BOLETÍN Nº 157 - 17 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2020, de la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza vacante de auditor/a al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra.

La presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, en fecha 26 de junio de 2020, ha adoptado la siguiente resolución:

Visto el informe-propuesta emitido por el secretario general de la Cámara de Comptos de Navarra en relación con la provisión de una plaza vacante de auditor/a al servicio de la Cámara, prevista en la plantilla orgánica de esta institución, que cuenta con los informes favorables de los Servicios Jurídicos y de intervención de la institución, así como del administrador de la misma y de la que se ha informado a la Junta de Personal de la Cámara,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza vacante de auditor/a al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra, que se ajustará a las bases que a continuación se adjuntan.

Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra.

Pamplona, 26 de junio de 2020.–La Presidenta, Asunción Olaechea Estanga.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA VACANTE DE AUDITOR/A AL SERVICIO DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes

BASES

Base 1.ª Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso-oposición de una plaza vacante de auditor/a al servicio de la Cámara de Comptos de Navarra.

1.2. El concurso-oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto del Personal del Parlamento de Navarra de 21 de marzo de 1991 y, supletoriamente, en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución.

1.3. La persona que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria ejercerá las funciones y tendrá los derechos y deberes que se establecen para el personal funcionario de la Cámara de Comptos de Navarra y, en concreto, para los pertenecientes al puesto de auditor/a.

Sus funciones serán las establecidas en el artículo 16 de la Ley Foral de la Cámara de Comptos, entre las que se incluyen: realizar el control de las cuentas y de la gestión económica del sector público de la Comunidad Foral, proponer a la presidenta de la Cámara los informes de fiscalización y las conclusiones a que llegaran en el ejercicio de la función fiscalizadora, y todas aquellas que pudiesen serle encomendadas por la presidenta de la Cámara de Comptos.

1.4. La plaza estará encuadrada en el nivel A de la actual clasificación de puestos de trabajo y dotada con las retribuciones correspondientes al mismo, así como con los complementos que se especifican en la plantilla orgánica vigente de la Cámara de Comptos de Navarra.

1.5. La persona que resulte nombrada será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en dicho régimen, salvo que ya estuviera afiliado al régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de la Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, en cuyo caso podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse a la Seguridad Social.

1.6. El régimen de la jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por la presidenta de la Cámara de Comptos.

Base 2.ª Condiciones que han de reunir los/as candidatos/as.

2.1. Conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley Foral 19/1984, de 19 de diciembre, de la Cámara de Comptos de Navarra, y en el artículo 9 del Estatuto de Personal del Parlamento de Navarra, la provisión de dicha plaza se realizará mediante concurso-oposición.

Para ser admitidas a la convocatoria, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o ser nacional de un estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los estados miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el cónyuge de los nacionales de algún estado en el que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de profesor/a mercantil, licenciatura en derecho, licenciatura en ciencias económicas o empresariales o los declarados equivalentes y de aquellos otros similares que sean adecuados para la función a realizar, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Hallarse en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B. Estarán exentos de este requisito quienes acrediten que concurre en ellos causa o impedimento legal por el que no pueden obtener dicho permiso.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las correspondiente funciones públicas, y no haber sido separado/a del servicio de una administración pública.

2.2. Las anteriores condiciones deberán acreditarse en el plazo y forma previstos en la Base 3.ª de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos a que se refiere el apartado 1 de esta base 2.ª durante todo el tiempo que dure el procedimiento de provisión, entendiendo que éste finaliza en el momento del nombramiento

Base 3.ª Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán presentar la correspondiente solicitud, en forma de instancia, según modelo oficial (Anexo I a la presente convocatoria), en la que harán constar nombre, apellidos, edad, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono.

3.2. En la solicitud deberá hacerse constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos a los que se refiere la base 2.ª de la presente convocatoria, que deberán ser acreditados en la forma establecida en la base 7.ª de la misma. A la misma, se adjuntará la relación ordenada de méritos alegados, clasificados de acuerdo con el baremo a que se hace referencia en el Anexo II y documentación acreditativa de los mismos debidamente autenticada.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra y se presentarán en el registro general de la Cámara de Comptos de Navarra (Calle Ansoleaga número 10 de Pamplona) en días y horas hábiles (de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas), en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o en cualquiera de las oficinas de Registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General de la Cámara de Comptos de Navarra.

Las instancias podrán presentarse también en el Registro General Electrónico de la Cámara de Comptos a través de su sede electrónica.

3.4. Quienes padezcan una discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacidad, expedida por órgano competente.

3.5. El modelo de instancia estará a disposición de las personas interesadas en el Registro General de la Cámara de Comptos, así como en la página web de la Institución.

Base 4.ª Admisión de personas aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra. En esta lista constarán el nombre y los apellidos de las personas admitidas y excluidas.

4.2. Los y las interesadas podrán interponer, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento, las reclamaciones que consideren oportunas contra la lista provisional y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento y en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra.

Base 5.ª Composición, constitución y actuación del Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal que ha de juzgar el concurso-oposición, así como la fase de formación y prácticas a que hace referencia la base 9.ª de la convocatoria, estará compuesto por las siguientes personas:

Presidente/a:

–Karen Moreno Orduña, auditora de la Cámara de Comptos de Navarra.

Suplente: José Luis Ezquerro Royo, secretario general de la Cámara de Comptos de Navarra.

Vocales:

–Isabel Brusca Alijarde, catedrática de economía financiera y contabilidad en el departamento de contabilidad y finanzas de la Universidad de Zaragoza.

Suplente: Vicente Condor López, catedrático de economía financiera y contabilidad en el departamento de contabilidad y finanzas de la Universidad de Zaragoza.

–Iñaki Arrizabalaga Rodríguez, Director de Servicio de Contabilidad del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra.

Suplente: Elena Garde Macías, directora del servicio de Servicio de Control Financiero Permanente y Auditoría del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra.

–Ignacio Barquero Solanes, auditor de la Cámara de Cuentas de Aragón.

Suplente: Isabel Linares Muñagorri, auditora de la Cámara de Cuentas de Aragón.

Secretario/a:

–Gemma Angélica Sánchez Lerma, Letrada de la Cámara de Comptos de Navarra, en representación de la Junta de Personal de la institución.

