BOLETÍN Nº 162 - 23 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 111E/2020, de 25 de junio, de la Directora General de Innovación, por la que se aprueba la convocatoria 2020 de “InDemand: Innovación en Salud desde la demanda”. Identificación BDNS: 512891.

InDemand es un proyecto europeo financiado por el programa Horizonte 2020 cuyo objetivo es desarrollar un nuevo modelo en el que las organizaciones sanitarias y empresas crean soluciones de salud digital con el apoyo económico de fondos públicos regionales. Las empresas co-desarrollan soluciones que resuelven las necesidades que previamente han sido detectadas por profesionales sanitarios. El co-desarrollo es un método de creación conjunta de ideas y validación en el que los diferentes agentes involucrados son reconocidos por su capacidad para agregar valor en la creación de un producto, proceso o servicio. Se trata de una actividad de desarrollo conjunto con usuarios o expertos. El programa de co-desarrollo y validación será facilitado por el Centro de Empresas e Innovación de Navarra (CEIN) y Sociedad de Desarrollo de Navarra (Sodena).

En el proyecto participan tres regiones piloto: la Región de Murcia (España), Oulu (Finlandia) y la Región de París - Ille de France (Francia). El objetivo del proyecto es probar si el modelo es sostenible y replicable en otras regiones de Europa, llamadas regiones espejo o “mirror regions” y denominadas en su conjunto como comunidad InDemand. Navarra participa como región espejo en la comunidad InDemand.

En el marco de esta convocatoria se subvencionarán 4 proyectos piloto que desarrollarán y validarán en un entorno real la solución digital propuesta para cada uno de los siguientes retos:

–Reto 1: ConectaSOS. Mejora del sistema de comunicación entre los agentes implicados en la gestión de urgencias.

–Reto 2: MiCentro. Puesta en marcha de un nuevo canal de comunicación de los centros de salud de Atención Primaria con sus usuarios.

–Reto 3: QuiroHelp. Ayudará al personal de Enfermería instrumentista que trabaja en quirófano a ser más eficiente en su tarea asistencial.

–Reto 4: UMD360. Aplicación dirigida a las pacientes de cáncer ginecológico que facilitará toda la información necesaria para conocer la enfermedad, los tratamientos prescritos y realizar un seguimiento de los efectos de los mismos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de ayudas del año 2020 para la financiación de proyectos: “InDemand: Innovación en Salud desde la demanda”

2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en los Anexos I y II de esta Resolución.

3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes:

PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

G20001-G2100-7701-467300: Subvenciones a proyectos y actuaciones en cooperación suprarregional

2021

120.000 euros

4. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 25 de junio de 2020.–La Directora General de Innovación, Rosario Martínez Ortigosa.

ANEXO I

Bases reguladoras

Base 1. Objeto.

El objeto de estas ayudas es apoyar el desarrollo y la validación de cuatro soluciones digitales innovadoras en respuesta a los Retos de Innovación identificados desde el sistema de salud.

Mediante un proceso participativo que ha seguido la metodología del proyecto europeo H2020 InDemand, se han identificado 4 retos innovadores propuestos por diferentes Equipos Promotores cuyo desarrollo será objeto de las presentes ayudas.

Base 2. Actuaciones subvencionables y plazo de ejecución.

1. Se subvencionarán 4 proyectos piloto que desarrollarán y validarán en un entorno real la solución digital propuesta para cada uno de los siguientes retos:

–Reto 1: ConectaSOS. Mejora del sistema de comunicación entre los agentes implicados en la gestión de urgencias.

–Reto 2: MiCentro. Puesta en marcha de un nuevo canal de comunicación de los centros de salud de Atención Primaria con sus usuarios.

–Reto 3: QuiroHelp. Ayudará al personal de Enfermería instrumentista que trabaja en quirófano a ser más eficiente en su tarea asistencial.

–Reto 4: UMD360. Aplicación dirigida a las pacientes de cáncer ginecológico que facilitará toda la información necesaria para conocer la enfermedad, los tratamientos prescritos y realizar un seguimiento de los efectos de los mismos.

En el Anexo II se amplía la descripción de cada Reto.

2. Las soluciones propuestas deberán cumplir los requisitos funcionales de cada reto que harán públicos en la ficha de las ayudas, previamente a la apertura del plazo de presentación de las solicitudes.

