BOLETÍN Nº 286 - 11 de diciembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CORTES

Convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas, mediante concurso oposición y en régimen de funcionario de una plaza de servicios auxiliares

Por Resolución de Alcaldía número 370/2020 de fecha 23 de noviembre, se han aprobado las bases de la convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas mediante concurso oposición y en régimen de funcionario de una plaza de Servicios Auxiliares al servicio del Ayuntamiento de Cortes.

Contra la presente resolución de Alcaldía cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Cortes, 23 de noviembre de 2020.–El Alcalde, Fernando Sierra Estoduto.

BASES

Convocatoria para la provisión de una plaza de servicios auxiliares al servicio del Ayuntamiento de Cortes, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición en turno libre, de un puesto de trabajo, de Servicios Auxiliares en régimen funcionarial, identificado en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Cortes con el número dieciséis con destino a la Brigada del Ayuntamiento de Cortes.

Igualmente, es objeto de la presente convocatoria, constituir con las personas aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 9, las siguientes relaciones de personas aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de las personas aspirantes aprobadas sin plaza.

b) Lista de las personas aspirantes aprobadas en el primer ejercicio.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario del Ayuntamiento de Cortes desde la fecha de toma de posesión siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel D, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como las retribuciones complementarias establecidas en la Plantilla Orgánica.

1.4. La jornada de trabajo anual será la misma que la del resto del personal de Servicios Auxiliares y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.5. Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

–Servicios múltiples relacionados con las actividades propias de la brigada de mantenimiento general de instalaciones y obras, seguimiento de su buen funcionamiento, conservación y mantenimiento de las mismas.

–Trabajos de albañilería en general y de mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes; así como de pintura.

–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano: Postes, señales, farolas, bancos, fuentes, etc.

–Traslado y colocación de mobiliario y enseres. Montaje y desmontaje de escenarios, vallados y demás utensilios en fiestas y actos públicos.

–Conducción de vehículos y manejo de maquinaria (hasta carnet conducción tipo B).

–Realizar diversas labores de mantenimiento y reparación de infraestructura y dependencias municipales: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, soldadura, carpintería, mecánica, limpieza, apertura y cierre de zanjas.

–Realizar nuevas instalaciones y acciones de mejora que les sean encomendadas dentro de su nivel así como realizar labores de mantenimiento básico y conservación de los vehículos que usen en el trabajo.

–Realizar la limpieza viaria que se le encomiende utilizando para ello los medios disponibles por el Ayuntamiento de Cortes.

–Colaborar en la preparación y limpieza de las fiestas y actos culturales programados por el Ayuntamiento de Cortes, así como en los actos en los que el Ayuntamiento del Cortes colabore o patrocine.

–Colaborar con otros servicios del Ayuntamiento cuando sean requeridos y coordinación con los servicios externos cuando se requiera personal especializado.

Igualmente serán propias del cargo de servicios múltiples, las siguientes tareas generales:

–Cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Comunicar puntualmente al encargado deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales así como fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Tareas de control y seguimiento de cumplimiento de ordenanzas municipales y labores de inspección urbanística y medioambiental vigilando y recibiendo el cumplimiento de normativa sobre licencias y obras, ocupación de la vía pública, vertidos, etc.

–Revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos así como el estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Área de jardinería:

  • Realizar el mantenimiento de jardines y arbolado, corte de hierba, plantación de flores, poda, abono, escarda, fumigación, siembra, mantenimiento de instalaciones de riego, labores forestales, preservación y protección del medio ambiente, etc.
  • Realizar el mantenimiento y limpieza de la maquinaria utilizada con automatización de riegos en jardines, parques públicos y zonas verdes.

–Área de limpieza:

  • Realizar las siguientes tareas correspondientes a limpieza de las vías públicas de Cortes de acuerdo con el programa de limpieza establecido.
  • Limpieza de zonas verdes municipales.
  • En la época de otoño, limpieza de hojas.
  • Limpieza y acondicionamiento de lugares concretos en los que se va a celebrar actos o festejos.
  • Colaborar con el coordinador para la planificación y organización del trabajo.
  • Mantenimiento de la maquinaria de limpieza utilizada.

