BOLETÍN Nº 160 - 16 de agosto de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CENDEA DE OLZA

Nombramiento de la Junta de Gobierno Local

El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Cendea de Olza/Oltza Zendea, el día dos de julio de dos mil diecinueve, dictó la Resolución 267/2019.

Por la se designan a los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento y se efectúan las delegaciones de atribuciones correspondientes a la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local.

Primero: Designar como miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento a los/las siguientes señores/as concejales/as:

–Doña María Isabel Blanco Álvarez.

–Don Amaia López de Ipiña Aldaba

–Don Daniel Beunza Hernández.

–Presidente: don Moisés Garjón Villanueva (Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cendea de Olza/Oltza Zendea).

Segundo: Efectuar las siguientes delegaciones de atribuciones correspondientes a la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local:

–Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal con carácter fijo y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

–Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

–En materia de contratación, las competencias atribuidas a la Alcaldía en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con el límite de los contratos cuyo valor estimado no exceda de 15.000 euros, cuando se trate de suministros o servicios; y de 40.000 euros cuando se trate de contratos de obras, cuya competencia seguirá correspondiendo a la Alcaldía.

Tercero: La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Cuarto: En cualquier momento esta alcaldía podrá avocar para sí, con carácter individualizado, cualquier asunto entre los comprendidos en la esfera de las competencias delegadas y resolver sobre el mismo.

Quinto: Independiente de las competencias que se delegan esta alcaldía podrá someter a consideración de la Junta de Gobierno Local como órgano de deliberación, asesoramiento y apoyo a esta alcaldía cualquier asunto de su competencia que sea delegable y someterlo a votación.

Sexto: El nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local requiere para su eficacia la aceptación por parte de los Concejales designados. El nombramiento se entenderá aceptado si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de esta Resolución los Concejales designados no hacen manifestación expresa ante el órgano que los nombró de que no aceptan el nombramiento.

Séptimo: La delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local requiere para su eficacia la aceptación por parte de la citada Junta. La delegación se entenderá aceptada si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de esta Resolución la Junta de Gobierno Local no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación. Igualmente podrá aceptarse expresamente en la sesión en la que se dé cuenta a la Junta de Gobierno Local de la presente Resolución.

Octavo: La presente Resolución será notificada a los designados, será publicada en el Boletín Oficial de Navarra y en Tablón de Anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.

Noveno: En lo no previsto en esta Resolución, regirán la LRBRL, el ROF y la LRJSP en el marco de las reglas que para estas Delegaciones se establecen en estas Normas.

Décimo: Dar cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Lo que notifico para dar conocimiento y efectos, advirtiendo que contra este Acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos: Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este Acuerdo. Recurso Contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo.

Cendea de Olza, 8 de julio de 2019.–El Alcalde, Moisés Garjón Villanueva.

Código del anuncio: L1909438