3. El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será de 8 meses contados desde la notificación de la concesión de la ayuda. Este plazo se podrá ampliar hasta dos meses más previa solicitud y autorización por parte de la Sección de I+D+i Salud, órgano gestor de las ayudas.

Base 3. Entidades beneficiarias.

1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la persona solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

c) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común ni las que tengan la calificación de empresa en crisis, de conformidad con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014.

3. La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que el interesado se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

4. El cumplimiento de los requisitos se acreditará mediante una declaración responsable de las entidades solicitantes que acompañará a la solicitud de las ayudas.

Base 4. Gastos subvencionables.

1. La ayuda concedida se destinará a cubrir los siguientes gastos:

a) Gastos de personal con un coste horario máximo subvencionable de 40 euros.

b) Materiales empleados en el proyecto, así como pequeño equipamiento y licencias informáticas.

c) Gastos de servicios externos que no podrán superar el 50 % del presupuesto subvencionado.

2. La cuantía concedida se podrá destinar a cualquiera de los gastos subvencionables, de acuerdo con las necesidades del reto, y con las limitaciones mencionadas en el punto anterior.

3. Cuando alguno de los gastos subvencionables supere los 12.000 euros (IVA excluido) por suministro de bienes de equipo o prestación de servicios, se deberá justificar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía. Se adjuntará para ello un mínimo de tres ofertas y se justificará la elección de la oferta seleccionada.

Las beneficiarias no estarán obligadas a adjuntar las tres ofertas cuando por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.

Base 5. Importe de la ayuda.

La ayuda máxima por beneficiaria y reto será de 30.000 euros, pudiendo una misma empresa resultar beneficiaria de más de un reto.

Base 6. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento.

2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, la ficha de las ayudas).

En la solicitud se deberá señalar que se desea recibir las notificaciones por medios telemáticos, para lo que es obligatorio disponer de Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

En cualquier caso, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para practicar las notificaciones y cuantas comunicaciones se realicen con las entidades solicitantes por medios exclusivamente telemáticos.

3. Cada entidad solicitante presentará una solicitud para cada uno de los retos a los que concurra, no existiendo limitaciones respecto del número de retos a los que concurrir.

4. La documentación a presentar para solicitar las ayudas es la siguiente, ajustada a los modelos disponibles en la ficha de las ayudas:

a) Instancia telemática.

b) Declaración responsable mencionada en la base 3.4 y en la base 15.

c) Memoria técnica de la propuesta de desarrollo del reto.

d) Memoria económica de la propuesta.

Toda la documentación se presentará escaneada en documentos separados y debidamente identificados con su nombre.

5. Si la documentación presentada no reuniera los requisitos señalados en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor de las ayudas requerirá a la persona interesada para que la subsane en un plazo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistida de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente.

En ningún caso será subsanable la no presentación de la documentación exigida.

Base 7. Concurrencia competitiva.

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de modo que se realizará una comparación de las propuestas presentadas para cada uno de los Retos, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8.

Base 8. Criterios para la valoración de los proyectos.

1. La valoración de las solicitudes se hará conforme a los siguientes criterios:

CRITERIOS

PUNTUACIÓN MÁXIMA

a) Excelencia de la solución propuesta

30

b) Impacto potencial de la solución

10

c) Plan de trabajo

20

d) Equipo de trabajo

10

e) Sostenibilidad comercial

30

TOTAL

100

a) Excelencia de la solución propuesta en relación con:

–Coherencia y robustez del concepto: ambición de la propuesta, potencial innovador, contribución al desarrollo más allá del estado del arte, potencial de mejorar la capacidad de innovación, potencial de transferencia. Hasta 10 puntos.

–Encaje de la solución propuesta con el alcance del reto InDemand y ajuste a los requisitos funcionales descritos. Hasta 10 puntos.

–Viabilidad y excelencia tecnológica de la solución planteada. Hasta 10 puntos.

b) Impacto potencial de la solución: claridad y pertinencia de los objetivos e indicadores de resultado propuestos. Hasta 10 puntos.

c) Plan de trabajo en relación con:

–Viabilidad y coherencia del plan de trabajo, en base al nivel de desarrollo tecnológico de la solución, el cronograma y el presupuesto propuesto. Hasta 10 puntos.

–Intensidad del proceso de co-desarrollo: relevancia otorgada al proceso de co-desarrollo en término de objetivos y medios empleados. Hasta 10 puntos.

d) Equipo de trabajo: adecuación del equipo propuesto en términos de experiencia y capacidad. Hasta 10 puntos.

e) Sostenibilidad comercial en relación con:

–Descripción del mercado y de la estrategia de comercialización: solidez del modelo de negocio propuesto, tamaño del mercado objetivo y calidad de la estrategia de lanzamiento al mercado. Hasta 10 puntos.

