: 7 euros y 5 euros (socio anual).

I) Ducha por libre: 2,5 euros.

J) Sala de musculación:

–Bono diario: 4 euros (empadronados) / 6 euros (NO empadronados).

–Bono 10 sesiones: 20 euros (empadronados) / 25 euros (no empadronados).

–Bono mensual: 30 euros (empadronados) / 35 euros (no empadronados).

–Bono bimensual: 40 euros (empadronados) / 45 euros (no empadronados).

–Bono trimestral: 50 euros (empadronados) / 55 euros (no empadronados).

K) Sala de musculación (horario de 9 horas a 21:30 horas), sauna y ducha:

–Bono anual de 120 euros para los empadronados en Doneztebe-Santesteban.

–Bono anual de 160 euros para los no empadronados en Doneztebe-Santesteban.

Estos bonos se expedirán por la encargada del polideportivo municipal.

La utilización de la sauna, duchas y baños será en el horario en que se encuentre la persona responsable en el polideportivo.

Nota: estas tarifas se aplicarán a aquellos usuarios que utilicen estas dependencias con ánimo de lucro.

N) Tarifas especiales:

1.–Personas con una minusvalía superior al sesenta por ciento (60%) debidamente acreditada, tendrán una bonificación del cincuenta por ciento (50%) de la tarifa que le sea de aplicación.

2.–Familias numerosas: los miembros de las familias numerosas que acrediten este extremo con la presentación del correspondiente título de familia numerosa tendrán una bonificación del veinte por ciento (20%) de la tarifas que les sea de aplicación.

En el caso de que corresponda la tarifa de bonificación de minusvalía, no corresponderá la de familia numerosa, aplicando la más beneficiosa.

Se considera socio anual: aquel que elija el bono anual de la sala de musculación.

Código del anuncio: L2014853