–Área de mantenimiento:

  • Realizar diversas labores de mantenimiento y reparación de infraestructura y dependencias municipales: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, riego.
  • Realizar pequeñas tareas de albañilería en el municipio cuando sea necesario.
  • Realizar labores de mantenimiento básico y conservación de los vehículos que usen en el trabajo.
  • Realizar funciones de mantenimiento en la planta potabilizadora y en las redes de abastecimiento y saneamiento así como programación y riego de zonas verdes.
  • Sustituir al Oficial de Aguas cuando se determine por el Ayuntamiento.
  • Coordinación con los servicios externos cuando se requiera personal especializado.

–Tareas generales:

  • Cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.
  • Comunicar puntualmente al coordinador deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales.
  • Fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.
  • Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.
  • Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Responsabilidades de tareas administrativas:

  • Entrega de todas las notificaciones tramitadas en los diferentes servicios así como su registro, ordenación y entrega de los acuses correspondientes.
  • Control de fechas en las publicaciones de edictos, notas y anuncios en el tablón municipal.
  • Recoger y trasladar correspondencia de área de correos, empresas de mensajerías, responsabilizándose de su correcta distribución.
  • Llevar a cabo diversas tareas de apoyo administrativo que se encomienden tales como fotocopias de documentación, encuadernaciones, etc.
  • Tareas de control y seguimiento de cumplimiento de ordenanzas municipales y labores de inspección urbanística y medioambiental vigilando y recibiendo el cumplimiento de normativa sobre licencias y obras, ocupación de la vía pública, vertidos, etc.
  • Revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos así como estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.
  • Control en la recepción de las adquisiciones y materiales consumibles de limpieza y en su caso papelería, mobiliario, etc.
  • Efectuar diversas tareas de apoyo y recados a los distintos servicios municipales: distribución y colocación de anuncios, bandos, publicidad municipal, bancos, traslado de documentos, distribución de material de oficina, transporte de enseres y traslado de personas.
  • Sustitución del coordinador en su ausencia.
  • Vigilancia del término municipal en cuanto a ordenación del tráfico, estacionamiento, licencias de obra, ocupación de la vía pública, etc.
  • Labores de apoyo administrativo básico, reparto de documentación, vigilancia custodia y mantenimiento de los bienes municipales, control de las obras que se realicen en el término municipal, y todos aquellos que le encomiende el Ayuntamiento propios de su puesto.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Alcaldía u órganos delegados, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en E.S.O., Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o de grado Medio o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Los y las aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación y Ciencia.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado o inhabilitada ni suspendido o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Hallarse en posesión del carnet de conducir clase B.

g) Ingresar en la cuenta del Ayuntamiento de Cortes indicada en la Base 3.3 la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

2.2. Los requisitos expresados deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 7 de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.–Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Cortes, y deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes, personalmente en las oficinas del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general. Podrán utilizarse también los demás medios de presentación de solicitudes que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Si dicho plazo finaliza en sábado o en día inhábil, se entenderá referido al primer día hábil siguiente.

3.2. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I.

3.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia de los méritos que aporte a la convocatoria para su valoración conforme a la Base 6.

b) Justificante de haber ingresado la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

El abono de este importe se podrá efectuar mediante ingreso en efectivo o por transferencia bancaria en la siguiente cuenta:

–Caixabank: ES65 2100 4958 9222 0002 9718.

En el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

–Nombre y apellidos de la persona aspirante.

–Concepto: Examen Servicios Auxiliares.

c) Fotocopia del documento nacional de identidad.

d) Original o fotocopia de la titulación académica requerida en el apartado c) de la base 2.1.

e) Copia simple del Carnet de conducir B1 o equivalente.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

3.6. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por el órgano competente.

Para solicitar adaptación de tiempos y medios, los y las aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante copia de uno de los siguientes documentos:

–Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

–Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

3.7. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace: https://cortes.sedelectronica.es/transparency/27a01501-9605-41d2-811c-873324090c9e/.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace https://cortes.sedelectronica.es/transparency/27a01501-9605-41d2-811c-873324090c9e/.