–Potencial comercial: estrategia de protección de derechos de propiedad intelectual e industrial, eficiencia del plan de desarrollo y comercialización y alcance de beneficios económicos planteados. Hasta 10 puntos.

–Compromiso empresarial: capacidad tecnológica de la empresa e interés de la empresa en la comercialización de la solución. Hasta 10 puntos.

2. En caso de empate en la puntuación obtenida por las solicitantes, este se dirimirá atendiendo a la puntuación obtenida en el criterio a). Si el empate persistiera, se considerará la obtenida en los apartados siguientes hasta deshacer el empate.

Base 9. Composición de órgano colegiado.

1. El órgano colegiado encargado de la evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases estará compuesto por:

–Jefe de la Sección de I+D+i Salud que ejercerá como presidente.

–Una persona del Servicio de Tecnologías de Salud de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

–Una persona del Servicio de Planificación, Evaluación y Gestión del Conocimiento de la Dirección General de Salud.

–Una persona del Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra (CEIN).

–Una persona de la Unidad de Innovación en Salud de Navarrabiomed-Departamento de Salud.

–Una persona de la Sociedad de Desarrollo de Navarra (SODENA).

2. El dictamen de este órgano colegiado será vinculante para el órgano gestor de las ayudas, el cual formulará la propuesta de resolución a la vista de la evaluación que efectúe el mismo.

Base 10. Concesión de las ayudas.

1. El órgano gestor de las ayudas elevará propuesta de resolución al órgano competente, en la que hará constar que las beneficiarias cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención.

La propuesta de resolución contendrá como mínimo:

a) La relación de las entidades beneficiarias para cada uno de los retos, ordenadas según la puntuación obtenida, y la cuantía de la ayuda a conceder.

b) La relación de las solicitudes a desestimar de forma motivada.

2. La Directora General de Innovación será el órgano competente para resolver sobre la concesión de la subvención. La resolución se dictará y notificará, de forma telemática a la DEH de las solicitantes, en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo si, transcurrido el plazo máximo establecido, no se hubiera dictado y notificado la resolución expresa. A pesar de ello, el órgano competente queda obligado a dictar y notificar la resolución expresa concediendo o denegando las ayudas con sujeción a lo dispuesto en estas bases.

3. En el caso de que tras la concesión se declaren pérdidas del derecho al cobro de la subvención o alguna beneficiaria renuncie a la misma, se podrán conceder ayudas a las solicitantes siguiendo el orden de puntuación realizado por el órgano colegiado responsable de la valoración de las propuestas.

Base 11. Plazo y forma de justificación de la actuación subvencionada.

1. Las beneficiarias deberán justificar la actuación subvencionada en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Para ello deberán presentar, de manera telemática a través de la ficha de las ayudas, la siguiente documentación:

a) Informe de ejecución de cada reto con la descripción detallada de los resultados obtenidos.

b) Prototipo desarrollado:

a. Documentación:

I. Análisis funcional y documentación técnica o diseño lógico y físico de la solución (modelo E/R, diseño de tablas, componentizado, etc).

II. Documentación para Sistemas: procedimiento de instalación, requisitos de hardware y software de la aplicación.

III. Manual de usuario.

IV. Descripción de las herramientas utilizadas, “frameworks”, etc. para el desarrollo.

b) Fuentes del software desarrollado.

c) Cuenta justificativa con aportación de facturas y justificantes de pago. Relación detallada de los gastos en que se ha incurrido para ejecutar las actuaciones y, en su caso, de los ingresos obtenidos.

d) En su caso, justificación de la elección del proveedor conforme a lo señalado en la base 4.3.

2. Las beneficiarias quedan obligadas a presentar cualquier documento que solicite el órgano gestor de las ayudas para justificar la financiación de las actividades.

Base 12. Obligaciones de las beneficiarias y efectos de su incumplimiento.

1. Las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) En el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la ayuda, deberán presentar telemáticamente a través de la ficha de las ayudas la declaración relativa a la obligación de transparencia de los beneficiarios de subvenciones regulada en el Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, ajustada al modelo disponible en dicha ficha.

