BOLETÍN Nº 173 - 3 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 155/2019, de 13 de agosto, del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en términos municipales de Atez y Juslapeña.

Con fecha 22 de mayo de 2019, don Eduardo Ryan Murúa, en representación de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ha solicitado autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

–Expediente: SAT10989 (Ref.: 2019-003 BOSLAN/VG).

–Ubicación de la instalación: Atez y Juslapeña.

–Finalidad: Atender la demanda de energía eléctrica y actualizar las instalaciones existentes.

–Características técnicas: Línea aérea de alta tensión a 13,2 kV de enlace entre el apoyo 432 de la línea “Ulzama-Ostiz Cto. 2” y el apoyo 2213 de la línea “S. Cristóbal-Ulzama Cto. 1” (1.905 metros de conductor 100A1/S1A).

–Presupuesto: 184.040,43 euros.

I.–Información pública.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 107 y en el Diario de Navarra, ambos de fecha 4 de junio de 2019, remitiéndose asimismo a los Ayuntamientos de Atez y Juslapeña para su exposición al público. No se han recibido alegaciones.

Consta en el expediente informe del Ayuntamiento de Atez de 6 de junio de 2019 (Referencia: 19/297), en el que solicita la modificación de la ubicación de los apoyos 431 y 432. Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. indica que el proyecto contempla la sustitución del apoyo número 432, ya existente, por otro nuevo, pero no prevé ninguna actuación en el tramo de línea eléctrica situada entre los apoyos número 431 y número 432.

Consta en el expediente informe del ayuntamiento de Juslapeña de 4 de junio de 2019 (Referencia: 18/305 (2)). Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., indica que no tiene nada que objetar con respecto a dicho informe.

II.–Organismos y empresas afectadas.

Remitida separata a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 27 de mayo y 25 de junio de 2019), no se ha manifestado al respecto.

El Servicio de Conservación, en documento de 4 de mayo de 2019 (Expediente: 2019/431222), indica que “no se observa ningún inconveniente para llevar a cabo dichas obras, siempre que se cumplan las siguientes condiciones técnicas:

–Las torres o los postes de sustentación de la línea deberán situarse a una distancia mínima de la línea exterior de delimitación de la calzada, equivalente a su altura y no inferior a 18 metros, de forma que en su caída no afecte a la calzada.

–La altura mínima que deberá quedar entre la plataforma de la carretera y el cable más bajo en ningún caso sería inferior a 7 metros.

No obstante, previo a dicha ejecución el Promotor deberá solicitar la preceptiva autorización a este Dirección General de Obras Públicas indicando cuáles serán las afecciones a la Red de Carreteras de Navarra”.

Remitida separata a Telefónica de España, S.A.U., solicitando la emisión de informe (oficios de fechas 27 de mayo y 25 de junio de 2019), no se ha manifestado al respecto.

Mediante Resolución 336E/2018, de 31 de octubre, de la Directora de Servicio de Territorio y Paisaje, se concedió Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 48/2016, de 15 de enero, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación (Boletín Oficial de Navarra número 20, de 1 de febrero de 2016), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial don Marcos Hernando Tuesta, concediéndole un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

4. Reconocer a la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

5. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

6. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

8. Trasladar esta Resolución al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, al Servicio de Asistencia Jurídica y Administrativa, y al Servicio de Conservación, a los efectos oportunos.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

10. Notificar esta Resolución a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., a Telefónica de España, S.A.U., y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Notificar esta Resolución a los Ayuntamientos de Atez y Juslapeña, y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 13 de agosto de 2019.–La Jefa de la Sección de Infraestructuras Energéticas, Laura Larraya Irigoyen. Suplente del Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial. (En virtud de la Resolución 167/2017, de 30 de noviembre, de la Directora General de Industria, Energía e Innovación, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 240, de 18 de diciembre de 2017).

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