En el caso de que no haya personas excluidas para la lista provisional se realizará lista definitiva de admitidos.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

4.5. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

4.6. En la Resolución aprobatoria de dicha lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición y la composición definitiva del Tribunal. Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios mediante publicación en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Fernando Sierra Estoduto, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Antonio Alba Baya, Primer Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal: Lucio Uriel Castro, funcionario de Servicios Auxiliares del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Juan Pablo Huerta Lasheras, funcionario de Servicios Auxiliares del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal: Francisco Javier Catalán Ibáñez, funcionario de Servicio de Aguas del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Armando Torres Huerta, funcionario de Servicios Auxiliares del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal: Julio José Alcega Catarecha, representante del personal del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Luis Morales Cerdán, representante del personal del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal Secretario: Jesús Litago Zardoya, Secretario del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Ana Ruiz Reinaldos, Interventora del Ayuntamiento de Cortes.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también sustituto/a de éstos los designados como vocal-suplente en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. La oposición dará comienzo a partir del mes de febrero de 2021.

6.2. Fase del concurso: la fase de concurso, sin carácter eliminatorio se valorará únicamente a quienes hayan aprobado la fase de oposición y tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

6.2.a) Por haber trabajado en una administración pública, en puestos de similares características que las del puesto que se convoca (puestos de servicios auxiliares o servicios múltiples) –que deberá acreditarse mediante certificado de la administración pública correspondiente–: 1 punto por cada año completo. Por fracción, la parte proporcional. La puntuación máxima de este apartado será de 15 puntos.

Notas:

–Tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las anteriores.

–No se evaluarán por duplicado servicios que hayan sido ejercidos en periodos de tiempo coincidentes.

–Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al tiempo en que se hayan prestados servicios (mínimo de tiempo a computar 1 mes completo).

–Se justificará mediante certificado del órgano competente de la Administración Pública respectiva, en el que deberá constar expresamente la duración total de prestación de servicios con indicación del número total de días. En los supuestos de prestación de servicios a tiempo parcial, además, deberá figurar:

a) O bien el número de horas al día, a la semana, al mes o al año, y la jornada anual del año a que se refieren los servicios prestados.

b) O bien el porcentaje que estos suponen respecto de la jornada habitual.

–En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

–No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

6.2.b) Por realización de cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de trabajo, se otorgarán las puntuaciones que resulten conforme a los siguientes criterios:

Se sumarán las horas de todos los cursos, y se otorgará una puntuación de 0,01 puntos por hora de duración del curso.

No serán valorados los cursos en los que no conste el tiempo de duración en horas.

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

La suma de los apartados anteriores no podrá sobrepasar un total de 20 puntos.

6.3.c) Al término de la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes, la puntuación obtenida, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4. Fase de Oposición: Constará de los siguientes ejercicios:

6.4.1. Primera prueba: De carácter teórico. Consistirá en la contestación por escrito, de varias preguntas breves o tipo test relacionadas con los temas del Anexo II.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiéndose obtener una calificación mínima de 15 puntos para aprobar. Las respuestas incorrectas serán objeto de penalización, en la forma que se indicará por el Tribunal calificador antes de su realización. Únicamente pasarán a realizar el segundo ejercicio las 25 personas que saquen la mejor puntuación del primer ejercicio siempre y cuando superen el ejercicio.

6.4.2. Segunda prueba: De carácter práctico. Consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas relacionadas con los servicios a desempeñar por el puesto a ocupar que determinará el tribunal de entre el temario previsto en el Anexo II de la convocatoria.

El tribunal determinará la realización de las pruebas de este ejercicio en un solo día o en días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 35 puntos. Quedarán eliminadas aquellas personas aspirantes que no obtengan al menos 17,5 puntos.

6.4.3. Tercer ejercicio: Evaluación de la personalidad.

Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas para la determinación del grado de ajuste de las personas aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico definido para el puesto de trabajo.

Estas pruebas se realizarán por la Sección de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública, o personal que este organismo designe, y sus valoraciones vincularán al Tribunal.

Las pruebas psicotécnicas tendrán una valoración máxima de 15 puntos y no tendrán carácter eliminatorio.

6.4.4. Los ejercicios primero y segundo serán eliminatorios, quedando eliminados, en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos. Así mismo sólo pasarán al segundo ejercicio las 25 personas que saquen la mejor puntuación del primer ejercicio siempre y cuando superen el ejercicio.

6.4.5. El sistema a utilizar en la prueba teórica será el de plicas cerradas. Terminada la corrección del ejercicio el Tribunal calificador procederá a la publicación, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes la lista con las calificaciones obtenidas, así mismo se indicará el día y hora de la apertura pública de las plicas.

