BOLETÍN Nº 143 - 30 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 167/2020, de 2 de junio, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se convoca el “I Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales de Navarra”.

El Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, asigna al Departamento, entre otras funciones, el impulso y la difusión de prácticas, experiencias y proyectos de innovación social.

Con el fin de materializar esta competencia, el Departamento, en colaboración con la Fundación “Tomás y Lydia Recari García”, convoca el “I Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales de Navarra”, de periodicidad anual.

La Innovación Social en los Servicios Sociales debe entenderse como las nuevas formas de satisfacer las necesidades sociales, siendo más efectivas, eficientes, sostenibles, justas y/o transformadoras que las anteriores.

En esta I Convocatoria del Premio se pretende reconocer públicamente el trabajo, en innovación social en los servicios sociales, de aquellas entidades que posean el producto, servicio o modelo que genere los cambios necesarios para resolver los retos relevantes de nuestra sociedad, siendo este producto, servicio o modelo tanto innovador en sí mismo como útil para fortalecer la capacidad de la sociedad para innovar y transformarse.

El Jurado valorará la importancia del reto social que se aborde así como la relevancia y pertinencia de los objetos del proyecto, además de la amplitud y profundidad de los procesos de participación y empoderamiento desarrollados. Así mismo tendrá en cuenta el grado de novedad de la solución desarrollada, en la medida que sea diferente y mejora por ser más eficiente, equitativa, sostenible o transformadora que las soluciones más convencionales.

En este sentido, el Jurado valorará los resultados alcanzados y la capacidad del proyecto para que su impacto crezca en el tiempo teniendo en cuenta la sostenibilidad social y la financiación del proyecto.

La finalidad del premio es la de divulgar y publicitar los resultados alcanzados por el proyecto y el valor social ganado.

Finalmente, señalar que de conformidad con la posibilidad señalada en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, es indispensable, para el interés de la sociedad por avanzar en las cuestiones que abarca el premio, la tramitación del expediente, más en estos momentos en los que se deben generar propuestas innovadoras ante los retos que genera la crisis del COVID-19, quedando así justificado el levantamiento de la suspensión de la tramitación de los procedimientos.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidenta o Presidente, y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.

ORDENO

1.º Convocar el “I Premio a la Innovación Social en los Servicios Sociales de Navarra”, con arreglo a las bases reguladoras que seguidamente se exponen.

2.º Autorizar un gasto de 6.000 euros con cargo a la Partida 900008 92100 2276 231004 “Proyectos de innovación social y proyectos europeos” del presupuesto de gastos para el 2020.

3.º Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante, señalar que de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se encuentra suspendido el plazo para la presentación de un eventual recurso de alzada. El plazo computará a partir de que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o en su caso, las prórrogas del mismo.

Igualmente se encuentra suspendido el plazo de presentación de solicitudes durante el mismo plazo. No obstante si alguna entidad o persona presentara solicitud de participación durante el plazo de suspensión se admitirá la misma, teniendo la consideración de presentada dentro de plazo.

4.º Trasladar esta Orden Foral al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica y a su Centro Contable y al Servicio del Observatorio de la Realidad Social, a los efectos oportunos.

5.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de junio de 2020.–La Consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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