BOLETÍN Nº 205 - 11 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 328/2020, de 20 de agosto, del Director General de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria del programa Labor-ESO destinado al alumnado de tercero de Educación Secundaria Obligatoria que, durante el curso 2020-2021, realiza un Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece, en el artículo 1, entre sus principios fundamentales, la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. Asimismo, el artículo 22.3, dispone que en la Educación Secundaria Obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.

El Decreto Foral 24/2015, de 22 de abril, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Foral de Navarra dispone que, entre los principios generales y pedagógicos de la Educación Secundaria Obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.

Labor-ESO es un programa educativo que, desde el curso 2009-2010, facilita el acercamiento al mundo laboral del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, mediante la realización de estancias educativas en una empresa u organización, durante dos semanas. Se contempla como una actividad complementaria, que forma parte del Plan de Orientación Académica y Profesional, del Departamento de Orientación del Instituto.

No es una actividad laboral, sino educativa, aunque se realiza fuera del instituto, en la empresa. Se promueve desde una perspectiva de formación integral del alumnado.

Esta actividad permite al alumnado participante no sólo adquirir un mejor conocimiento de la realidad laboral, sino también promover el espíritu emprendedor y mejorar el conocimiento de sí mismos, de sus habilidades, capacidades e intereses para alcanzar una mejor preparación en la toma de decisiones sobre su futuro académico y profesional.

Dirigido inicialmente al alumnado de cuarto curso que realizaba un Programa de Diversificación Curricular, los resultados positivos de esta experiencia hacen aconsejable dar continuidad a esta iniciativa. Por ello contemplando los cambios derivados de la implantación de la LOMCE, se ha adaptado la posibilidad de participación al alumnado de tercero de Educación Secundaria Obligatoria que realiza un Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) en el ámbito de gestión de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación

RESUELVO:

1.º Aprobar los requisitos y condiciones que deben cumplir las estancias formativas correspondientes al programa Labor-ESO, que se incorporan como Anexos a la presente Resolución.

2.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

3.º Trasladar esta Resolución al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, a la Sección de Inclusión, al Negociado de Orientación y al Servicio de Inspección Educativa del Departamento de Educación.

Pamplona, 20 de agosto de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO I

Bases

Primero.–Objeto y ámbito de aplicación.

La presente resolución tiene por objeto convocar a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Foral de Navarra para la participación, durante el curso 2020-2021, en el programa Labor-ESO de estancias formativas en empresas, destinado al alumnado de tercero de Educación Secundaria Obligatoria que realiza un Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR).

Segundo.–Destinatarios.

1. Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Navarra.

2. El programa Labor-ESO al que se refiere esta convocatoria estará dirigido al alumnado que en el año académico 2020-2021 esté escolarizado en tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria en grupos ordinarios que participan en un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR).

Tercero.–Actividades preparatorias y estancias formativas.

1. Para el correcto desarrollo de Programa LaborESO cada centro realizará las actividades preparatorias que resulten necesarias y participará en las estancias formativas del programa Labor-ESO. La participación del alumnado en dichas estancias será, en todo caso, voluntaria.

2. Las estancias formativas correspondientes al programa Labor-ESO tienen como finalidad complementar la formación académica del alumnado y aproximarle al mundo laboral permitiendo, de esta forma, la mejora del conocimiento de sus habilidades y capacidades, y la toma de decisiones en relación con su futuro académico y profesional.

3. Las estancias formativas en la empresa correspondiente tendrán una duración de dos semanas consecutivas y se desarrollarán a lo largo del curso. Durante este periodo, los alumnos y alumnas asumirán tareas o funciones básicas, que sean acordes a su edad y experiencia, remarcándose, en todo momento, los aspectos educativos del proceso.

Cuarto.–Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación.

1. La solicitud, firmada por el director o directora del centro educativo y debidamente cumplimentada, según el modelo normalizado que figura en el anexo II, irá dirigida al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia.

