BOLETÍN Nº 57 - 7 de mayo de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 197/2008, de 25 de enero, del Director General de Medio Ambiente y Agua por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de "Acondicionamiento y mejora de la carretera NA-1370, Isaba-Francia, p.k. 11+800 a p.k. 26+000 (límite con Francia)", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

El proyecto, por sus posibles afecciones sobre los Lugares de Interés Comunitario LIC "Larra-Aztaparreta" (ES2200001) y LIC "Ríos Esca y Biniés" (ES2200027) debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ya que se encuentra comprendido en el Anejo 3 A, subapartado F, punto 5 e, "Afección a zonas de especial protección designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CE y 92/43/CE ", del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental. Igualmente debe efectuarse en el mismo procedimiento administrativo una adecuada evaluación de las repercusiones del proyecto sobre los LIC conforme al Artículo 6 de la Directiva 92/43/CE.

Con objeto de iniciar el procedimiento, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones presentó con fecha 28 de septiembre de 2006, ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, la documentación técnica y el 6 de febrero de 2007 el Estudio de Impacto Ambiental. El Servicio de Integración Ambiental informó el 14 de marzo de 2007 sobre los aspectos que no estaban suficientemente analizados y sobre los impactos más significativos que podría generar el proyecto. Teniendo en cuenta el contenido del informe se profundizó en el estudio de determinados capítulos del EIA y se elaboró un nuevo proyecto técnico, dividido en dos tramos, de mayo de 2007. Con fecha 12 de julio de 2007, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones presentó el EIA adecuado al nuevo Proyecto técnico. Con fecha 3 de agosto de 2007 el Director General de Medio Ambiente informó sobre la suficiencia del Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50.2 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre. En el Anexo 1 se resumen los datos esenciales del proyecto y en el Anexo 2 las principales conclusiones del estudio de impacto ambiental.

Mediante Orden Foral 112/2007, de 31 de agosto, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se aprobó provisionalmente el proyecto y se sometió a información pública conjuntamente con el estudio de impacto ambiental a efectos de bienes y derechos afectados y a efectos de evaluación de impacto ambiental.

Dicha Orden Foral fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 116, de 17 de septiembre de 2007.

Durante la exposición pública se recibieron cinco alegaciones presentadas por doña Juana María Ezquer Marco en representación propia y de M.ª Teresa Ezquer Marco, la Junta General del Valle de Roncal, don Diego Bueno de Miguel, Izquierda Unida de Navarra y don Angel María Barace Garcés. En el anexo 3 se incluye el resultado del trámite de información pública.

El Servicio de Calidad Ambiental informa que el procedimiento de evaluación de impacto ambiental se ha llevado a cabo completo y se ha efectuado la evaluación de las repercusiones en los LICs Larra-Aztaparreta y Rios Esca y Biniés. Asimismo indica que el proyecto sometido a Evaluación de Impacto Ambiental propone como alternativa única el ensanche y mejora en todo el tramo de la carretera, consiguiendo un ancho uniforme y justifica la decisión en que es la única solución que puede garantizar los objetivos de seguridad y servicio establecidos para el proyecto. El Estudio de Impacto se ha realizado, por tanto, sobre esta propuesta identificando los puntos y tramos del proyecto con mayor riesgo de incidencia en las especies y los hábitats y teniendo especialmente en cuenta lo establecido para los espacios de la Red Natura. Se establecen medidas correctoras para reducir la afección sobre las especies de flora de interés y sobre los hábitats. Sin embargo, dadas las características del área y la existencia de los espacios protegidos, esas medidas requieren una mayor precisión en fase de obras y deben concretarse y balizarse sobre el terreno en la fases previas al inicio de los trabajos, con el fin de evitar afecciones no previstas y garantizar la preservación de los principales valores naturales.

En el EIA presentado por el promotor se identifica un conjunto de riesgos de incidencia de las barreras antiventiscas y antialudes sobre la fauna amenazada y se propone estudios de seguimiento y análisis. No obstante se incluyen en el proyecto diversas actuaciones que el promotor considera imprescindibles para garantizar la seguridad de la carretera. El Servicio de Calidad Ambiental informa también que dichas barreras antiventiscas y antialudes no deben llevarse a cabo hasta contar con un estudio más detallado que incluya trabajo de campo y permita valorar con un nivel superior de certeza los riesgos sobre la fauna amenazada, por lo que propone condicionar dichas actuaciones a la realización de los estudios pertinentes. Además, el Servicio de Calidad Ambiental, tras la revisión detallada de las áreas previstas como vertedero, considera que deben evitarse los vertidos dentro del espacio de la Reserva Natural de Larra y utilizar con condiciones el resto de vertederos previstos en el proyecto y analizados en el EIA.