Suplente: José Contreras López, Letrado de la Cámara de Comptos de Navarra, en representación de la Junta de Personal de la institución.

5.2. El Tribunal calificador deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas y no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros.

5.3. Para la válida constitución y actuaciones del Tribunal será necesaria la presencia de la presidenta y del secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal por mayoría.

5.5. Las personas que constituyen el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 14 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, quienes participen en la convocatoria podrán recusar a cualquier integrante del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.6. El Tribunal podrá incorporar personal asesor especialista para todas o alguna de las pruebas. Dicho personal colaborará con el Tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 6.ª Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

6.2. Fase de concurso.

6.2.1. La fase de concurso se puntuará hasta 30 puntos, se resolverá antes del 31 de enero de 2021 y no tendrá carácter eliminatorio. Los méritos alegados y justificados se calificarán y puntuarán por el Tribunal de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo número II de la presente convocatoria, distribuidos del siguiente modo:

a) Méritos académicos, hasta 5 puntos.

b) Experiencia en auditoría, hasta 15 puntos.

c) Experiencia profesional en materias económico-financieras no valoradas en el apartado anterior, hasta 6 puntos.

d) Otros méritos que tengan relación con las funciones a realizar como auditor/a como conocimiento de idiomas, presentación de ponencias y comunicaciones en seminarios y congresos, publicación de artículos en revistas especializadas, asistencia a cursos de formación especializados etc., hasta 4 puntos.

6.2.2. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso-oposición.

El Tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por las personas aspirantes.

6.2.3. En ningún caso el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

6.2.4. Terminada la calificación de los méritos de esta fase de concurso, el Tribunal hará públicas en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de diez días naturales para que las personas interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga en relación con la valoración de los méritos.

6.2.5. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas por el Tribunal, se publicará de nuevo en la página web de la Cámara de Comptos la relación de aspirantes con las puntuaciones definitivas obtenidas en esta fase de concurso que se sumarán posteriormente a las que se obtengan en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

6.3. Fase de oposición.

6.3.1. La fase de oposición se iniciará a partir del 1 de marzo de 2021 en lugar, fecha y hora que se harán públicos en la página web de la Cámara de Comptos, con la publicación de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes en la fase de concurso.

6.3.2. La fase de oposición constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico, que constarán a su vez de dos pruebas cada uno de ellos, teniendo una valoración global de 70 puntos.

6.3.3. La fase de oposición se iniciará con el ejercicio práctico, que tendrá una valoración global de 36 puntos y constará a su vez de dos pruebas:

a) Primera prueba de carácter práctico, consistente en la realización, por espacio máximo de 4 horas, de uno o varios supuestos de contabilidad pública y/o privada que serán presentados por el Tribunal. Esta prueba se valorará hasta un máximo de 18 puntos, siendo necesario obtener en ella un mínimo de 9 puntos para superarla. La prueba podrá versar sobre cuestiones relativas al Plan General de contabilidad pública y privada, marco contable local de Navarra, análisis de estados financieros, consolidación, así como cuestiones relativas a operaciones financieras, estadística y contabilidad analítica.

b) Segunda prueba de carácter práctico, consistente en la realización, por espacio máximo de 4 horas, de un informe de auditoría pública y/o privada sobre uno o varios supuestos que serán presentados por el Tribunal. Esta prueba se valorará hasta un máximo de 18 puntos, siendo necesario obtener en ella un mínimo de 9 puntos para superarla. La prueba podrá versar sobre cualquiera de las materias incluidas en el temario de los grupos segundo, tercero y cuarto del Anexo III del programa de la convocatoria.

Las pruebas del ejercicio práctico se corregirán mediante el sistema de plicas cerradas. A estos efectos las personas aspirantes, al finalizar cada una de las pruebas, introducirán los folios que hubiesen redactado en un sobre grande sin que figure su nombre. Seguidamente, incluirán su nombre en otro sobre pequeño que se adjuntará al anterior. Ambos sobres se entregarán cerrados. Al concluir las pruebas, los dos sobres serán numerados con el mismo número por el Tribunal y una vez corregidos los ejercicios y asignadas las puntuaciones al número de plica correspondiente, se procederá a la apertura pública del sobre pequeño para determinar el nombre al que corresponde cada ejercicio.

La fecha de apertura pública de las plicas, se comunicará a quienes participen en la oposición en la página web de la Cámara de Comptos.

6.3.4. Finalizado el ejercicio práctico, se realizará el ejercicio teórico, que tendrá una valoración global de 34 puntos y que, asimismo, constará de dos pruebas:

a) Primera prueba de carácter teórico, consistente en la contestación por escrito, por espacio máximo de 4 horas, de doce preguntas que formulará el Tribunal sobre las materias que integran los grupos segundo y cuarto del temario que se adjunta a esta convocatoria como anexo III. Esta prueba se valorará hasta un máximo de 18 puntos, a razón de 1,5 puntos por pregunta, siendo necesario para superarla obtener, al menos, la mitad de la puntuación máxima, es decir, 9 puntos y puntuar, al menos, en 10 de las 12 preguntas.

Una vez finalizada la primera prueba teórica, las personas aspirantes entregarán al Tribunal las hojas que hubiesen redactado. El ejercicio se corregirá mediante el sistema de plicas cerradas, procediéndose del mismo modo establecido para el caso de las pruebas prácticas.

b) Segunda prueba de carácter teórico, consistente en la realización, por espacio máximo de 4 horas, de dos temas elegidos al azar, uno por cada bloque de materias que integran los grupos primero y tercero del temario que se adjunta a esta convocatoria como anexo III. Esta prueba se valorará hasta un máximo de 16 puntos, siendo eliminados quienes no obtengan un mínimo de 4 puntos en cada tema.

Finalizada la segunda prueba teórica, las personas aspirantes introducirán las cuartillas que hubiesen redactado en un sobre, cuya solapa firmarán el interesado y el secretario del Tribunal, quedando bajo su custodia. Cuando corresponda y por orden alfabético, el/la opositor/a abrirá los sobres firmados por él ante el Tribunal y procederá a la lectura pública del ejercicio, procediéndose a continuación a su calificación por el Tribunal. Durante la lectura pública y/o a su finalización, el Tribunal podrá entablar un diálogo con el/la opositor/a, sobre cuestiones relativas al ejercicio realizado, por un tiempo máximo de diez minutos.

