BOLETÍN Nº 145 - 2 de julio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANSOÁIN

Extracto de convocatoria para la concesión de ayudas económicas para alimentación en centros escolares del ayuntamiento del curso 2020-2021

Nota: El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). BDNS (Identificación): 511501.

–Objeto: establecer el procedimiento para la concesión de ayudas económicas para alimentación en centros escolares durante el curso escolar 2020-2021, conocidas como “becas de comedor”.

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud cumplimentada en las oficinas (plaza Consistorial 3, de Ansoáin) que deberá ajustarse al modelo normalizado que se le facilitará.

El plazo de presentación de solicitudes tendrá lugar entre los días 17 de junio y 31 de agosto de 2020, ambos inclusive, en horario de lunes a viernes de 11 a 13 horas.

Podrán solicitar las presentes ayudas municipales las unidades familiares que reúnan los siguientes requisitos:

a) Hallarse empadronadas y tener vecindad efectiva en este municipio desde el momento de la solicitud.

b) Que los menores estén escolarizados en niveles de enseñanza obligatoria en el centro público que les corresponda o en otro centro público al que haya sido derivado por la administración educativa por no existir en la localidad el modelo lingüístico elegido.

c) Tener constancia de que se han solicitado ayudas existentes para el mismo concepto en otros ámbitos de la Administración.

d) Estar al corriente de cualquier tipo de obligación de carácter municipal en el momento previo a la concesión de la subvención o ayuda. En caso de que el beneficiario resulte con deudas municipales pendientes, se le otorgará un plazo de 10 días hábiles desde la notificación a fin de que pueda ponerse al corriente de las mismas.

e) Tener unos ingresos familiares por todos los conceptos, inferiores a los establecidos en las tablas económicas de referencia de estas bases, conforme a la unidad familiar de convivencia y a los conceptos considerados para su cálculo. Para el cálculo de los ingresos económicos, se tomará la cantidad resultante de la suma de la parte general de la base imponible (casilla 507) y Rentas Exentas (casilla 529) que figuren en la Declaración de la Renta ejercicio 2019

–Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo normalizado que se facilitará por el Ayuntamiento de Ansoáin, en la que se deberá incluir entre los demás datos una dirección de correo electrónico.

b) Copia de la declaración de la renta del año anterior (2019).

c) En supuestos de separación o divorcio: demanda de separación o sentencia firme si ya la tienen o justificante de inicio del trámite y, en su caso, convenio regulador o justificante de inicio del trámite

d) Certificado de discapacidad en caso de que exista algún miembro de la unidad familiar con reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33%.

Ansoáin, 18 de junio de 2020.–El Alcalde, Ander Oroz Casimiro.

Código del anuncio: L2006326