6.4.6. El Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes y en el Portal de Transparencia de la sede electrónica los resultados provisionales de cada ejercicio de la oposición. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo los aspirantes acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos mencionados.

6.4.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Alcalde-Presidente propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se publicará en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra.

La puntuación total será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de la oposición. De persistir el empate, el desempate se realizará por sorteo público.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes:

a) Informe expedido por la Sección de Valoración Clínico-Laboral e Inspección Médica del Servicio de Salud Laboral del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra o, en su caso, por una entidad externa debidamente acreditada, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto.

Si las personas aspirantes hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

b) Declaración jurada o solemne de que la persona no se halla inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

Las personas aspirantes propuestas que no tengan la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

d) Permiso de residencia y trabajo, en caso de personas ciudadanas de otros países que no pertenezcan a la Unión Europea en los supuestos legalmente establecidos.

e) Las personas aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, y aportados por el aspirante aprobado con mayor puntuación los documentos a que se refiere la Base 7.2 anterior, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes, resolverá su nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de Cortes para desempeñar el puesto de trabajo de Servicios Auxiliares.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión en su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo los supuestos de fuerza mayor suficientemente justificados, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Cortes. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 de la presente convocatoria.

9.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellas aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de personas aspirantes aprobadas sin plaza.

b) Lista de personas aspirantes aprobadas del primer ejercicio.

9.2. Lista de personas aprobadas sin plaza y lista para contratación en el Ayuntamiento de Cortes.

Remitido el expediente por el Tribunal de Selección para el ingreso, por Resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes, se aprobarán las listas de personas aprobadas sin plaza y aprobadas del primer ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cortes.

El orden de aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para las personas aprobadas sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de las personas aspirantes, por la puntuación obtenida en el ejercicio superado. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a las y los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de aspirantes y, en su caso, la contratación, se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Acuerdo o Convenio municipal vigente, y demás normativa que resulte de aplicación.

Únicamente las personas aspirantes que resulten llamadas para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación exigido en la base 2, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Vigencia de las listas: Hasta la siguiente convocatoria pública de ingreso.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Llamamiento a la contratación temporal.

Las personas que superen las pruebas selectivas pasarán a formar parte, por orden de puntuación, de las listas de aspirantes a la contratación temporal de los puestos que resulten vacantes u otras necesidades temporales que puedan surgir en las respectivas entidades locales.

La gestión del proceso de contratación temporal se regirá por las siguientes reglas:

9.4.1. Criterios generales para la aprobación de las relaciones de personas aspirantes.

9.4.1.1. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en el Estatuto del Personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en lo relativo al acceso al empleo público de las personas con discapacidad. La comprobación de la acreditación de compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes corresponderá a la Entidad solicitante que vaya a efectuar la contratación temporal.

9.4.2. Sistema de llamamiento.

9.4.2.1. Normas generales de llamamiento.

El llamamiento de las personas aspirantes para cubrir las necesidades de contratación de personal se realizará mediante llamamiento individual, de acuerdo con el orden de prelación en que figuren las personas candidatas en la correspondiente lista, teniendo en cuenta, en su caso, los perfiles correspondientes.

Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes deberán comunicar, al menos, un teléfono de contacto, sin perjuicio de que puedan comunicar, además, otros teléfonos de contacto o dirección de correo electrónico, información que deberán mantener permanentemente actualizada.

Las llamadas para ofrecer el contrato se realizarán al número facilitado por la persona aspirante, siguiendo el orden de la lista. Se dejará constancia del resultado de la llamada (le interesa, no interesa, no contesta).

En todo caso, los llamamientos individuales se efectuarán de manera ágil, de forma que permitan cubrir la necesidad de contratación a la mayor brevedad posible. A cada aspirante a la que se oferte un contrato, se le realizarán al menos tres intentos de localización al teléfono de contacto durante un período de dos días.

Si en la primera comunicación no se logra contactar con la aspirante se le remitirá un SMS y/o correo electrónico informativo.

Cuando una aspirante no pueda ser localizada, se contactará con la siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos.

Las aspirantes no localizadas durante un período de seis meses pasarán a figurar como no disponibles en la lista.

