BOLETÍN Nº 14 - 22 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BAZTAN

Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición, con carácter funcionarial, de una plaza de técnico/a de gestión de residuos

Mediante acuerdo 4.3 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Baztan de fecha 13 de septiembre de 2019, modificado mediante acuerdo 4.8 de la Junta de Gobierno Local de fecha 18/10/2019, se aprobó la convocatoria, mediante concurso-oposición con carácter funcionarial, de un puesto de técnico/a de residuos para el Ayuntamiento de Baztan con arreglo a las siguientes bases.

Baztan, 30 de diciembre de 2019.–El Alcalde, Joseba Xabier Otondo Bikondoa.

BASES

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, con carácter funcionarial, de una plaza de Técnico/a de gestión de residuos del Ayuntamiento de Baztan para la gestión de residuos sólidos urbanos.

El perfil lingüístico exigido será el calificado como C1 (comprensión y expresión oral C1; comprensión lectora y escrita C1).

1.2. El presente concurso-oposición se lleva a cabo con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

1.3. La retribución bruta anual será equivalente a la retribución correspondiente al nivel B del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Además le corresponderán los complementos aprobados por el Ayuntamiento.

1.4. El régimen de jornada de trabajo es de jornada completa y el horario se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, entre otras, las siguientes: identificación de los impactos ambientales y análisis de los costes de la gestión de residuos urbanos, mediante una correcta clasificación y caracterización de los mismos; búsqueda de enfoques y valorización que permitan recuperar los recursos que se encuentran en las materias de desecho; conocimiento de los distintos flujos de residuos urbanos, así como sus posibilidades de tratamiento; búsqueda de oportunidades de reciclaje, recuperación energética, compostaje o la que más se adapte a cada circunstancia; optimización de procesos y reducción de costes a través de la gestión de residuos (obligaciones legales de aplicación a los residuos, posibilidad de participar en sistemas integrados de gestión, elaboración de estudios y planes de minimización de residuos, etc.), y cualesquiera otra que el Ayuntamiento estime oportuna para la gestión de los residuos.

1.6. La plaza podrá ser declarada desierta por el Tribunal cuando éste considere que ninguno de los aspirantes reúne los conocimientos, aptitudes y preparación mínimos para el desempeño del puesto de trabajo.

1.7. El contrato tendrá un período de prueba de un mes.

2.–Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a este concurso-oposición, los/las aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado o Diplomado Universitario o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Disponer de permiso de conducir clase B1.

e) Tener conocimiento de euskera. Acreditado a través de la presentación del título C1 certificado equivalente o mediante la realización de prueba específica del conocimiento exigido, a tenor de lo establecido en Decreto Foral 103/2017 de 15 de noviembre.

f) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

g) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada/o del servicio de una Administración Pública.

3.–Instancias.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria, deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Baztan, en Elizondo o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de un mes contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Si éste es inhábil, el plazo terminará el siguiente día hábil.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Cuando las proposiciones se envíen por correo o por cualquier otro medio el interesado deberá justificar la fecha y hora de envío, y comunicarlo al órgano de contratación mediante correo electrónico (baztan@baztan.eus), dentro del plazo de presentación de instancias.

Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad al plazo señalado en este anuncio.

Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo III, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las solicitudes.

3.2. A la instancia, debidamente cumplimentada, deberán adjuntarse los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones de la convocatoria, que se relacionan a continuación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopias compulsadas de los requisitos exigidos en la base 2.

c) Documentos justificativos (originales o fotocopias compulsadas) de cuantos méritos sean alegados, de conformidad con lo establecido en el baremo de méritos, Anexo I.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento (www.baztan.eus).

4.2. Dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, las personas aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

4.3. Una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará una resolución aprobando las listas definitivas de admitidos/as y excluidos/as y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento (www.baztan.eus), junto con la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas del concurso-oposición.

4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a quienes participen la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando del examen de la documentación presentada o de la que obra en poder del Ayuntamiento, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador del concurso-oposición estará compuesto por:

–Presidente: Joseba Otondo, alcalde del Ayuntamiento de Baztan.

Suplente: Xabier Maia, teniente-alcalde del Ayuntamiento de Baztan.

–Vocal: Txomin Elgorriaga, técnico de residuos.

Suplente: Victor Mur, técnico de residuos del Consorcio de Residuos de Navarra.

–Vocal: Silvia Ruiz de Larramendi, técnico de Medio Ambiente de la Mancomunidad de Valdizarbe.

Suplente: Olatz Garde, técnica de Residuos de la Mancomunidad de Sakana.

–Vocal: Oscar Rubio, técnico de Medioambiente de la Mancomunidad de Valdizarbe.

Suplente: Miguel Angel Arrastio, gerente de la Mancomunidad de R.S.U. de la Ribera Alta de Navarra.

