BOLETÍN Nº 275 - 25 de noviembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

VALTIERRA

Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de dos plazas de empleado de servicios múltiples

Mediante Resolución de Alcaldía número 232/2020, de 6 de noviembre, se aprobó la convocatoria y bases para la provisión mediante concurso-oposición, de dos plazas de funcionario, empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Valtierra.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes,

BASES

Base 1.ª–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial, de dos puestos de empleado de servicios múltiples del M.I. Ayuntamiento de Valtierra.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D, establecidas en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones, y los complementos que se contemplan en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Valtierra; y se le dará de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El régimen de jornada de trabajo será completa y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.4. Con la relación de aprobados, se confeccionará una lista, en primer lugar, para cubrir las vacantes objeto de la convocatoria y para el supuesto de que algún aspirante seleccionado no ocupase la plaza; y en segundo lugar, para formar una lista de espera para el caso de que el Ayuntamiento, en el futuro, precisare de contrataciones temporales. En dichos supuestos la contratación será por riguroso orden de puntuación entre los aspirantes, que hayan superado las correspondientes pruebas de selección.

1.5. Las personas que resulten nombradas en virtud de esta convocatoria, desempeñarán las funciones y trabajos, adecuados a su nivel, categoría y estudios, exigidos en la convocatoria, y específicamente y sin animo exhaustivo serán las siguientes:

–Servicios múltiples relacionados con las actividades propias de la brigada de mantenimiento general de instalaciones y obras, seguimiento de su buen funcionamiento, conservación y mantenimiento de las mismas.

–Trabajos de albañilería en general y de mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes; así como de pintura.

–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano: Postes, señales, farolas, bancos, fuentes, etc.

–Traslado y colocación de mobiliario y enseres. Montaje y desmontaje de escenarios, vallados y demás utensilios en fiestas y actos públicos.

–Conducción de vehículos y manejo de maquinaria (hasta carnet conducción tipo B inclusive).

–Realizar diversas labores de mantenimiento y reparación de infraestructura y dependencias municipales: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, soldadura, carpintería, mecánica, limpieza, apertura y cierre de zanjas.

–Realizar nuevas instalaciones y acciones de mejora que les sean encomendadas dentro de su nivel así como realizar labores de mantenimiento básico y conservación de los vehículos que usen en el trabajo.

–Realizar la limpieza viaria que se le encomiende utilizando para ello los medios disponibles por el Ayuntamiento del Valle de Valtierra.

–Colaborar en la preparación y limpieza de las fiestas y actos culturales programados por el Ayuntamiento de Valtierra, así como en los actos en los que el Ayuntamiento de Valtierra colabore o patrocine.

–Colaborar con otros servicios del Ayuntamiento cuando sean requeridos y coordinación con los servicios externos cuando se requiera personal especializado.

Igualmente serán propias del cargo de servicios múltiples, las siguientes tareas generales:

–Cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Comunicar puntualmente al encargado deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales así como fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Tareas de control y seguimiento de cumplimiento de ordenanzas municipales y labores de inspección urbanística y medioambiental vigilando y recibiendo el cumplimiento de normativa sobre licencias y obras, ocupación de la vía pública, vertidos, etc.

–Revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos así como el estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Alcaldía u órganos delegados, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

1.6. Las plazas podrá ser declarada desierta por el Tribunal cuando éste considere que ninguno de los aspirantes reúne los conocimientos, aptitudes y preparación adecuados para el desempeño del puesto de trabajo.

Base 2.ª–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de los Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente podrán presentarse a la presente convocatoria el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Podrán presentarse también las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Ser mayor de edad.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en E.S.O., Graduado Escolar o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Estar en posesión del carné de conducir, al menos de categoría B.

2.2. Salvo lo establecido en la base tercera, los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la Base 9.ª de la convocatoria. Su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el proceso de selección y hasta el momento de la contratación.