6.3.5. Posteriormente a su calificación el Tribunal hará público el resultado de cada prueba en la página web de la Cámara de Comptos. En este anuncio se señalará el lugar día y hora de la siguiente prueba, con al menos 24 horas de antelación en el caso de pruebas del mismo ejercicio, y de 48 horas en el caso de ejercicios distintos. Esta calificación se irá acumulando a la obtenida por las candidatos/as en la fase de concurso, hasta dar la puntuación total del concurso-oposición.

6.3.6. La convocatoria para cada prueba se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad.

6.3.7. Durante el desarrollo de las pruebas de la oposición se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Base 7.ª Relación de personas aprobadas, propuesta de nombramiento y presentación de documentación.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal publicará en la página web de la Cámara de Comptos de Navarra la relación de aspirantes que han superado la prueba, por orden de puntuación obtenida.

7.2. El Tribunal calificador, asimismo, remitirá a la presidenta de la Cámara de Comptos propuesta de nombramiento en favor de el/la aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación, junto con las actas y el resto de documentación del concurso-oposición. Esta propuesta se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

7.3 Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación de la propuesta en el Boletín Oficial de Navarra, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Cámara de Comptos de Navarra los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de las personas aspirantes.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Fotocopia compulsada de estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

En el caso de aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de una administración pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Quienes ostenten la condición de funcionario o personal fijo de otra Administración Pública de Navarra distinta de la Cámara de Comptos de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra cubrirá la baja con quien figure incluido inmediatamente a continuación en la relación de las personas aprobadas a la que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8.ª Nombramiento provisional.

8.1. Presentados los documentos a que hace referencia el punto 7.3 anterior, la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra, mediante resolución, procederá al nombramiento provisional de la persona propuesta. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web.

8.2. La persona que resulte nombrada deberá ocupar la plaza en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la notificación del nombramiento provisional.

8.3. La persona nombrada que no presente la documentación requerida en la base 7.3 de esta convocatoria o no tome posesión de su plaza en el plazo de un mes antes señalado, salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificada, se entenderá que renuncia a los derechos derivados de las actuaciones del concurso-oposición, cubriéndose, en tal caso, la plaza por la persona que ocupe el siguiente lugar en la lista a que se refiere la base anterior.

Base 9.ª Periodo de formación y prácticas.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Foral de la Cámara de Comptos de Navarra, para obtener el nombramiento definitivo como auditor/a será necesario que la persona propuesta y nombrada provisionalmente, supere un periodo de prácticas de un año de duración.

9.2. El periodo de prácticas se iniciará con la toma de posesión provisional del candidato/a designado/a, que tendrá lugar dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del nombramiento provisional.

9.3. Durante el periodo de prácticas la persona designada gozará de los mismos derechos y tendrá las mismas obligaciones que correspondan al resto de auditores/as de la Cámara de Comptos. El auditor/a en prácticas tendrá como tutor/a de las prácticas a un auditor/a, con plaza fija en la plantilla de la Cámara de Comptos, que le asesorará en todas aquellas tareas que haya de realizar durante el periodo de prácticas y que serán las propias del desempeño del puesto de auditor.

9.4. Finalizado el periodo de prácticas el tutor/a emitirá un informe sobre el aprovechamiento realizado conforme a los criterios reflejados en el Anexo IV de la presente convocatoria. Dicho informe será notificado al interesado/a, que podrá presentar las alegaciones que estime oportunas en el plazo máximo de diez días.

9.5. Concluidas las actuaciones previstas en los apartados anteriores, la presidencia del Tribunal calificador determinado en la Base 5.ª de esta convocatoria convocará a sus miembros para la valoración del aprovechamiento del periodo de prácticas conforme al contenido del informe elaborado por el tutor/a y las alegaciones presentadas. El Tribunal otorgará la calificación de apto/a o no apto/a. La calificación otorgada deberá motivarse mediante informe detallado que se adjuntará al acta de calificación final.

El Tribunal calificador elevará a la presidenta de la Cámara de Comptos propuesta con la calificación obtenida por el candidato/a, así como las actas, certificaciones y demás documentación generada en su actuación.

Base 10.ª Nombramiento definitivo como auditor/a y toma de posesión.

10.1. Concluido el periodo de prácticas a que hace referencia la base anterior y obtenida la calificación de apto/a por el candidato/a, la presidenta de la Cámara de Comptos procederá a su nombramiento definitivo como auditor/a. Este nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra, en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web.

10.2. En el plazo de un mes desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, la persona nombrada deberá tomar posesión definitiva de su cargo.

10.3. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados del concurso oposición, el candidato/a que no tome posesión en el plazo señalado, debiéndose realizar llamamiento al candidato/a que ocupase el siguiente lugar en la propuesta a que hace referencia la base 7.ª de esta convocatoria.

Una vez realizado este llamamiento se seguirá el procedimiento determinado en la Base 8.ª, para el nombramiento provisional de este nuevo candidato y, en la Base 9.ª en cuanto a la realización y valoración del aprovechamiento y desempeño del periodo de formación y prácticas. Será de aplicación esta misma Base 10.ª en lo referente al nombramiento definitivo como auditor /a y toma de posesión definitiva.

10.4. Se actuará de igual manera a la señalada en el apartado anterior en el caso de que el candidato/a provisionalmente designado, no hubiera obtenido la calificación de apto/a en el citado periodo de prácticas.

Base 11.ª Documentación aportada.

11.1. La documentación aportada podrá retirarse por las personas aspirantes, siempre que no se haya interpuesto reclamación o recurso, previa petición expresa en tal sentido. La solicitud de retirada podrá presentarse durante un plazo de tres meses, una vez transcurridos previamente otros tres desde la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra de la Resolución de nombramiento definitivo.

11.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin haber solicitado la retirada de la documentación, se entenderá que el/la aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello y procediéndose a su destrucción.

11.3. Cuando exista reclamación o recurso, la documentación aportada será retenida para su comprobación y estudio. Su retirada se producirá en el momento en que la tramitación de la reclamación o recurso lo permita.