En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental está completo y que han sido analizadas las alegaciones, de conformidad con el artículo 1.d de la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se delega el ejercicio de Competencias en materia medioambiental,

RESUELVO:

1.º Formular Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de "Acondicionamiento y mejora de la carretera NA-1370, Isaba-Francia, p.K. 11+800 a p.k. 26+000 (límite con Francia)", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, considerando que el proyecto es ambientalmente viable.

2.º El proyecto de "Acondicionamiento y mejora de la carretera NA-1370, Isaba-Francia, p.K. 11+800 a p.k. 26+000 (límite con Francia)", se llevará a cabo cumpliendo además de todas las medidas correctoras incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el Proyecto de mayo de 2007, las siguientes condiciones:

A) En relación con las estructuras antialudes y antiventiscas:

-Se excluye la implantación en el momento actual de cualquier nueva infraestructura antiventisca y antialudes en tanto no se cuente con estudios que aseguren suficientemente la no afección a las especies amenazadas.

-El estudio se efectuará de acuerdo con las condiciones establecidas en el anexo IV de esta Resolución. Los resultados de los estudio de fauna y de la dinámica nival determinarán en su caso la necesidad de modificación o eliminación de las estructuras instaladas y las actuaciones futuras en relación a los problemas derivados de aludes y ventiscas.

-Se realizarán a partir del invierno 2007-2008 por parte del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones los estudios sobre la dinámica nival de la zona, con toma exhaustiva de datos de las precipitaciones, así como del comportamiento de las estructuras antiventiscas y antialudes ya instaladas, con el fin de medir su eficacia y/o adecuada localización y dimensionamiento.

-Simultáneamente, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones deberá realizar estudios con el fin de determinar el uso del hábitat por parte de las especies amenazadas. Una vez finalizado el estudio que incluya los análisis en las distintas época del año (migración, reproducción e invernada), la Dirección General de Medio Ambiente y Agua informará sobre las propuestas de instalaciones antialudes y antiventicas que el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones considere necesario llevar a cabo para garantizar la seguridad de la carretera.

-Los estudios deberán detallar y cuantificar las poblaciones existentes de las especies amenazadas y en especial de perdiz pardilla y si se producen situaciones de riesgo como consecuencia de la presencia de las barreras antiventisca y antialudes.

-Además, como las especies que tienen más riesgo de sufrir incidencias con las barreras son principalmente las aves rapaces, fundamentalmente las carroñeras (buitre leonado, alimoche y quebrantahuesos) o milanos reales y azores, los trabajos se centrarán en definir la presencia de estas especies, el uso del hábitat y los periodos de mayor actividad, las direcciones de los desplazamientos así como la altura de vuelo.

-No se pintarán ni se efectuará plantaciones en el entorno de las barreras antiventiscas y antialudes hasta haber comprobado la eficacia de las mismas y la inexistencia de afecciones en la fauna amenazada.

B) En relación con las afecciones sobre la fauna, flota y vegetación:

-Deberá contratarse un técnico ambiental que, durante la época adecuada, valore la afección en la fauna y flora protegida así como de los hábitats de interés de la reserva y su banda de protección con el fin de minimizar el impacto final del proyecto.

-En las inmediaciones del pK 21 (pK 20+800-pK21+200) se evitará causar afecciones a las especies protegidas de la zona, además de las señaladas en el EIA: Nigritella gabasiana, Cirsium glabrum (en margen izquierdo) y Gentiana occidentalis, Saxifraga umbrosa e Hypericum richeri subsp burseri (en margen derecho), también se ha detectado en la zona Sanguisorba oficinalis, señalada en el estudio pero no localizada. Si no se pueden conservar las plantas de interés de ambas márgenes de la carretera y es preciso seleccionar una de las dos alternativas (margen izquierdo o derecho), se considera más importante la conservación de Nigritella gabasiana y Cirsium glabrum. La propuesta de trasplantar los ejemplares de Nigritella gabasiana y Cirsium glabrum no se considera adecuada ya que se valora que no existe suficiente respaldo técnico-científico para llevar a cabo esta medida. La decisión final dependerá del replanteo que se realice conjuntamente con el personal técnico designado por la Dirección General de Medio Ambiente y Agua.