El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 4 del Decreto Foral 59/2013, impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.

b) Realizar y justificar las actividades subvencionadas en la forma señalada en estas bases.

c) Mencionar la financiación del Gobierno de Navarra con carácter general en su página web y otros soportes similares, así como la participación en el proyecto InDemand.

d) Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda concedida, a la devolución de lo anticipado o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.

Base 13. Participación en el proceso de co-desarrollo.

Las empresas beneficiarias de las ayudas se comprometen a participar en un proceso de co-desarrollo con el Equipo Promotor del reto y a su validación en un entorno real.

El co-desarrollo es una metodología de ideación y validación conjunta en la que diferentes agentes son reconocidos por su capacidad para añadir valor en la creación de un producto, proceso o servicio. En el marco de InDemand el proceso de co-desarrollo se llevará a cabo entre el Equipo Promotor del reto y la empresa beneficiaria de la ayuda y será un proceso facilitado por el Centro de Empresas e Innovación de Navarra (CEIN) y la Sociedad de Desarrollo de Navarra (Sodena) y contará con el apoyo de la Unidad de Innovación de Navarrabiomed-Departamento de Salud.

El proceso de co-desarrollo contempla sesiones de trabajo conjunto dirigidas a:

–Ideación y co-definición del ámbito funcional y requisitos técnicos finales de la solución.

–La revisión y prueba de prototipos funcionales.

–El diseño y evaluación de la metodología.

–Procedimiento de la validación del prototipo en un entorno real.

–Prestación a la empresa beneficiaria de servicios de apoyo al desarrollo empresarial de la solución apoyada.

Base 14. Abono de la ayuda.

1. Examinada la documentación justificativa, el órgano gestor elevará al órgano competente propuesta de resolución de abono, a la que se acompañará informe acreditativo del cumplimiento de los fines para los que se concedió la subvención y del cumplimiento por las beneficiarias de las condiciones que dan derecho al cobro de la misma.

2. Las resoluciones de abono se dictarán en un plazo máximo de seis meses contado a partir de la presentación de la documentación exigida en la base 11. El mencionado plazo quedará en suspenso en caso de que se solicite algún tipo de subsanación de la documentación presentada.

3. Se podrá realizar el pago anticipado de la ayuda siempre que las beneficiarias justifiquen la necesidad de la provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención y presenten las garantías previstas en el artículo 33 de la Ley Foral de Subvenciones.

La justificación de la subvención anticipada se realizará en la forma señalada en la base 11.

Base 15. Régimen de las ayudas.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de ayudas de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre del 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013).

De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no deberá exceder de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. La definición de única empresa será la establecida en el artículo 2.2. del mencionado Reglamento.

A estos efectos las personas interesadas indicarán, en la declaración responsable que acompaña a la solicitud, las otras ayudas de minimis recibidas durante el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores.

Base 16. Compatibilidad de la subvención y acumulación de ayudas.

Las subvenciones de esta convocatoria son compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

En todo caso, el importe de las subvenciones concedidas para la realización de una misma actividad no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por la beneficiaria.

Base 17. Publicidad de las subvenciones concedidas.

La Sección de I+D+i Salud hará públicas a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, crédito presupuestario al que se imputan, beneficiarias e importes concedidos.

Base 18. Recurso contra las bases reguladoras.

Contra estas bases reguladoras las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

ANEXO II

Descripción de los retos

Reto 1: ConectaSOS.

ConectaSOS propone una mejora del sistema de comunicación entre los agentes implicados en la gestión de urgencias, en concreto entre las Ambulancias de Soporte Vital Avanzado (ASVAS), el centro coordinador de emergencias (SOS Navarra) y el equipo de triaje de Urgencias del Complejo Hospitalario de Navarra.

El desarrollo de una app de comunicación para telefonía con voz, datos e imágenes, permitirá agilizar la coordinación y tiempos de respuesta entre Ambulancias de Soporte Vital Avanzado (ASVAS), el centro coordinador de emergencias (SOS Navarra) y el equipo de triaje de Urgencias (CHN), con protocolización y estandarización de la información desde el lugar del evento al médico coordinador de SOS Navarra y desde éste al personal triaje en el servicio de Urgencias hospitalarias. El nuevo sistema mejorará el tiempo de respuesta media de las urgencias, tanto a nivel de las unidades asistenciales como a nivel del triaje hospitalario, teniendo un especial impacto en aquellas urgencias y procesos tiempo-dependientes.

