BOLETÍN Nº 160 - 16 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

FUSTIÑANA

Retribuciones y régimen de dedicación
de los miembros de la corporación municipal

El M.I. Ayuntamiento de Fustiñana en sesión extraordinaria de Pleno celebrada el día 11 de julio de 2019, adoptó entre otros el acuerdo que se transcribe a continuación:

Establecer de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra, y artículo 75 y 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, lo dispuesto en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y normativa concordante, asimismo lo dispuesto en la Ley Foral 21/2014 por la que se establece un sistema de compensación económica a los Ayuntamientos de Navarra que abonan a sus miembros retribuciones o asistencias por el ejercicio de sus cargos, y artículo 37, 3.d) del Estatuto de los Trabajadores las siguientes retribuciones e indemnizaciones y asistencia a órganos colegiados de los miembros de la Corporación con efectos desde la toma de posesión y en el caso del señor Alcalde desde la fecha de pase a servicios especiales.

1.–Por asistencias a sesiones de Pleno y Comisiones u órganos colegiados.

–Ciento veinticinco euros (125,00) por asistencia a sesión de pleno.

–Ochenta y cinco (85,00) por asistencia a comisión u órgano colegiado.

El limite máximo anual de percepción por asistencias a Pleno o comisiones se establece en 2.000,00 euros.

2.–Los Tenientes de Alcalde y concejales delegados de subárea independientemente de las asignaciones establecidas por asistencia a sesiones de Pleno y comisiones u órganos colegiados percibirán anualmente en concepto de labores propias del cargo la cantidad de 2.000,00 euros.

3.–El Alcalde-Presidente tendrá una dedicación exclusiva, siendo funcionario del Gobierno de Navarra pasara a servicios especiales percibiendo la cantidad de bruta de 31.982,62 euros anuales que corresponde al reintegro de su salario bruto como funcionario por importe de 23.580,62 euros (descontado el grado y antigüedad que sigue abonando el Gobierno de Navarra y la cantidad de 8.400,00 euros de ejercicio de Alcaldía

Asimismo percibirá la cantidad anual de 1.500,00 euros para gastos de representación de difícil justificación.

4.–Todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados en los términos y cuantía que se establezca cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Fustiñana, 12 de julio de 2019.–El Alcalde-Presidente, Sergio Vitas Aguirre.

Código del anuncio: L1909538