-De acuerdo con lo que se indica en el EIA para reducir las afecciones sobre los hábitats de interés, se conservará el roquedo situado en el margen izquierdo del pK 13+100, ampliando la carretera hacia el margen derecho.

-Con el fin de garantizar la menor afección sobre la fauna amenazada en el tramo comprendido entre la boca sur del túnel p.k. 22 y el p.k. 23+500, sólo se trabajará en las obras en el periodo comprendido entre mediados de julio y noviembre. No obstante se puede circular por este tramo durante dicho periodo para realizar las obras del tramo siguiente.

C) En relación con los vertederos:

-Se desestima la localización del área de vertido número 5, en la margen izquierda de la carretera, entre los pK 25+100-pK25+300, dentro de la propia Reserva Natural de Larra, por sus afecciones a la vegetación y al paisaje.

-En cuanto al vertedero número 2, junto al refugio de Angel Olorón, deberá garantizarse la naturalización final con objeto de no aumentar las infraestructuras artificializadas de la zona. Para ello se retirará la capa de tierra vegetal y se aplicarán las técnicas más adecuadas en el contexto de la zona para la naturalización final de la actuación.

-El volumen de sobrantes propuestos a depositar en los vertederos número3, aparcamiento de El Ferial, y número4, aparcamiento de La Contienda, no deberá sobrepasar en ningún caso, junto con los vertidos ya depositados, ni la superficie de vertido ni el volumen autorizado en el Proyecto de Acondicionamiento del Centro de Esquí Nórdico del Valle de Roncal, trazado 2005, promovido por la Junta general del Valle de Roncal y sobre el que se formuló Declaración de Impacto Ambiental en la Resolución 1315/2006, de 26 de mayo, del Director General de Medio Ambiente.

D) En relación con las medidas de revegetación e integración paisajística:

-Se programarán adecuadamente los trabajos propiamente constructivos con los de restauración, con el fin de que éstos últimos se realicen de forma progresiva e inmediata a los acabados de la obra civil.

-Se efectuará la revegetación mediante tepes siempre que sea posible. Para ello una vez efectuado el replanteo y antes de la entrada de las máquinas la Dirección de Obra en coordinación con el Servicio de Calidad Ambiental indicará sobre el terreno las zonas a reservar los tepes.

-La reposición de los tepes se realizará cumpliendo escrupulosamente las condiciones indicadas en el estudio de impacto y siempre tratando de que transcurra el menor tiempo posible y acumulando los tepes en el entorno inmediato de la extracción, sin compactación, con adecuada aireación y manteniendo el adecuado nivel de humectación de los mismos.

-No se realizarán acopios de tierra vegetal, ni de cualquier otro material relacionado con la obra en las inmediaciones de zonas ambientalmente sensibles. En ningún caso quedarán enterradas las bases de los árboles del entorno que no haya sido preciso apear en la mejora de la carretera.

E) Programa de Vigilancia Ambiental:

-Se desarrolla íntegramente el Programa de Vigilancia Ambiental incluido en el Estudio de Impacto Ambiental tramitado.

-Antes del inicio de las obras se efectuarán las siguientes actuaciones:

.Previamente al inicio de los trabajos el responsable ambiental de la Dirección de Obra junto al técnico del Servicio de Calidad Ambiental revisarán el planning de trabajo con el fin de comprobar que se respetan las restricciones en las zonas sensibles.

.Se efectuará un control sobre los límites de ocupación de la obra, comprobándose que la ocupación realizada se corresponde con las previsiones del proyecto, y con lo delimitado en la fase de replanteo, sin afectar a más superficie de la prevista. La frecuencia de los controles será semanal.

.Previamente al inicio de cada uno de los tajos, se comprobará que la localización de las instalaciones provisionales se corresponde con lo definido en las medidas de protección del Estudio de Impacto Ambiental o de lo señalado en el replanteo. Durante el tiempo de ejecución de las obras se realizarán controles mensuales en este mismo sentido.