Base 12.ª Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases, los acuerdos de nombramiento y demás acuerdos que adopte la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en relación con la presente convocatoria cabe interponer, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acuerdo.

Contra los demás actos de aplicación de la presente convocatoria que adopte el Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la presidenta de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acto o acuerdo.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Baremo para la valoración de méritos

a) Méritos académicos, hasta 5 puntos.

En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:

–Doctorado en los estudios superiores exigidos para poder acceder a la presente convocatoria, dos puntos.

–Otras titulaciones oficiales universitarias distintas a la alegada para el acceso al puesto de auditor/a y que tengan relación con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo como auditor/a, a razón de un punto por titulaciones de grado medio y dos puntos por titulaciones superiores.

–Másteres oficiales universitarios en auditoría, dos puntos.

–Otros másteres oficiales universitarios en materias relacionados con el trabajo a desempeñar por un/a auditor/a, un punto.

–Títulos propios o de experto universitario en materias relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo de auditor/a, un punto.

No se valorarán como mérito los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.

b) Experiencia en auditoría, hasta 15 puntos.

En este apartado se valorará a razón de 0,80 puntos por año completo de experiencia en auditoría pública y de 0,60 puntos por año completo de experiencia en auditoría privada, el trabajo desempeñado en puestos de auditor/a, nivel A, o equivalentes, para el que se requiera estar en posesión de uno de los títulos superiores exigidos en la convocatoria.

Se valorará, asimismo, a razón de 0,60 puntos por año completo de experiencia en auditoría pública y de 0,40 puntos por año completo de experiencia en auditoría privada, en ambos casos, siempre que sea en puestos de técnico de auditoría, nivel B, o equivalentes, para el que se requiera estar en posesión de un título de grado medio.

Cuando el trabajo se haya prestado en una entidad pública, se acreditará mediante certificación emitida por el órgano competente.

Cuando el trabajo se realice por cuenta propia se acreditará mediante la aportación de la correspondiente licencia fiscal del período de que se trate, acompañada de la documentación acreditativa de los trabajos realizados.

Cuando la actividad se haya desarrollado por cuenta ajena, en el ámbito privado, se acreditará mediante certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del período de que se trate, además de copia del contrato de trabajo y certificación de la empresa de las funciones y trabajos desarrollados.

c) Experiencia profesional en materias económico-financieras no valoradas en el apartado anterior, hasta 6 puntos.

En este apartado se valorará el desempeño de puestos de trabajo relacionados con la gestión económico-financiera, tanto en el sector público como en el privado, a razón de 0,40 puntos por año, siempre que se trate del desempeño de puestos para los que se exija, al menos, una titulación de grado superior, y de 0,30 puntos por año, siempre que se trate del desempeño de puestos de trabajo para los que se exija, al menos, una titulación de grado medio.

Cuando el trabajo se haya prestado en una entidad pública, se acreditará mediante certificación emitida por el órgano competente.

Cuando el trabajo se realice por cuenta propia se acreditará mediante la aportación de la correspondiente licencia fiscal del período de que se trate, acompañada de la documentación acreditativa de los trabajos realizados.

Cuando la actividad se haya desarrollado por cuenta ajena, en el ámbito privado, se acreditará mediante certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del período de que se trate, además de copia del contrato de trabajo y certificación de la empresa de las funciones y trabajos desarrollados.

d) Otros méritos que tengan relación con las funciones a realizar como auditor/a como conocimiento de idiomas comunitarios, conocimiento de euskera, asistencia a cursos de formación especializados, presentación de artículos y ponencias o comunicaciones a congresos y seminarios etc., hasta 4 puntos.

Se valorará en este apartado el conocimiento de euskera y de idiomas comunitarios a razón de 0,50 puntos la posesión del nivel A1 del marco común europeo de referencia para las lenguas; 1,00 punto la posesión del nivel A2; 1,50 puntos la del nivel B1; 2,00 puntos la del nivel B2 y 2,50 puntos la del nivel C1 o equivalentes.

A estos efectos, se tendrán en cuenta las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones establecidas en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administraciones Públicas de Navarra, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 117, de 27 de septiembre de 2010.

Se valorará con 1 punto, el haber superado el curso de formación teórica para el acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas, homologado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

También se valorará en este apartado, a razón de 0,40 puntos por acción, la presentación de ponencias y conferencias en seminarios y congresos, así como la presentación de artículos a revistas especializadas, siempre que su contenido tenga relación con las funciones a desarrollar como auditor/a. Asimismo, podrán valorarse hasta 2 puntos, la publicación de libros sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo de auditor/a y hasta 1 punto, la obtención de premios y distinciones por publicaciones relacionadas con las funciones propias del citado puesto.

El Tribunal podrá valorar en este apartado la realización de cursos de especialización profesional realizados en los últimos cinco años, que tengan relación con las funciones propias del puesto de trabajo de auditor/a, de duración superior a 50 horas y con certificado de aprovechamiento, otorgándose 0,20 puntos por cada 50 horas de curso.

Notas a la aplicación de los puntos del baremo:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al periodo en que se hayan prestado servicios.

2.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

3.ª No se valorarán los servicios prestados ni méritos adquiridos con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

4.ª os periodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones. Se valorarán también íntegramente los periodos desempeñados en prácticas con carácter previo al nombramiento definitivo como funcionario.

ANEXO III

Programa de la convocatoria

Temario del grupo primero. Economía y Hacienda Pública.

Tema 1.–Justificación de la Economía Pública. El modelo teórico de equilibrio general. Fundamentos para la intervención pública en la economía: Las Funciones Fiscales del Estado: asignación, distribución y estabilización. Teoría positiva y normativa de la Hacienda Pública. El Sector Público: Ingresos y Gastos. La Economía Pública. Los temas actuales de la Teoría de la Hacienda Pública.

Tema 2.–La dimensión del Sector Público: Gastos e Ingresos. El Sector Público como productor y como consumidor. Las Administraciones públicas como redistribuidoras de renta. El Sector Público en Navarra.

Tema 3.–Fundamentos de la Economía del Bienestar. Eficiencia Económica en el Consumo, en la Producción y Eficiencia Global. La intervención pública para lograr la eficiencia: Los fallos del mercado. Bienes Públicos. Externalidades. Bienes Preferentes. Tipos de intervención pública para lograr la eficiencia. Provisión pública de bienes privados.