Si la contratación fuera urgente, teniendo tal carácter cuando la incorporación al puesto deba realizarse en un plazo máximo de 24 horas, y cuya duración inicial prevista sea igual o inferior a tres meses se ofertarán a la primera aspirante disponible con la que, sin necesidad de cumplir lo previsto más arriba, se consiga contactar y que acepte su incorporación inmediata.

9.4.2.2. Contratación en régimen administrativo.

El régimen jurídico aplicable para la contratación del personal temporal en régimen administrativo será el previsto en el Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación del personal en régimen administrativo en las Administraciones Públicas de Navarra. A tal fin, el sistema de llamamiento previsto en la presente convocatoria será de aplicación en todo lo que no se oponga al Decreto Foral 68/2009.

9.4.2.3. Excepciones al régimen general.

a) La persona vinculada temporalmente con el Ayuntamiento de Cortes podrá renunciar al contrato en vigor, cuando se le ofrezca otro como mejora de la contratación, siempre que sea dentro del mismo ámbito en que esté contratada, figure en la correspondiente lista, y concurra el siguiente supuesto:

–Cuando mantenga vigente un contrato de corta duración y se le oferte un contrato de larga duración (Se entenderá como contrato de corta duración el que se prevé con una duración igual o menor a 6 meses; y contrato de larga duración el que prevé una duración superior a 6 meses).

b) Cuando una aspirante haya desempeñado un puesto de trabajo en virtud de un contrato de sustitución y antes del transcurso de 20 días desde la finalización del contrato se produzca necesidad de cobertura temporal del mismo puesto de trabajo, se ofertará el contrato a la misma aspirante, siempre que, en el momento del nuevo llamamiento, concurran los siguientes requisitos:

–Que la aspirante esté incluida en una lista que se encuentre vigente en el momento del llamamiento.

–Que la finalización de su contrato no se haya producido por renuncia al mismo.

–Que la finalización de su contrato no se haya producido por alguno de los motivos que conlleva la exclusión de las listas.

c) Cuando una aspirante tenga formalizado un contrato a jornada parcial, si en el centro se origina una nueva necesidad que pueda desempeñar, se le ofertará la nueva necesidad a la citada aspirante, en el supuesto de que la totalidad del horario que deba asumir como consecuencia de la nueva contratación resulte compatible con el que tenía asignado hasta ese momento, hasta completar el 100% de la jornada. En el caso de que varias personas trabajadoras tengan un contrato a jornada parcial, se le ofertará a la persona que corresponda siguiendo el orden riguroso del puesto que ocupen en la lista de aspirantes a la contratación temporal vigente en ese momento.

9.4.2.4. Renuncias a oferta de contratación.

Si alguna persona aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado pasará a ocupar el último lugar de la lista respectiva, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos, en cuyo caso mantendrá su posición en la lista:

–Estar en situación de licencia por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.

–Encontrarse en situación de incapacidad temporal.

–Tener un contrato de trabajo en vigor.

–Tener a su cuidado un hijo o hija menor de 6 años. Quienes renuncien a un contrato por este motivo no podrán volver a estar en situación de disponibles hasta que haya transcurrido un mes desde la renuncia.

–Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo. Quienes renuncien a un contrato por este motivo no podrán volver a estar en situación de disponibles hasta que haya transcurrido al menos un mes desde la renuncia.

–Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la fecha de inicio del contrato ofertado está incluida dentro de los quince días naturales anteriores o siguientes a su constitución.

En estos casos la persona aspirante pasará a figurar como no disponible en la lista de aspirantes a la contratación temporal, hasta que la propia aspirante solicite figurar como disponible por haber finalizado la circunstancia alegada. En el momento en que comunique su disponibilidad deberá acreditar documental y fehacientemente la concurrencia de la situación alegada en el momento en que le fue ofertado el contrato.

9.4.2.5. Descenso al último lugar en la lista.

Pasarán a ocupar el último lugar en la lista las personas aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) No suscripción del correspondiente contrato por causa imputable a la aspirante, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

b) Renuncia al contrato suscrito, salvo supuestos previstos en apartado 8.2.4.