.Antes del inicio de la obra se realizará una comprobación de la correcta y diferenciada señalización de los árboles a talar y de los que no serán eliminados, así como de los sistemas de protección si fueran necesarios.

.Se comprobará la señalización de las zonas más sensibles de flora, vegetación y hábitats que vayan a ser afectadas por las obras sobre las que se hayan propuesto medidas preventivas o alternativas que atenúen o eviten los posibles impactos. con frecuencia mensual.

-Durante las obras:

.Se realizarán controles de las condiciones de almacenamiento y mantenimiento de tepes, con frecuencia semanal.

.Durante los trabajos de decapado de suelo se realizarán controles de esta operación, en los que se definirán los espesores de tierra a retirar, de tal modo que se garantice que los materiales tengan las características de tierra vegetal y por tanto son aptos para su posterior reutilización en las tareas de restauración.

.A lo largo de las obras se realizarán inspecciones quincenales, en las que se definirán, si fuera necesario, actuaciones complementarias.

.Durante toda la explotación de los vertederos se realizarán inspecciones visuales semanales para controlar la forma de depósito de los materiales. Una vez concluida la explotación se revisará la forma de acabado y las tareas de restauración y revegetación.

.Se realizará el seguimiento de las labores de abandono de las obras: retirada de todos los restos de obra, regularización de superficies utilizadas para depósito de materiales, maquinaria, cierre de vías auxiliares, etc.

-En la fase de explotación:

.Se realizará el seguimiento de las medidas de restauración aplicadas con el fin de comprobar su eficacia, con la frecuencia establecida en el EIA Se propondrán a la vista de los resultados, si fuera necesario, actuaciones complementarias.

.Se elaborará el informe final sobre la incidencia en la Red Natura detallando la superficie afectada de cada uno de los tipos de hábitats y táxones analizados.

.Se efectuarán los estudios de seguimiento de la fauna amenazada en el entorno de la carretera y en relación con las barreras antialudes y antiventiscas. El protocolo de este seguimiento y su duración se establecerá por la Dirección General de Medio Ambiente y Agua a la vista de los resultados obtenidos durante el primer año de los estudios.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

4.º Notificar esta Resolución al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, al Servicio de Calidad Ambiental, a los alegantes y al Ayuntamiento de Isaba, a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de enero de 2008.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

ANEXO I

Resumen del proyecto

El proyecto tiene como objeto garantizar la seguridad del tráfico invernal en la carretera NA-1370, Isaba-Francia, en el tramo correspondiente al puerto de Belagua. Las actuaciones consisten en el acondicionamiento y mejora de la carretera desde el pk11+800, inmediatamente antes del puente sobre el río Belagua, y finaliza en el pk 26+280 en la muga con Francia, en una distancia total de 14,480 Km, y en diversas actuaciones para evitar o disminuir el efecto de aludes y ventiscas.

En lo que hace referencia a la carretera, el acondicionamiento supone un ensanchamiento de la sección transversal a 6 m y una mínima corrección de trazado, dándole continuidad geométrica, de tal modo que las obras de desmontes son mínimas. Cuando el ensanchamiento se realiza hacia la zona del terraplén se construyen muros de escollera. Se mejora el drenaje y el balizamiento. Además de la ampliación del puente sobre el río Belagua se efectúa el arreglo del túnel de Larra.

Las actuaciones para paliar los problemas derivados de aludes y ventisqueros se concretan en: instalación de seis barreras antiventisca y de una barrera antialudes de 396 metros localizada en la zona de Yeguaceros, del pK 16+150 a 16+300 de la carretera, por encima de las instaladas en el año 2005. Se efectúan también sobreanchos de la carretera en dos puntos entre los pK 20 y 21, con una longitud de 100 m cada uno de ellos.

El volumen de materiales excavados en la obra es de 51.200 m³. El material necesario para terraplenes, rellenos de escolleras, bases, etc. es de 42.320 m³. Los materiales de excavación en su mayor parte no son aptos para rellenos.

Para el depósito de los sobrantes de la excavación se prevén cinco áreas de vertido localizadas en los siguientes puntos: vaguada situada en la margen izquierda de la carretera a la altura del pK 12+500 en donde se localiza la Borda del Indiano, vaguada aneja al aparcamiento del Refugio de Belagua, a la altura del pK 18 de la carretera, aparcamiento de las pistas de esquí de El Ferial, a la altura del pK 21+500, aparcamiento de las pistas de esquí de La Contienda, en la curva helicoidal, pK 24+660 a 24+900 y vaguada en la margen izquierda de la carretera, entre los pK 25+100 y 25+300.