Tema 4.–Definición de bienes públicos. Bienes públicos puros e impuros. Provisión eficiente de bienes públicos: Ineficiencia de la provisión privada de bienes públicos. Provisión pública de bienes públicos. Efectos del mecanismo de financiación sobre la provisión óptima de bienes públicos.

Tema 5.–Externalización. Concepto y naturaleza de los efectos externos. Tipos de externalidades: Economías y deseconomías externas. Soluciones privadas: Internalización de las externalidades en el mercado mediante asignación de derechos de propiedad y la negociación; Fusiones; Convenciones sociales. Soluciones públicas. Externalidades positivas. Valoración de los mecanismos correctores. Efectos sobre la eficiencia y la equidad.

Tema 6.–La elección social. El problema de la elección colectiva. Reglas de elección colectiva. Democracia directa. Elección mediante votación mayoritaria. Equilibrio de la votación mayoritaria. Democracia representativa. Elección mediante funciones de bienestar social.

Tema 7.–Modelos de funcionamiento del Sector Público. El problema organizativo en el Sector Público. Los fallos del Sector Público. Gestión pública y eficiencia: Modelos organizativos en el Sector Público. Diseños institucionales. Principios de un sistema de incentivos en instituciones públicas. Valoración de los mecanismos de incentivos.

Tema 8.–Evaluación económica de proyectos públicos. Análisis Coste-Beneficio (ACB): Fundamentos económicos del ACB: el criterio de eficiencia. El ACB en la práctica: Etapas de un ACB: Definición del objetivo del estudio, perspectiva del análisis y elección de las alternativas. Identificación, medida y valoración de costes y beneficios. Consideración temporal de costes y beneficios: Elección de la tasa de descuento. Consideración del riesgo y la incertidumbre. Consideraciones distributivas. Reglas de decisión. Limitaciones del ACB.

Tema 9.–La sanidad como bien preferente. Provisión sanitaria pública: financiación y producción; Producción pública y privada; El Sistema Nacional de Salud; Las reformas sanitarias. La educación como bien preferente: El sistema educativo en España.

Tema 10.–Los programas de prestación económica del Estado en España. Justificación de los programas de sustitución de rentas. El sistema de pensiones de la Seguridad Social y su reforma. El seguro de desempleo. Los programas de lucha contra la pobreza. La atención a la dependencia.

Tema 11.–Los ingresos públicos. Criterios de clasificación de los ingresos públicos. El Impuesto: concepto y elementos integrantes. Principales figuras impositivas.

Tema 12.–Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad del pago. Los costes de la imposición. El fraude fiscal: concepto, efectos y condicionantes.

Tema 13.–Precios, tasas y contribuciones especiales. Las tasas: concepto y clasificación. Las contribuciones especiales. Empresa pública y fijación pública de precios.

Tema 14.–La empresa pública, concepto y objetivos. Características fundamentales de su gestión. El sistema de control de la empresa pública. Fuentes de financiación. La estructura financiera. Métodos de valoración.

Tema 15.–El Presupuesto: concepto y aspectos generales. El ciclo presupuestario. Situación actual y perspectivas de los modelos presupuestarios. El presupuesto por objetivos.

Tema 16.–La elaboración y ejecución del Presupuesto. Decisiones presupuestarias sobre gastos e ingresos: La estructura presupuestaria. El Presupuesto y los sistemas de planificación y programación. Proceso de ejecución y control del Presupuesto.

Tema 17.–La Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: régimen jurídico. Ámbito de aplicación y principios generales. Instrumentación de las reglas fiscales y fijación de objetivos. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas. Principio de Transparencia. Gestión presupuestaria.

Tema 18.–Déficit Público: definición, clases e incidencia sobre la actividad económica. Los principios constitucionales en materia de gasto público y la noción constitucional de la estabilidad presupuestaria. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento en la actualidad. El Cálculo del déficit público a efectos del Protocolo de Déficit Excesivo.

Tema 19.–La Deuda Pública: concepto, clases y efectos económicos; la carga de la Deuda Pública. Régimen jurídico del endeudamiento del sector público y los avales en la Comunidad Foral de Navarra. La Deuda según el Protocolo de Déficit Excesivo.

Tema 20.–Magnitudes agregadas básicas: producto nacional, consumo e inversión, gasto nacional. Producto nacional bruto y neto. Renta nacional y renta disponible. El flujo circular de la renta y el producto. Contabilidad de la renta nacional en una economía abierta.

Tema 21.–La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad monetaria. El Banco Central Europeo, el sistema europeo de bancos centrales, y el Banco de España. La política monetaria: instrumentos y efectos en la economía.

Tema 22.–Los mercados financieros monetarios y de capitales. Los mercados de derivados y de divisas.

Temario del grupo segundo. Auditoría y Tribunales de cuentas.

Tema 1.–Auditoría pública: concepto y características. Tipos de auditoría pública atendiendo al objeto. Sujetos encargados de la realización de la auditoría o fiscalización pública. Referencia a la auditoría en el ámbito privado.

Tema 2.–Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público: La ISSAI-ES 100.

Tema 3.–Principios fundamentales de fiscalización o auditoría financiera: La ISSAI-ES 200.

Tema 4.–Principios fundamentales de la fiscalización de operativa: La ISSAI-ES 300.

Tema 5.–Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento: La ISSAI-ES 400.

Tema 6.–Principios básicos de la auditoría privada contemplados en las NIA-ES.

Tema 7.–Planificación de la auditoría pública. Fases del trabajo de auditoría o fiscalización. Actividades de planificación: estrategia global de auditoría y plan global de auditoría. Programas de trabajo, procedimientos de auditoría y papeles de trabajo. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en estas áreas.

Tema 8.–Evidencia: concepto y naturaleza, pruebas para la obtención de evidencia de auditoría y técnicas de comprobación. Materialidad o importancia relativa: concepto, factores cualitativos y cuantitativos. Riesgo de auditoría: concepto y componentes. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en estas áreas.

Tema 9.–El muestreo en auditoría pública: técnicas de muestreo estadístico y no estadístico. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en esta área.