9.4.2.6. Exclusión de las listas.

Serán excluidas de la lista que haya dado lugar al llamamiento las personas aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Haberle sido rescindido el contrato durante el periodo de prueba tras un informe motivado emitido por la dirección.

b) Abandono del puesto de trabajo sin causa justificada y sin haber establecido ningún tipo de comunicación con la dirección del centro.

c) Extinción del contrato por causas sobrevenidas, derivadas de la falta de capacidad o de adaptación de la persona contratada para el desempeño del puesto de trabajo, manifestada por un rendimiento insuficiente que impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto, como de una alteración en el contenido del mismo previa audiencia del interesado e informe de la Comisión de Personal o Delegados/as de Personal correspondientes”.

10.–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a los candidatos de lo siguiente:

El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes es el Ayuntamiento de Cortes.

La finalidad del tratamiento es la selección de personal y provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

La base jurídica es: artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales y artículo 6.1.c) del RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos (RDL 5/2015 de 30 de octubre) incluida la publicación en el portal de transparencia de acuerdo con el artículo 19.2. f. de la Ley Foral 5/2018.

Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la Web donde encontrará más información https://cortes.sedelectronica.es/info.11.

También puede contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección dpd@cortes.es y presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

11.–Recursos.

11.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de su aplicación, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación.

c) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la publicación o notificación.

11.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido en el Portal de Transparencia de la sede electrónica ante el Alcalde del Ayuntamiento de Cortes.

ANEXO I

Formulario de solicitud (PDF).

ANEXO II

Temario

1.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Los interesados en el procedimiento, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, representación, identificación y firme de los interesados en el procedimiento administrativo. De la actividad de las Administraciones Públicas, normas generales, Registros, silencio administrativo, términos y plazos (cómputo). Actos administrativos: Requisitos. Eficacia, notificación. El procedimiento administrativo común. Garantías. Fases. Recursos administrativos: Principios generales, el recurso de alzada y el recurso de reposición.

2.–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad de la Administración Pública y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

3.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II: El Municipio. Capítulo I: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales: Capítulo I: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadana.

4.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título I: El municipio como Entidad Local de Navarra. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IV: Bienes de las Entidades Locales. Título V: Actividades, servicios y obras. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra.

5.–Conocimiento general de la localidad de Cortes, callejero, patrimonio cultural e historia.

6.–Reglas básicas de aritmética y geometría.

7.–Reglas básicas de escritura y ortografía.

8.–Conocimientos básicos de normas de seguridad, de higiene en el trabajo, así como de barreras arquitectónicas.

9.–Conocimientos de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

10.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y alicatado. Encofrados y levante de muros.

11.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

12.–Circuitos de alumbrado básico: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.,

13.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

14.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

15.–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

16.–Mantenimiento de edificios y mobiliario urbano. Pintura.

17.–Las labores de conservación de la red de riego: Mantenimiento preventivo de la instalación de riego. Aspersores, difusores, sistema de goteo e inundaciones. Codos, tes, llaves de paso y de corte. Electroválvulas. Filtros. Sensores de lluvia.

18.–Parajes y nomenclatura del municipio. Calles del término municipal: Nombres oficiales y tradicionales.

19.–Las labores de conservación en céspedes y praderas (Riego y Tipos; Siega del césped; Escarificado; Aireados; Perfilados; Resiembra. Restitución mediante tepes), Las labores de conservación en árboles y arbustos (Riego y Tipos. Cavas y escardas; Podas; Entutorar), Las labores de conservación de las plantas de flor y bulbosas (riego y tipos; aporte de sustrato; preparación del terreno; limpieza y retirada).

20.–Labores de creación y/o reposición en jardinería. Reposiciones y siembras del césped (finalidad, formas de resiembra, época de realizarlas, drenajes y tipos), reposición de árboles, arbustos y plantas de flor (Arboles, Plantas anuales, Plantas bianuales, Plantas bulbosas., Plantas vivaces), La preparación del terreno. Drenajes. Tipos de drenajes. Las diferentes formas de plantación. El marco de plantación y elección de especies.

21.–Labores de poda: Poda del arbolado, Necesidades de poda especies. Principios de la poda (objetivos, clases, época y frecuencias, forma de realizar los cortes). Poda de arbustos, sub-arbustos y setos (necesidades de poda especies, factores a considerar, tipos de poda, realización de la poda, época de poda).

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