BOLETÍN Nº 51 - 14 de marzo de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ESTELLA-LIZARRA

Suspensión de la aplicación del título quinto de la Ordenanza municipal reguladora del sistema de accesos de vehículos al centro histórico y centro comercial de Estella-Lizarra

El Pleno del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, en sesión celebrada el 7 de febrero de 2019, aprobó el siguiente acuerdo:

“Aprobación si procede, y previa ratificación de su inclusión en el orden del día de la proposición de suspender la aplicación del Titulo Quinto de la Ordenanza municipal reguladora del sistema de accesos de vehículos al Centro Histórico y Centro Comercial de Estella-Lizarra, control de acceso y estacionamiento mediante cámaras que contiene el régimen sancionador a aplicar por las infracciones de las disposiciones contenidas en el resto de la disposición”.

El día 3 de febrero de 2019 la empresa adjudicataria del contrato de concesión de la zona azul de Estella-Lizarra finaliza la prestación del servicio, en cumplimiento de lo acordado por el Pleno de este Ayuntamiento de fecha 5 de julio de 2018, como consecuencia de la entrada en vigor de las disposiciones contenidas en la Ordenanza municipal reguladora del sistema de accesos de vehículos al Centro Histórico y Centro Comercial de Estella-Lizarra, control de acceso y estacionamiento mediante cámaras.

Ello no obstante, a fecha de hoy no se ha habilitado el sistema de control mediante cámaras que permite la aplicación de las disposiciones contenidas en la ordenanza aprobada, y sin perjuicio de su vigencia y obligado cumplimiento, lo cierto es que las alternativas estudiadas por los servicios municipales para permitir la aplicación de las disposiciones sancionadoras recogidas en el texto y que garantizan su efectivo cumplimiento resultan de difícil aplicación desde el punto de vista jurídico y de disposición de medios humanos y materiales suficientes para ello.

En consecuencia, en la consideración de que durante el tiempo en el que se procede a la efectiva implantación del sistema de control de acceso y estacionamiento mediante cámaras, deben llevarse a cabo las actuaciones precisas para que las disposiciones en cuanto a limitación de tiempo de estacionamiento y control de accesos en las zonas delimitadas en la ordenanza se conozcan y se respeten por parte de la ciudadanía, deben llevarse a cabo actuaciones encaminadas a dar a conocer el contenido de la ordenanza y el funcionamiento de la nueva regulación aprobada, sin recurrir a la vía sancionadora por la imposibilidad material y jurídica de su aplicación.

De acuerdo con los principios que regulan el ejercicio de la potestad reglamentaria de las administraciones públicas que se recogen en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especialmente los de seguridad jurídica y eficiencia, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 82.3 y 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

SE ACUERDA:

1°. Suspender la aplicación del Título Quinto de la Ordenanza municipal reguladora del sistema de accesos de vehículos al Centro Histórico y Centro Comercial de Estella-Lizarra, control de acceso y estacionamiento mediante cámaras, que contiene el régimen sancionador a aplicar por las infracciones de las disposiciones contenidas en el resto de la disposición.

2°. Prolongar los efectos de la suspensión hasta la puesta en marcha del sistema de control de accesos y estacionamiento mediante cámaras en la parte del mismo que permita un adecuado control del tráfico y la correcta incoación de los expedientes sancionadores en los términos de lo regulado en la ordenanza, facultando al señor Alcalde para que pueda acordar la finalización de la suspensión mediante resolución que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

3°. Instar al Área de Convivencia y Sostenibilidad y a la Policía Local de Estella-Lizarra para que durante el plazo de suspensión acordado, se implementen los medios necesarios para dar a conocer a la ciudadanía de Estella-Lizarra el contenido de la regulación aprobada, instando en todo caso al cumplimiento de sus disposiciones, incluyendo la señalización horizontal y vertical de las distintas zonas conforme a lo dispuesto en los preceptos de la ordenanza.

4°. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su conocimiento, dando traslado del mismo a la Policía Local de Estella-Lizarra a los efectos oportunos.

Estella-Lizarra, 13 de febrero de 2019.–El Alcalde, Koldo Leoz Garciandia.

Código del anuncio: L1902147