Base 3.ª–Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Las Instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Valtierra, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. A las solicitudes, que deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, se acompañarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia, que se presentará acompañada del original para su compulsa, del título exigido o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Documentos originales o copias autentificadas acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso.

d) Fotocopia compulsada del carné de conducir, al menos de categoría B, del aspirante.

e) Justificante de haber abonado la cantidad de 25,00 euros, en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar ingresándola en cualquiera de los siguientes números de cuenta del Ayuntamiento de Valtierra: Caja Rural de Navarra: ES27 3008 0016 1707 0103 6725, o Caixabank: ES12 2100 5009 6921 0011 2750.

3.2. Las personas con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y la adaptación solicitada.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.ª–Admisión de aspirantes y reclamaciones

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Valtierra dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, así como en la página Web y Tablón Municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde del Ayuntamiento de Valtierra dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, así como en la página Web y Tablón Municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.ª–Tribunal calificador

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Manuel Resa Conde (Alcalde del Ayuntamiento de Valtierra)

Suplente: Angel Felipe Sáenz (Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Valtierra)

Vocal 1.º: Matilde Jiménez Ochoa (Arquitecta Municipal de Valtierra)

Suplente: Lourdes Porquet Ferrer

Vocal 2.º: Tomás Carcavilla Vázquez (Ingeniero Técnico Industrial)

Suplente: Carlo Carnevale Schianca (Ingeniero Industrial)

Vocal 3.º: Blanca Esther Pérez Rodrigo (Representante de los trabajadores)

Suplente: Carlos Chivite Espuelas (Representante de los trabajadores)

Secretario: Javier San Miguel Puig (Secretario del Ayuntamiento de Valtierra)

Suplente: M.ª Carmen Checa Murillo (Secretaria del Ayuntamiento de Castejón)

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá, por mayoría, todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las Bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos Asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Base 6.ª–Desarrollo del concurso-oposición

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. La fase de oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en la página Web y Tablón Municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

6.3. La valoración global máxima del concurso-oposición será de 100 puntos, correspondiendo 20 puntos a la fase de concurso y 80 puntos a la fase de oposición.

Base 7.ª–Fase de concurso

7.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo de méritos señalado en el Anexo II.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

7.2. Una vez concluida la valoración de méritos y, previamente a la realización de la oposición, se hará pública la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes en la página web y tablón municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

Base 8.ª–Fase de oposición

8.1. La fase de oposición tendrá una puntuación máxima será de 80 puntos y constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: Teórico (eliminatorio) Consistirá en contestar un test relacionado con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo III. La puntuación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de 20 puntos para aprobarlo, quedando eliminados los aspirantes, que no los obtengan.

–Segundo ejercicio: Práctico (eliminatorio) Consistirá en realizar una prueba de índole práctico, relacionada con el puesto de trabajo, sobre materias de las relacionadas en el Anexo III. La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de 15 puntos para aprobarlo, quedando eliminados los aspirantes, que no los obtengan.

–Tercera prueba: Entrevista personal. Consistirá en una entrevista con el tribunal. A las personas aprobadas en los dos ejercicios anteriores, se les realizara una entrevista, que no tendrá carácter eliminatorio, y que versara sobre cuestiones relativas a las funciones del puesto de trabajo y aptitudes de los aspirantes para su desempeño. La valoración máxima de la entrevista será de 10 puntos.

8.2. Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página Web y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir con el Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante. Los aspirantes que no compareciesen a las mismas, quedarán eliminados.

Base 9.ª–Relación de aprobados, propuesta de nombramiento, presentación de documentos

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase de oposición y la publicará en la página Web y Tablón Municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

9.2. El Tribunal elevará al Alcalde propuesta de nombramiento en favor de los dos aspirantes, que hubieran obtenido mayor puntuación, siendo aquella de carácter vinculante. Dicha propuesta será publicada en el Boletín Oficial de Navarra y en la página Web y Tablón Municipal de anuncios del Ayuntamiento de Valtierra.

9.3. Dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

1.–Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

2.–Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

3.–Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo. En el caso de que el aspirante hubiera alegado una minusvalía, deberá aportar una acreditación de la misma y de su compatibilidad con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competente.

