BOLETÍN Nº 91 - 13 de mayo de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 44/2019, de 21 de marzo del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial por la que se aprueba la autorización administrativa previa para la extensión de redes de gas propano canalizado en el año 2019 en diversos municipios y núcleos urbanos de la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 13 de noviembre de 2018, Gas Natural Redes GLP, S.A., en cumplimiento del artículo 2 de la ITC-ICG 01 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, ha solicitado autorización conjunta anual de instalaciones de distribución de gas propano canalizado, durante el año 2019, para los siguientes municipios y núcleos urbanos:

Abaurregaina/Abaurrea Alta, Añorbe, Arakil, Aranguren, Arantza, Arce<>Artzi, Auritz/Burguete, Baztán, Beintza-Labaien, Bera, Bertizarana, Cirauqui<>Zirauki, Cizur, Donamaria, Erro, Esteribar, Etxalar, Gallipienzo<>Gallipentzu, Garralda, Goizueta, Güesa<>Gorza, Lapoblación, Mañeru, Mendigorria, Oroz-Betelu<>Orotz-Betelu, San Martín de Unx, Sarriés<>Sartze, Sunbilla.

Los datos básicos de la actuación son los siguientes:

Las instalaciones previstas en la solicitud son las extensiones y modificaciones de redes de gas propano existentes, cuya MOP sea inferior o igual a 5 bar, y no incluyen las que han sido o serán objeto de proyecto específico. La longitud total de estas redes asciende a 3.050 metros y el número de acometidas, a 124. El presupuesto asciende a 195.994,49 euros.

La solicitud de Gas Natural Redes GLP, S.A., ha sido sometida a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 19, de 29 de enero de 2019, y en los periódicos Diario de Navarra y Diario de Noticias del 24 de enero de 2019.

Durante el periodo de información pública no se han recibido alegaciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 48/2016, de 15 de enero, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación (Boletín Oficial de Navarra número 20, de 1 de febrero de 2016), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar a la empresa Gas Natural Redes GLP, S.A., autorización para la construcción de instalaciones de extensión de redes de gas propano canalizado durante el año 2019 en los municipios y núcleos urbanos citados anteriormente.

2. Aprobar el proyecto suscrito por el Ingeniero de Minas don Carlos Alvaro Pereira, concediéndole un plazo de doce meses para la ejecución de las obras.

3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, incluyendo las de los organismos cuyos bienes y servicios se vean afectados

4. En un plazo máximo de dos meses, y en todo caso antes del inicio de la ejecución de las instalaciones, Gas Natural Redes GLP, S.A., deberá constituir una garantía del dos por ciento del presupuesto presentado. La citada garantía se depositará ante el Departamento de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra y será devuelta una vez emitida el acta de puesta en servicio de las instalaciones.

5. Las nuevas instalaciones y su montaje cumplirán lo establecido en la reglamentación vigente.

6. Gas Natural Redes GLP, S.A., cumplirá las obligaciones establecidas en el artículo 74 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y concretamente lo establecido en el apartado 1.d) del citado artículo.

7. Una vez ejecutado el proyecto y antes de que transcurran treinta días desde la puesta en servicio de las instalaciones, Gas Natural Redes GLP, S.A., presentará en el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, la documentación indicada en el artículo 5.7 del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio.

8. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, a los efectos oportunos.

9. Notificar esta Resolución a Gas Natural GLP Redes, S.A., advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

10. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

11. Notificar esta Resolución a los ayuntamientos afectados, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 21 de marzo de 2019.–La Jefa de la Sección de Infraestructuras Energéticas, Laura Larraya Irigoyen. Suplente del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial (en virtud de la Resolución 167/2017, de 30 de noviembre, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 240, de 18 de diciembre de 2017).

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