–Vocal: Representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Baztan. Ana Pilar Larruy.

Suplente: Representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Baztan. María Elena Urtasun.

–Actuará como Secretario el del Ayuntamiento de Baztan.

Suplente: El secretario de los Ayuntamientos de Zubieta e Ituren.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Serán de aplicación las normas sobre abstención y recusación previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las normas contenidas en esta convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición dará comienzo en la fecha, lugar y hora que se anuncien con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Una vez terminado cada ejercicio el Tribunal hará público en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Baztan el lugar, fecha y hora de la celebración del siguiente ejercicio y las calificaciones obtenidas.

El Tribunal podrá acordar potestativamente la realización de varios o de todos los ejercicios en un mismo día.

Las personas aspirantes que no comparezcan quedarán eliminadas.

6.2. Fase oposición: constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: Contestación por escrito a cuestiones que se planteen por el Tribunal referentes a los temas que se indican en el anexo número II. Tipo test donde las respuestas erróneas no penalizarán.

–Segundo ejercicio: Ejercicios prácticos que serán determinados por el Tribunal y que versarán sobre asuntos relativos a los temas señalados en el anexo II.

La valoración total de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 70 puntos, distribuidos de la forma siguiente:

–Primer ejercicio: La puntuación máxima será de 40 puntos, y la puntuación mínima para superar el ejercicio será de 20 puntos.

–Segundo ejercicio: La puntuación máxima será de 30 puntos, y la puntuación mínima para superar el ejercicio será de 15 puntos.

La puntuación máxima total de la fase de concurso-oposición será de 100 puntos. En caso de empate tendrá prioridad aquel aspirante que acredite mayor puntuación en la fase de oposición y de persistir aquél, se procederá a un sorteo entre las personas aspirantes.

6.3. Las pruebas se realizarán a través del sistema de plicas cerradas y mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad. Las personas aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminadas.

6.4. Fase del concurso.

La valoración de méritos sólo se realizará a aquellas personas que hayan superado la primera y segunda fase de oposición y consistirá en la calificación de los méritos alegados por los aspirantes, según baremo que se incluye como anexo I.

La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos.

7.–Relación de personas aprobadas.

Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Baztan, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase de oposición.

Con las personas que hayan superado las pruebas se establecerá una relación de aspirantes para la cobertura de necesidades temporales y sustituciones.

8.–Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación.

b) Con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la publicación o notificación del acto recurrido.

c) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación o publicación.

Baztan, 13 de septiembre de 2019.–El Alcalde, Joseba Xabier Otondo Bikondoa.

ANEXO I

Baremo de méritos: Máximo 30 puntos

a) Cursos formativos: Máximo 15 puntos.

Por cada título o certificado de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones del puesto a desempeñar:

–Cursos hasta 15 horas: 1 punto por curso.

–Cursos de 16 a 30 horas: 2 puntos por curso.

–Cursos de más de 30 horas: 3 puntos por curso.

Master, posgrados y especializaciones universitarias en materia medioambiental relacionada con los residuos, 5 puntos por cada título.

b) Experiencia laboral: Máximo 15 puntos.

–Por cada año de servicio prestado en el sector público en puestos de similares características al puesto a cubrir, 3 puntos por año.

–Por cada año de servicio prestado en el sector privado en puestos de similares características al puesto a cubrir, 1,5 puntos por año.

Los períodos inferiores al año se puntuarán proporcionalmente, no computándose periodos inferiores a un mes.

La experiencia se validará en esta fase mediante justificación documental: certificados de empresa, o contratos laborales.

ANEXO II

Temario

1.–Nuevas ordenanzas, cotos y parámetros del Noble Valle y Universidad del Baztan.

2.–Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por recogida, tratamiento y aprovechamiento o eliminación de residuos sólidos urbanos y demás actividades prestadas en relación con dicho servicio por el Ayuntamiento de Baztan.

3.–La Administración Local en Navarra: Clases de entidades locales, competencias y régimen de funcionamiento (Ley Foral 6/1990).

4.–Ley Foral 14/2018 de Residuos.

5.–Servicios de recogida de residuos de Baztan (Accesible en la web).

6.–Plan de Residuos de Navarra 2017-2027: Residuos domésticos y materia orgánica.

7.–Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados.

8.–Ley 11/1997, de envases y residuos de envases.

9.–Directiva europea sobre residuos (Directiva 2018/851).

10.–El Procedimiento Administrativo: Iniciación, tramitación e instrucción, terminación. (Ley 39/2015).

11.–Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos. Título Preliminar. Capítulo I, II, III, IV del título primero. Sección 3.ª del capítulo V del título I.

12.–Ley Foral 4/2005 de Intervención para la Protección Ambiental. Título Preliminar. Título III. Título IV. Título VI.

ANEXO III

Modelo de instancia (PDF).

Código del anuncio: L2000044