Tema 10.–El control interno: concepto y clases, verificación y evaluación del control interno por el/la auditor/a. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en esta área.

Tema 11.–Responsabilidades del auditor/a en la fiscalización respecto al fraude. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en esta área.

Tema 12.–La auditoría en entornos informáticos: principios, metodología y técnicas de revisión. Control interno y seguridad de sistemas informatizados. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en esta área.

Tema 13.–Auditoría de los ingresos tributarios. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 14.–Auditoría de ingresos no tributarios. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 15.–Auditoría de los gastos de personal. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 16.–Auditoría de gastos en bienes corrientes y servicios. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 17.–Auditoría de los gastos de transferencias, subvenciones y ayudas públicas. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en estas áreas.

Tema 18.–Auditoría de las inversiones. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 19.–Auditoría del inmovilizado no financiero y de inversiones financieras. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en estas áreas.

Tema 20.–Auditoría de la tesorería. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 21.–Auditoría de existencias, deudores y otras cuentas a cobrar, acreedores y otras cuentas a pagar. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en estas áreas.

Tema 22.–Auditoría del patrimonio neto. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 23.–Auditoría del endeudamiento. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 24.–Auditoría de los avales públicos concedidos. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en esta área.

Tema 25.–Auditoría de operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEX en estas áreas.

Tema 26.–La Auditoría en las empresas públicas, fundaciones públicas y otros entes públicos. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en estas áreas.

Tema 27.–Los informes de auditoría pública: estructura y tipos de opinión. Naturaleza de las salvedades: limitaciones al alcance e incumplimientos de principios y normas contables. Publicidad del informe. Las recomendaciones. Incidencia de las ISSAI y de las GPF-OCEx en estas áreas.

Tema 28.–Los informes de auditoría en el ámbito privado. Consideraciones generales y contenido. Tipos de opinión.

Tema 29.–Las Entidades Fiscalizadoras Superiores o Instituciones Públicas de Control Externo: Ideas Generales y modelos de organización. Ámbito de su actuación de control. Relaciones con los Parlamentos y Gobiernos. Su configuración en España.

Tema 30.–El Tribunal de Cuentas Europeo: naturaleza, organización y funciones.

Tema 31.–Configuración del Tribunal de Cuentas en su Ley Orgánica y en su Ley de funcionamiento: naturaleza, organización y funciones.

Tema 32.–La Cámara de Comptos de Navarra: origen y evolución. Regulación actual. Funciones y organización. Normas básicas que regulan su funcionamiento.

Temario del grupo tercero. Derecho Público.

Tema 1.–Derecho Comunitario: concepto, caracteres. Fuentes del Derecho Comunitario. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamento, Directivas y las Decisiones. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Incidencia del Derecho Comunitario en la Comunidad Foral.

Tema 2.–El proceso de construcción europea. La Unión Europea. El sistema institucional comunitario: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Parlamento Europeo, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Tribunal de Cuentas Europeo y Banco Central Europeo.

Tema 3.–La Constitución Española de 1978 (1): Características y estructura. El Título preliminar. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la administración. Economía y Hacienda. El Poder Judicial.

Tema 4.–La Constitución Española de 1978 (2): la organización territorial del Estado y distribución de competencias. El Tribunal Constitucional.

Tema 5.–Régimen Foral de Navarra. Navarra antes y después de su incorporación a Castilla. La Ley Paccionada de 1841: antecedentes, naturaleza jurídica y contenido. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza, estructura y contenido.

Tema 6.–El Parlamento de Navarra: antecedentes. Reglamento del Parlamento de Navarra. Composición, organización y funcionamiento del Parlamento. Sus funciones: en especial la función legislativa y aspectos básicos del procedimiento legislativo. Derechos y deberes de los parlamentarios. Los grupos parlamentarios. Instrumentos de control parlamentario. Relaciones del Parlamento con la Cámara de Comptos.

Tema 7.–El Gobierno de Navarra: antecedentes. Principios básicos de actuación previstos en el Amejoramiento y en su ley foral reguladora. Organización, funciones y competencias. La presidenta del Gobierno. Los miembros del Gobierno. La potestad normativa del Gobierno de Navarra. Responsabilidad política y control parlamentario. Régimen de incompatibilidades.

Tema 8.–Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales de actuación. Organización y funcionamiento. Aspectos básicos del procedimiento administrativo. Responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad Foral. Organismos públicos y otros entes dependientes.

Tema 9.–Otras Instituciones de la Comunidad Foral: El Consejo de Navarra. La Institución del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral. Regulación, organización y funciones de estas Instituciones. El Tribunal Administrativo de Navarra: antecedentes, organización y competencias.

Tema 10.–Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Los Decretos-Leyes. La Delegación Legislativa. El Reglamento. Las relaciones entre la Ley y el Reglamento. La potestad reglamentaria: Titularidad, límites y control.

Tema 11.–La Administración Pública y el Derecho. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. El poder de autotutela de la Administración. La noción del servicio público. Los modos de gestión del servicio público.

Tema 12.–El acto administrativo. Elementos. Forma. Clases. La invalidez de los actos administrativos: nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Los actos administrativos irregulares. Convalidación, conservación y conversión. La revisión de oficio y la revocación de los actos administrativos.

Tema 13.–Eficacia de los actos administrativos. La notificación y publicación de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa y especial referencia a la vía de apremio. El silencio administrativo.

Tema 14.–El procedimiento administrativo común: concepto, principios y clases. Las partes en el procedimiento. Iniciación, ordenación e instrucción. La terminación del procedimiento: formas. La administración electrónica: obligaciones y herramientas. Sede electrónica y portal web. Gestión documental. Procedimiento electrónico.

Tema 15.–Los recursos administrativos: concepto y clases. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.

Tema 16.–El Sector Público Institucional. Organismos Públicos: tipología y régimen jurídico. Entidades de Derecho Privado: tipología y régimen jurídico. Otro tipo de entidades.

Tema 17.–Ley Foral Reguladora de la Salud. Principios básicos aplicables en materia de actuación sanitaria. Derechos del ciudadano. Competencias y funciones de las Administraciones Públicas. Ordenación territorial sanitaria. El Servicio Navarro de Salud: estructura orgánica, régimen jurídico básico. La colaboración con la iniciativa privada: los conciertos sanitarios.

