BOLETÍN Nº 196 - 4 de octubre de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Ludoteca Municipal "La Cometa"

El Ayuntamiento de Tudela, reunido en sesión plenaria de fecha 5 de julio de 2012, acordó aprobar inicialmente la modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Ludoteca Municipal "La Cometa".

El anuncio de la aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 143, de fecha 20 de julio de 2012, en el que se establecía un plazo de treinta días a fin de que los vecinos e interesados legítimos pudieran examinar el expediente y en su caso formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Habiendo transcurrido el plazo de información pública de treinta días, contados a partir de la publicación del anterior acuerdo y no habiéndose formulado reclamaciones, reparos u observaciones al mismo, de conformidad con los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra y conforme a la Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la LRBRL en cuanto al artículo 49, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo procediéndose a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del texto íntegro de la citada modificación.

Tudela, 24 de septiembre de 2012.-El Alcalde-Presidente, Luis Casado Oliver.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA LUDOTECA MUNICIPAL "LA COMETA"

Preámbulo: (Nueva redacción párrafo segundo).

"En este sentido y, teniendo en cuenta que el juego es un derecho del niño que le permite adquirir habilidades y competencias cognitivas, afectivas y sociales necesarias en el futuro, el Ayuntamiento de Tudela creó el servicio de Ludoteca Municipal, cuyo funcionamiento se regula mediante esta norma".

Artículo 4. Requisitos para utilizar el servicio de Ludoteca (nueva redacción).

"Podrán utilizar el servicio de Ludoteca Municipal todos los/as niños/as que tengan entre 3 y 12 años de edad.

Es preciso rellenar la ficha de datos personales, que se aportará junto con la autorización firmada de los padres/madres o tutores/as y de una fotografía tipo carnet (Anexo 1). Además se abonará la cuota correspondiente en el SAC o el importe de la entrada en la ludotecas."

Artículo 5. Horario del servicio (nueva redacción).

"Los horarios de prestación del servicio son:

-De lunes a viernes: de 17:00 a 19:00 horas.

-Sábados: de 11:00 a 13:00 horas.

-En periodo de vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa, el horario es de lunes a sábados de 11:00 a 13:00 horas."

Artículo 6. Número de usuarios y turnos.

Se suprime el párrafo tercero.

Artículo 7. Padres y tutores (se añade un párrafo primero).

"Los padres y madres o tutores/as no podrán permanecer en la Ludoteca durante el tiempo de juego".

Artículo 8. Forma de participación infantil (se añaden dos líneas).

"-Juego dirigido.

-Talleres semanales."

Artículo 14. Infracciones (nueva redacción puntos 3 infracciones).

-Infracciones leves.

"3) El retraso de hasta quince minutos en la recogida de los niños/as por parte de los padres/madres o tutores/as a la hora del cierre del servicio".

-Infracciones graves.

"3) El retraso de hasta una hora en la recogida de los niños/as por parte de los padres/madres o tutores/as a la hora del cierre del servicio".

-Infracciones muy graves.

"3) El retraso de más de una hora en la recogida de los niños/as por parte de los padres/madres o tutores/as, a la hora del cierre del servicio, por lo que supone grave obstrucción al normal funcionamiento del servicio".

Artículo 16. Sanciones (nueva redacción párrafo segundo y cuarto, y se añade un nuevo párrafo quinto).

-Párrafo segundo:

"Las sanciones se impondrán previo informe de las Monitoras de la Ludoteca y audiencia a los responsables y las mismas serán notificadas por escrito a los padres/madres o tutores/as de los niños".

-Párrafo cuarto.

"El carnet se remitirá a las oficinas del Centro de Gestión de Educación, donde será retenido hasta que se tramite el expediente oportuno y sea impuesta la sanción, si corresponde, al usuario/a infractor".

-Párrafo quinto.

"El carnet se retendrá en las oficinas del Centro de Gestión de Educación los días precisos para que se cumpla la sanción impuesta, si esta fuera la de privación temporal del uso de la Ludoteca".

Anexo (se refunde el párrafo primero y el segundo en uno solo y nueva redacción).

"ANEXO 1

Requisitos:

Tener entre 3 y 12 años de edad.

Rellenar la autorización y la ficha de datos personales.

Entregar una fotografía tipo carnet."

Código del anuncio: L1213598