BOLETÍN Nº 114 - 16 de septiembre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

EL BUSTO

Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del registro municipal de parejas estables no casadas

La Asamblea Vecinal del Ayuntamiento de El Busto, en sesión de fecha 21 de mayo de 2008, acordó aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de la organización y funcionamiento del registro municipal de parejas estables no casadas de El Busto. Habiendo transcurrido el plazo establecido por el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra para la exposición pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 20, de fecha 13 de febrero de 2008, sin que se hubieran presentado reclamación alguna al respecto.

El Busto, 31 de agosto de 2009.-El Alcalde, Jesús Ripa Asensio.

Anexo

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se procede a publicar íntegramente su texto.

Artículo 1.º Carácter administrativo.

El registro municipal de parejas estables no casadas del Ayuntamiento de El Busto, tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones de convivencia, no matrimoniales, así como su terminación, en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente ordenanza.

Artículo 2.º Unión no matrimonial.

Se considera no matrimonial la unión libre y pública, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su orientación sexual, de los personas mayores de edad o menores emancipadas sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ellas esté unidad por vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra persona.

Artículo 3.º Unión estable.

Se considera que la unión es estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido maritalmente, como mínimo, un periodo ininterrumpido de un año, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una unión de convivencia estable en documento público.

Artículo 4.º Inscripción en el Registro.

Podrán instar su inscripción en el Registro, aquellas parejas estables, independientemente de su sexo, que por su libre y pleno consentimiento hayan constituido una unión de convivencia no matrimonial.

Para acceder al Registro, la unión deberá tener carácter estable, conforme se dispone en el artículo tercero.

Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el Municipio de El Busto por su condición de residente habitual.

Asimismo ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro registro de parejas estables no casadas.

Artículo 5.º Primera inscripción.

La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante el funcionario encargado del Registro, para declarar la existencia entra ellas de una unión de convivencia no matrimonial.

No se procederá a practicar inscripción alguna si alguno de los comparecientes es menor de edad no emancipado o si son entre sí parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar dictamen médico de su aptitud para consentir en la constitución una unión de convivencia no matrimonial.

Asimismo se denegará la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese ligado por vínculo matrimonial o declarado incapaz para contraer matrimonio.

Artículo 6.º Anotación de circunstancias y convenio relativos a la pareja.

En ese primer asiento, podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiesten los comparecientes.

También podrán anotarse, mediante transcripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión: en dicha anotación se hará constar la naturaleza del Convenio, su denominación y la del régimen económico, en su caso, y el documento público o privado en virtud del cual se extiende el asiento. Para ello deberán presentarse tres copias de dicho documento, dos de las cuales serán devueltas a cada uno de los miembros de la pareja y la tercera quedará archivada en el legajo correspondiente del registro municipal de parejas estables no casadas del Ayuntamiento de El Busto. En los títulos que se devuelven a los interesados se pondrá nota firmada en la que se consignará el tomo y el folio en que consta la anotación.

Los contenidos indicados en lo párrafos anteriores podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas.

Todas las inscripciones que puedan practicarse en el registro municipal de parejas estables, lo serán a instancia conjunta de los dos miembros de la unión no matrimonial, no obstante, las anotaciones que se refieran a la terminación o extinción de la unión, podrán practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Artículo 7.º Disolución de la pareja estable:

-Por matrimonio de uno de sus miembros.

-Por mutuo acuerdo.

-Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, notificada fehacientemente al otro.

-Por cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.

-En los supuestos acordados por sus miembros en escritura pública.

En cualquiera de los supuestos anteriormente relacionados, ambos miembros están obligados a notificarlo e instar la disolución ante la persona encargada del registro municipal de parejas estables, no obstante la anotación que se refiere a la terminación o extinción de la unión, podrá practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Artículo 8.º Ubicación del Registro.

El Registro estará ubicado en la Secretaría General del Ayuntamiento.

Artículo 9.º Libro general del Registro.

El Registro se materializará en un libro general, en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes.

El libro estará formado por hojas móviles, foliadas y selladas, y se abrirá y cerrará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Artículo 10. Inscripción básica.

La primera inscripción de cada pareja tendrá el carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotará cualquier otro asiento que se produzca con posterioridad en el libro general principal relativo a esa unión.

Artículo 11. Libro auxiliar.

El Registro tendrá también un libro auxiliar ordenado por apellidos de los inscritos en el que expresará el número de las páginas del libro general en las que existan anotaciones que les afecten.

Artículo 12. No publicidad de los asientos.

Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los inscritos en el Registro, no se dará publicidad alguna al contenido de los asientos, salvo las certificaciones que expida el funcionario encargado del Registro a instancia exclusivamente de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces o Tribunales de Justicia.

Artículo 13. Gratuidad del Registro.

Tanto las inscripciones que se practiquen, como las certificaciones que se expidan, serán totalmente gratuitas.

Artículo 14. Igualdad de tratamiento.

En el Ayuntamiento de El Busto, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el registro municipal de parejas de hecho, recibirán el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

En las materias no previstas expresamente en esta Ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 6/2000, para la igualdad jurídica de las parejas estables.

ANEXO I

En el Ayuntamiento de El Busto, el día ........................ comparecen conjuntamente:

Don/Doña .........................................., natural de ...................... con domicilio y empadronamiento en ......., mayor de edad (menor emancipado, según documento que aporta) y con D.N.I. número ............... y,

Don/Doña .........................................., natural de ...................... con domicilio y empadronamiento en ......., mayor de edad (menor emancipado, según documento que aporta) y con D.N.I. número ...............

Y manifiestan:

Que desean ser inscritos/as como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de ese Ayuntamiento y, conforme a la Ordenanza reguladora y, a ese fin,

Declaran:

Primero.-Que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en ..................... (se recuerda a Don/Doña .................................. la obligación de empadronarse en el municipio de domicilio más habitual de conformidad con el artículo 15 de la L.R.B.R.L).

Segundo.-Que ninguno de ellos/ellas está unido/a por vínculo matrimonial ni entre los/las mismos/mismas ni con otra persona.

Tercero.-Que entre los/las comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto.-Que ninguno de ellos está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto.-Que no/sí desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto.-Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de El Busto a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos está unido por vínculo matrimonial ni entre los mismos ni con otras personas, ni ninguno de ellos está inscrito en ningún otro registro de parejas de similar objeto y contenido.

Por todo lo cual,

Solicitan sean inscritos en el referido Registro Municipal de parejas estables no casadas en este Ayuntamiento de El Busto.

Firmado: ...................................... Firmado: ....................................

ANEXO II

En el Ayuntamiento de El Busto, el día ........................ comparecen: Don/Doña ............................, con D.N.I. número .......................,

Y manifiesta/n que, de conformidad con lo previsto en la ordenanza municipal reguladora de la organización y funcionamiento del registro municipal de parejas estables no casadas, desea dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al registro municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual, solicita/n se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Firmado: ...................................... Firmado: ....................................

Código del anuncio: L0921686