Tema 18.–Las Universidades. Régimen jurídico básico aplicable en materia de organización, funcionamiento y gestión. Régimen económico y presupuestario. Personal al servicio de las universidades. Especial referencia a la Universidad Pública de Navarra.

Tema 19.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra (1). Principios básicos que la informan. Estructura y contenido de la ley. Ámbito objetivo y subjetivo de aplicación. Poderes adjudicadores. Capacidad y solvencia de los contratistas. Causas de exclusión. Reglas de publicidad y procedimientos de adjudicación. Sistemas para la mejora de la gestión de la contratación.

Tema 20.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra (2). Ejecución de los contratos. Subcontratación y cesión del contrato. Revisión de precios. Modificaciones contractuales. De las reclamaciones y otras medidas de control de las licitaciones. La invalidez de los contratos. De las reclamaciones especiales en materia de contratación pública.

Tema 21.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra (3). Normas específicas de los contratos que celebran las Administraciones Públicas. Los órganos de contratación. La mesa de contratación. Actuaciones preparatorias del contrato. Reglas generales de ejecución de los contratos administrativos. De las retribución de los contratistas. Extinción de los contratos de las Administraciones Públicas.

Tema 22.–Ley Foral de Contratos Públicos de Navarra (4). Régimen jurídico de los contratos de las Administraciones Públicas. El contrato de obras. El contrato de concesión de obras. El contrato de concesión de servicios. El contrato de suministro. El contrato de servicios.

Tema 23.–La regulación de los encargos a empresas públicas instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral: objeto, reconocimiento de ente instrumental y régimen jurídico, económico y administrativo de los encargos. Publicidad. Contratos con sociedades de capital mixto.

Tema 24.–Ley Foral de conciertos sociales en los ámbitos de la salud y servicios sociales. Objeto y principios. Requisitos de los adjudicatarios. Servicios objeto de concierto. Procedimientos y criterios de adjudicación. Duración y ejecución de los conciertos. Incumplimiento y extinción. Evaluación.

Tema 25.–Ley Foral Reguladora del Patrimonio de Navarra: Antecedentes. Clasificación de los bienes y derechos, competencias y principios de gestión patrimonial. Adquisición, enajenación y cesión de bienes. La administración, protección y defensa del patrimonio de Navarra. Régimen jurídico de los bienes de dominio público. Régimen jurídico de los bienes de dominio privado. El patrimonio empresarial público.

Tema 26.–La Administración Local en Navarra (1). Aspectos básicos de la Ley de Bases de Régimen Local. Organización y administración de las entidades locales de Navarra. Funcionamiento. Actividades, servicios y obras de las entidades locales.

Tema 27.–La Administración Local de Navarra (2). Bienes de las entidades locales. Las haciendas locales. Control de las actuaciones de las entidades locales.

Tema 28.–El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (1). Regulación básica. Clases de personal. Los funcionarios públicos. Aspectos básicos del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Adquisición y pérdida de su condición. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Retribuciones básicas y complementarias.

Tema 29.–El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (2). Reglamentos de desarrollo del Estatuto de Personal de las Administraciones Públicas de Navarra. Sistemas de ingreso y provisión de puestos de trabajo. Vacaciones, licencias y permisos. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos y régimen de incompatibilidades.

Tema 30.–La Seguridad Social. Régimen general. Referencia a los regímenes especiales. Ley Foral sobre el régimen transitorio de los derechos pasivos del personal funcionario de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra: normas generales, cotización y prestaciones del sistema.

Tema 31.–Ley Foral de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Objeto y fines de la ley. Ambito de aplicación. La transparencia. Publicidad activa. Derecho a la información pública. Procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. La participación y colaboración ciudadanas. Reclamaciones ante el Consejo de Transparencia. Régimen sancionador. El Consejo de Transparencia: funciones, organización y funcionamiento.

Tema 32.–La Ley Foral de creación de la oficina de buenas prácticas y anticorrupción de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Aspectos generales de la oficina. Sus funciones. Del procedimiento de investigación. Procedimiento de tramitación. Organización y funcionamiento de la oficina. Potestad sancionadora.

Tema 33.–Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (1). Principios básicos que la inspiran. Estructura y contenido de la ley. Instrumentos de ordenación territorial y urbanística.

Tema 34.–Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (2). Tipos de suelo y su Régimen Jurídico. Valoración del suelo y régimen expropiatorio. Instrumentos de ejecución del planeamiento. Instrumentos de ejecución en el mercado del suelo.

Tema 35.–Ley Foral de Subvenciones. Antecedentes y ámbito de aplicación de la ley. Principios generales en materia de gestión de subvenciones públicas. Procedimientos de concesión y gestión de subvenciones. Seguimiento y control de subvenciones. Reintegro de subvenciones. Breve referencia a la ley estatal reguladora de las subvenciones públicas y su aplicación en Navarra.

Tema 36.–La protección de datos de carácter personal. Marco normativo actual. El reglamento europeo de protección de datos de carácter personal. Definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Principales figuras en materia de protección de datos. El delegado de protección de datos. La Agencia de Protección de datos.

Temario del grupo cuarto. Derecho Financiero, Contable y Mercantil.

Tema 1.–El Derecho Financiero: concepto y contenido. El derecho presupuestario: concepto y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española.

Tema 2.–El Gasto Público: concepto y principios constitucionales. Procedimiento general de ejecución del gasto público y procedimientos especiales. Procedimiento de pago.

Tema 3.–El Plan General de Contabilidad. Marco conceptual de la contabilidad, normas de reconocimiento y valoración y cuentas anuales.

Tema 4.–El Plan General de Contabilidad Pública. Marco conceptual de la contabilidad pública, normas de reconocimiento y valoración, cuentas anuales e información sobre gestión pública.

Tema 5.–Relaciones entre contabilidad pública y contabilidad nacional. Ajustes contables en términos de contabilidad nacional. Manuales de cálculo del déficit y de la regla de gastos adaptados a las comunidades autónomas y entidades locales. Cálculo del déficit en contabilidad nacional de las unidades empresariales que aplican el plan general de contabilidad privada.