El nuevo sistema de comunicación es propuesto por la sección de Emergencias y Transporte Sanitario de la Subdirección de Urgencias de Navarra y Dirección Técnica de la atención a la Urgencia Vital de la Gerencia de Atención Primaria. En su desarrollo participará un equipo multidisciplinar con profesionales del servicio de Urgencias del CHN, el servicio de Urgencias Extrahospitalarias de la comarca de Pamplona y el servicio de ASVAS.

ConectaSOS también podría extenderse a la gestión de urgencias en las áreas de salud de Tudela y Estella, mediante su adopción por las unidades de ASVAs de Tafalla, Tudela y Estella y los servicios de urgencia de los Hospitales Reina Sofía y García Orcoyen.

Reto 2: QuiroHelp.

La solución QuiroHelp ayudará al personal de enfermería instrumentista que trabaja en quirófano a ser más eficiente en su tarea asistencial al acceder de manera rápida y segura a través de un servicio de chatbot a la información que precisa de técnicas quirúrgicas y localización de instrumental, así como a recursos de apoyo (videos, fotos). La herramienta reducirá los tiempos quirúrgicos e incrementará la seguridad del paciente al poder acceder a la información de manera más precisa y rápida.

La solución ha sido propuesta por el Servicio del Bloque Quirúrgico General B del Complejo Hospitalario de Navarra (CHN) y en un primer momento se desarrollará tomando en consideración las necesidades de personal instrumentista de quirófano en la especialidad de traumatología, pero es susceptible de extenderse a todos los servicios quirúrgicos y de urgencias de los 3 hospitales de Navarra. También contará en su desarrollo con la participación de equipos procedentes de la Dirección de Cuidados Sanitarios y del Servicio de Urgencias Generales del CHN.

Reto 3: MiCentro.

MiCentro propone la puesta en marcha de un nuevo canal de comunicación de los centros de salud de atención primaria con sus usuarios. En concreto, un servicio de mensajería móvil (SMS) dirigido a pacientes y usuarios voluntariamente adscritos, para el recordatorio y/o reasignación de consultas, citas y pruebas médicas, y la gestión de campañas de información con novedades en la organización y funcionamiento del centro campañas de salud activas, alertas sanitarias y la agenda de actividades del centro.

El desarrollo de este nuevo servicio ha sido propuesto por el Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial de la Gerencia de Atención Primaria del SNS-O. El nuevo servicio persigue mejorar la comunicación de los centros de salud con sus pacientes y usuarios, reduciendo el número de citas fallidas, e incrementando la calidad y pertinencia de la información transmitida. En definitiva, se espera una mejora de la percepción de la cercanía de los ciudadanos con sus centros de salud. La nueva solución podría implantarse en todos los centros de salud de Navarra.

Reto 4: UMD360.

UMD360 será una nueva aplicación que empoderará a las pacientes de cáncer ginecológico, al proporcionar información precisa acerca del diagnóstico y tratamiento, recomendaciones y signos de alerta en la prevención de complicaciones, efectos secundarios tras cirugía, radioterapia, quimioterapia, recomendaciones y alertas, seguimiento y consulta de dudas, etc. Se tratará de una app que facilitará a la paciente toda la información necesaria para conocer la enfermedad, los tratamientos prescritos y realizar un seguimiento de los efectos de los mismos, así como determinar los signos y síntomas de alarma para solicitar una consulta preferente.

La aplicación trasladará así de manera coordinada e integrada la información, procesos y protocolos de atención integral que se presta a las mujeres afectadas por cánceres ginecológicos llevados a cabo por la Unidad Multidisciplinar de Cáncer Ginecológico (UMDCG) que atiende a todos los pacientes con estas patologías de Navarra y que está formado por un equipo de profesionales médicos y de enfermería de los servicios de Ginecología, Oncología Médica, Oncología Radioterápica, Anatomía Patológica y Radiología. Ocasionalmente, en función de las necesidades, también se requieren los Servicios de Nutrición y Dietética, Cirugía General, Urología, Cirugía Plástica, Anestesia, Psicooncología, Rehabilitación, Medicina Nuclear...

La app beneficiaría a las más de 200 pacientes de la Unidad Multidisciplinar de Cáncer Ginecológico (UMDCG) que ha planteado el desarrollo de esta solución, si bien la misma se podrá extender a su vez a las otras 2 Unidades Multidisciplinares existentes, de Cáncer Colorrectal y la de Cáncer de Pulmón, las cuales suman más de 800 pacientes anuales.

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