2. Las solicitudes se presentarán antes del inicio de las estancias formativas en las empresas correspondientes.

3. La solicitud (anexo II) deberá presentarse, quedando bajo la custodia del centro la siguiente documentación:

–Certificado del Secretario del centro docente de la sesión del Claustro y del Consejo Escolar en el que conste la inclusión del programa LaborESO que será cumplimentada según el anexo III (el certificado se mantendrá custodiado en el propio centro).

–Las autorizaciones de las familias o tutores legales para que el alumnado pueda participar en las estancias formativas en las empresas, autorización que será cumplimentada según el anexo V (Las autorizaciones se mantendrán custodiadas en el propio centro).

–Los acuerdos entre el centro educativo y las empresa colaboradoras según anexo VI (Estos acuerdos se cumplimentarán antes del inicio de las estancias formativas en las empresas correspondientes y se mantendrán custodiadas en el propio centro).

Así mismo se aportará el anexo IV Relación del alumnado, profesorado y empresas participantes; documento que se cumplimentará y que se enviará al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia antes del inicio de las estancias formativas en las empresas correspondientes.

4. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuna.

Quinto.–Obligaciones de los centros participantes.

Los centros seleccionados en la presente convocatoria tendrán las siguientes obligaciones:

a) Desarrollar, durante el curso académico 2020-2021, las actividades preparatorias que resulten necesarias para el correcto desarrollo del Programa.

b) Incorporar el programa a la Programación General Anual, contemplando los aspectos organizativos y de coordinación necesarios para garantizar su implantación.

c) Asegurar la participación de los alumnos y alumnas en las estancias formativas en las empresas correspondientes al programa Labor-ESO.

Sexto.–Autorización.

Con carácter previo a la participación en el Programa, los centros informarán a las familias sobre el programa Labor-ESO y solicitarán la autorización de los alumnos y alumnas o, en el caso de los menores de edad, de sus padres, madres o representantes legales para su participación en las estancias formativas en las empresas. Esta autorización se realizará conforme al modelo del anexo V. Las autorizaciones se mantendrán custodiadas en el propio centro.

Séptimo.–Coordinación del programa.

1. El centro educativo deberá nombrar un coordinador o coordinadora que, junto con los profesores y/o profesoras colaboradoras, velarán por su correcto desarrollo.

2. Los coordinadores y profesorado participante, con el fin de supervisar las estancias formativas, mantendrán contacto, durante su desarrollo, con el alumnado y con las empresas. Además realizarán el seguimiento y evaluación de las mismas, la valoración de los resultados obtenidos en relación con los objetivos marcados, las conclusiones y, en su caso, las propuestas de mejora según los modelos que se recoge en el anexo VII, VIII y IX.

3. La Directora del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia certificará con 15 horas de actividades de innovación la labor realizada por los coordinadores así como 10 h para el profesorado participante en el programa.

Octavo.–Seguimiento y evaluación.

El Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, a través del Negociado de Orientación, proporcionará el asesoramiento que considere adecuado para el mejor desarrollo del programa.

Noveno.–Supuestos de revocación.

El Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, previa audiencia al director o directora del centro interesado, podrá revocar la autorización concedida, con la consiguiente suspensión de la participación en las estancias formativas, en los siguientes supuestos:

a) A petición razonada del propio centro, previa aprobación por parte del Claustro de profesorado a propuesta de la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP), y previo informe del Consejo Escolar.

b) Cuando se detecten anomalías en su ejecución que aconsejen la revocación de la autorización.

c) Cuando se produzca cualquier incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, especialmente las obligaciones establecidas en el apartado Cuarto.

ANEXOS

Anexo II.–Solicitud de participación el programa Labor-ESO.

Anexo III.–Certificación del secretario/a del centro educativo del acuerdo tomado por el claustro.

Anexo IV.–Relación del alumnado, profesorado y empresas participantes.

Anexo V.–Autorización familiar.

Anexo VI.–Acuerdo específico.

Anexo VII.–Ficha evaluación alumnado.

Anexo VIII.–Ficha evaluación empresa.

Anexo IX.–Ficha evaluación profesorado.

Los archivos a descargar están en formato PDF.

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