Tema 6.–La contabilidad analítica en la nueva instrucción del modelo normal de contabilidad local. El coste efectivo en el marco de la contabilidad pública local.

Tema 7.–La Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra (1). Ámbito de aplicación y régimen de la Hacienda Pública. Los Presupuestos Generales de Navarra: elaboración, discusión, aprobación y ejecución. Estructura presupuestaria y modificaciones presupuestarias.

Tema 8.–La Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra (2). Operaciones financieras. Tesorería. La contabilidad. Las responsabilidades.

Tema 9.–El control interno en la Ley Foral Reguladora de la Hacienda Pública de Navarra y en el Decreto Foral 31/2010, por el que se aprueba el reglamento de control interno.

Tema 10.–Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Delitos contra la Administración Pública: prevaricación, la infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, el cohecho, el tráfico de influencias, la malversación, los fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de sus funciones.

Tema 11.–Sector público de la Comunidad Foral: Descripción, tipología y definición de las principales entidades que lo integran. Ley Foral de creación de la sociedad corporación pública empresarial de Navarra: objetivo, alcance y contenido.

Tema 12.–El control externo de la actividad financiera de la Comunidad Foral. La Cámara de Comptos de Navarra: su finalidad, principios que regulan su actuación, alcance y contenido de sus informes. El procedimiento fiscalizador.

Tema 13.–La jurisdicción contable del Tribunal de Cuentas. Naturaleza y características de esta jurisdicción. Supuestos de responsabilidad contable. Procedimientos para la exigencia de este tipo de responsabilidad. Órganos de la jurisdicción contable. Competencias de la Cámara de Comptos de Navarra en el ámbito de la responsabilidad contable.

Tema 14.–El Derecho Tributario: concepto y contenido. Fuentes. La Ley Foral General Tributaria: principios generales que la inspiran. La gestión tributaria, conceptos básicos y procedimientos. La recaudación. La inspección tributaria: planes y procedimientos de actuación.

Tema 15.–Los tributos en Navarra: concepto y clasificación. Los impuestos y sus clases. Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 16.–Disposiciones de la Ley Paccionada de 1841 en materia de Hacienda. Diferencias entre el Convenio y el Concierto Económico. Historia de los Convenios económicos entre el Estado y Navarra. Disposiciones de la Ley Orgánica de Reintegración Foral y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra en esta materia.

Tema 17.–Convenio Económico de 31 de julio de 1990 y sus actualizaciones. Disposiciones Generales. Armonización Tributaria. Tratamiento y regulación de los diferentes tributos. Junta Arbitral. Aportación económica. Comisión Coordinadora.

Tema 18.–El Departamento de Economía y Hacienda: Funciones y estructura. El Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra: estructura y funciones. El Tribunal Económico-administrativo de Navarra.

Tema 19.–La Ley Foral reguladora de las Haciendas Locales de Navarra: principios, estructura y contenido. Los recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Los impuestos municipales.

Tema 20.–Presupuesto y gasto público de las Entidades Locales de Navarra. Régimen previsto en la Ley Foral de las Hacienda Locales y en los Decretos Forales 270/1998 y 234/2015. La estructura presupuestaria de ingresos y gastos locales. Ejecución y liquidación presupuestaria. La Tesorería de las entidades locales. Control y fiscalización. Responsabilidades.

Tema 21.–El régimen contable de las entidades locales de Navarra: Decretos Forales 272/1998 y 273/1998.

Tema 22.–Descripción de las entidades que integran el sector público local de Navarra y características básicas de cada una de ellas.

Tema 23.–Sociedad mercantil: concepto y tipos. El contrato de sociedad mercantil: elementos esenciales. Formalidades constitutivas. Escritura e inscripción registral. Características esenciales de las sociedades de capital. Principales modificaciones estatutarias y estructurales: ampliación y reducción de capital, fusión, transformación y escisión. Disolución, liquidación y extinción de sociedades.

Tema 24.–El concurso: presupuesto objetivo y subjetivo. Auto de declaración de concurso y sus efectos. Determinación de las masas activa y pasiva. Clasificación y pago. El convenio. Conclusión y calificación.

Tema 25.–Las cuentas anuales de las sociedades. Sus tipos, redacción, verificación de las cuentas anuales, aprobación y depósito. El Registro Mercantil: concepto, contenido y significado de la inscripción.

Tema 26.–Grupos de sociedades. Su régimen jurídico. Las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas en el ámbito público y privado. Sujetos de la consolidación. Obligación de consolidar. Métodos de consolidación. Cuentas anuales consolidadas.

Tema 27.–La Ley de Auditoría de Cuentas y su reglamento. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: naturaleza, organización y funciones.

ANEXO IV

Criterios para la valoración del aprovechamiento y
desempeño del periodo de formación y prácticas previsto
en la Base 9.ª de la convocatoria

–Dirigir y coordinar las labores realizadas por el personal asignado en su equipo en cada fiscalización, velando especialmente por mantener la unidad de criterio en el desarrollo de la actividad de fiscalización.

–Realizar la planificación de los trabajos de auditoría que se le encomienden siguiendo la metodología, normas técnicas y procedimientos aprobados por la Cámara de Comptos de Navarra.

–Definir y aplicar los procedimientos de auditoría adecuados a la planificación realizada para obtener, en un plazo razonable, la evidencia suficiente para soportar las conclusiones, todo ello conforme a lo dispuesto en las normas técnicas y procedimientos aplicables a la labor de fiscalización del sector público.

–Relacionarse con los centros y servicios fiscalizados para recabar cuantos datos, informes, documentos o antecedentes que sean precisos para el desarrollo de los trabajos que tengan encomendados.

–Proponer al Presidente/a de la Cámara para su estudio y aprobación, los informes de fiscalización y las conclusiones a que llegaran en el ejercicio de la función fiscalizadora, conforme a lo dispuesto en las normas técnicas y procedimientos aplicables en la Cámara de Comptos de Navarra.

–Informar sobre las alegaciones que los entes y organismos fiscalizados pudiesen efectuar.

–Redactar los informes que pudieran serles requeridos por el Presidente/a o por el Secretario/a General en relación con cuestiones que pudieran plantearse derivadas de las actuaciones fiscalizadoras por ellos dirigidas.

Código del anuncio: F2006849