BOLETÍN Nº 264 - 11 de noviembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal número 26 reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, e hidrocarburos que regirá a partir del 1 de enero del año 2021

El pleno de la corporación, en sesión ordinaria celebrada el 27 de octubre de 2020, adoptó con el quórum reglamentario, el siguiente acuerdo:

Concluida la fase de consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza Fiscal, según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no consta la presentación de aportación, sugerencia o recomendación alguna, elaborándose el texto articulado de la Ordenanza Fiscal.

El texto articulado de la Ordenanza fiscal número 26 reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, e hidrocarburos, se ha elaborado de conformidad con las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y el artículo 262 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sobre potestad normativa en materia de tributos locales, y de conformidad asimismo con lo establecido en los artículos 12 y siguientes, así como 100 y siguientes, todos ellos recogidos en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. Las tarifas reflejadas en la citada Ordenanza Fiscal resultan del Informe técnico económico preceptivo cuyo método de cálculo y parámetros previstos en el mismo han sido declarados conforme a derecho por el Tribunal Supremo.

Consta en el expediente la emisión de informe por parte de la Intervención Municipal, la Secretaría Municipal y la Técnica de Igualdad, así como el dictamen de la Comisión de Cuentas celebrada en fecha veintiuno de octubre de 2020.

Visto lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra sobre el procedimiento para la aprobación de ordenanzas locales.

El Pleno del Ayuntamiento de Tafalla, Acuerda:

Primero.–Aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal número 26 reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, e hidrocarburos, junto con su anexo de tarifas.

Segundo.–Someter el acuerdo anterior a exposición pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios, durante el plazo de 30 días hábiles, a fin de que las y los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.

Tercero.–Señalar que el presente acuerdo de aprobación inicial pasará a ser definitivo en el caso de que no se hubiesen formulado reclamaciones, reparos u observaciones. En este caso, para la producción de efectos jurídicos, deberá publicarse tal circunstancia, junto con el texto definitivo, en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Determinar que la Ordenanza Fiscal número 26 y su anexo de tarifas aprobada inicialmente, cumplidos los trámites reglamentarios, entrará en vigor el 1 de enero de 2021, previa publicación de los textos refundidos resultantes en el Boletín Oficial de Navarra.

Tafalla, 28 de octubre de 2020.–El alcalde, Jesús Arrizubieta Astiz.

Código del anuncio: L2012609