9.4. Si algún aspirante designado, dentro del plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Presidente cubrirá el puesto de trabajo con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la Base 9.1., procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 10.ª–Nombramiento y toma de posesión

10.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportados por los aspirantes los documentos a que se refiere la Base 9.3 anterior, la Alcaldía, mediante resolución procederá a su nombramiento como funcionarios de servicios múltiples del Ayuntamiento de Valtierra.

Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

10.2. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos los derechos derivados de su designación en la forma y consecuencias de la Bases 9.4. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la Base 9.5 anterior.

Base 11.ª–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a los candidatos de lo siguiente:

–El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes es el Ayuntamiento de Valtierra.

–La finalidad del tratamiento es la selección de personal y provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

–La base jurídica es: artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales y artículo 6.1.c) del RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

–Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

–Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos (RDL 5/2015 de 30 de octubre) incluida la publicación en el portal de transparencia de acuerdo con el artículo 19.2. f. de la Ley Foral 5/2018.

–Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la Web donde encontrará más información.

–Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

Base 12.ª–Recursos

Contra la presente Convocatoria, sus Bases y los actos dictados en su aplicación puede ser interpuesto optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Además contra las decisiones del Tribunal Calificador cabrá el recurso de alzada ante el Alcalde del Ayuntamiento de Valtierra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Valtierra, 10 de noviembre de 2020.–El Alcalde, Manuel Resa Conde.

ANEXO I

Solicitud de admisión a proceso de selección (PDF).

ANEXO II

Baremo de méritos

A.–Experiencia profesional (máxima 10 puntos).

1. Por cada año de servicio, prestado en una Administración Pública como servicios múltiples u otros puestos relacionados con el puesto de trabajo (nivel D): 0,5 punto hasta un máximo de 5 puntos.

2. Por cada año de servicio, prestado en una empresa de titularidad pública o privada como servicios múltiples u otros puestos relacionados con el puesto: 0.5 punto hasta un máximo de 5 puntos.

B.–Formación complementaria (máxima 10 puntos).

Formación relacionada con las funciones del puesto de más de 30 horas: 0,5 puntos. Hasta un máximo de 10 puntos.

No serán valorados los cursos en los que no conste el tiempo de duración de horas.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó el concursante, o la empresa pública o privada legalmente constituida, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán solo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso, que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Los documentos donde se acrediten la prestación de servicios deberán indicar expresamente si aquella lo fue a jornada completa o reducida y en éste último caso, el alcance de la misma.

ANEXO III

Temario

1.–Municipio de Valtierra: calles, barrios, parajes, canales, acequias y comunicaciones.

2.–Instalaciones, edificios y servicios municipales.

3.–Zonas Industriales y ganaderas de Valtierra.

4.–El Ayuntamiento de Valtierra. Composición. Pleno. Alcalde. Régimen de sesiones. Notificación de actos y resoluciones.

5.–Documentos administrativos. Oficio, instancia, certificado, informe, proyecto técnico, memoria técnica valorada, acta y bando. Notificación de los actos administrativos.

6.–Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Título I: Disposiciones generales. Título II: Personal Funcionario.

7.–Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

8.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de electricidad (destornilladores, tijeras, alicates, tipos de llaves, sierras, taladro portátil...).

9.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto térmica y diferencial.

10.–Circuitos de alumbrado básico y fluorescente: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

11.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de fontanería.

12.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

13.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de carpintero (martillos, sierras, formones, taladro eléctrico, y accesorios: lijas, colas...).

14.–Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

15.–Instalaciones de alumbrado público. Tipos de luminarias de exterior, sus características.

16.–Instalaciones interiores. Instalaciones básicas de una oficina (cuadro, canalizaciones, conductores y mecanismos).

17.–Funcionamiento de cloradores.

18.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de jardinería y monte (desbrozadora, cortacésped, hacha, motosierra...) Limpieza de calles y plazas, y riego de zonas verdes.

19.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de limpieza y pintura (diferentes tipos de pinturas y barnices, brocha, rodillo...) así como gestión de residuos.

20.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas básicas de albañilería. Obras de conservación de los bienes públicos.

21.–Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

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