El material de préstamos necesario será aportado desde canteras en explotación o, en los casos en los que pueda utilizarse, procederá de las excavaciones de la propia obra.

ANEXO II

Resumen del estudio de impacto ambiental

El estudio de impacto ambiental analiza y evalúa los impactos derivados del proyecto de mejora de la carretera en su diseño de mayo de 2007, modificado con respecto al proyecto inicial de diciembre de 2004, como consecuencia del estudio de impacto ambiental realizado sobre el mismo. En dicho estudio de impacto se proponían una serie de modificaciones al proyecto, con el fin de reducir impactos, modificaciones que se recogen en el nuevo proyecto. Estas modificaciones se refieren principalmente a la no instalación, dentro de este proyecto, de nuevas barreras antialudes en la ladera de Lákora y dentro de la Reserva de Larra. A lo largo del desarrollo de este estudio se ha añadido otro cambio consistente en no extracción de gravas del río Belagua, estando previsto y presupuestado que los materiales necesarios sean aportados de cantera.

El tramo de carretera comprendido entre el pK 18+200 y el final de la actuación está incluido en el LIC de Larra-Aztaparreta ES2200001. Los tramos incluidos entre el pK 21+450 y el pK 24+400 y entre el pK 25+100 y el pK 25+900 están incluidos en la Reserva Natural de Larra.

Se efectúa un análisis de las principales características del medio físico y biológico del entorno del proyecto, con detallada información sobre la geología, hidrogeología, vegetación y fauna del área.

Se efectúa un detallado análisis de la vegetación y en especial de los hábitats incluidos en los anexos de la Directiva 92/42/CE presentes en el entorno afectable por el proyecto. Se identifican 28 tipos de comunidades vegetales de las cuales 21 son hábitats de interés (18 de interés comunitario y 3 de interés prioritario).

Para el análisis de la fauna el EIA ha considerado los datos de revisión bibliográfica, los datos existente en la Dirección General de Medio Ambiente, los resultados de los trabajos relacionados con la evaluación de impacto ambiental y el seguimiento del proyecto en fase de obras del Centro de esquí nórdico del Valle de Roncal y el trabajo efectuado por el equipo redactor del estudio de impacto durante el periodo 2006-primavera del 2007.

Se incluye un capítulo específico sobre las interferencias con la Red Natura 2000 que analiza y cuantifica la incidencia del proyecto sobre la conservación de los valores del LIC Larra-Aztaparreta. Indica el EIA que se efectúa el análisis de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE.

Se efectúa la identificación y valoración de impactos sobre los distintos componentes del medio tanto de las actuaciones en los márgenes de la carretera como para las barreras antiventisca y antialudes y para las áreas de vertido considerando un impacto entre compatible y moderado para la hidrología, los suelos, la vegetación, los usos, el patrimonio y el paisaje y se establecen las necesarias medidas precuatorias y correctoras. Sobre la fauna se efectúa una valoración de los impactos que puntualmente podría llegar a severo y se desarrollan medidas correctoras de mayor importancia para este componente del medio.

El EIA identifica una zona crítica para la fauna en fase de obras en la carretera entre la boca sur del túnel, pK 22, y el pK 23,5., que deberá tener la máxima protección y que contará con un seguimiento ambiental especial durante las obras, así como con una restricción en el periodo de la su ejecución.

Se identifica también la dificultad para valorar los riesgos de incidencia sobre la fauna en la zonas de antiventisca y antialudes y se establece la necesidad de elaborar estudios espcecíficos para conocer con precisión la posible incidencia derivada de la instalación de las barreras antialudes y antiventiscas.

ANEXO III

Resultado del trámite de información pública

-Alegación número 1: Doña Juana María Ezquer Marco, en representación propia y de M.ª Teresa Ezquer Marco.

Alegan con respecto a ocupación definitiva:

a) Que una vez realizados los trabajos de acondicionamiento, la parte afectada de la finca se deje en condiciones óptimas, tanto de cerramiento, cercado paso de acceso a la finca de vehículos, retirada total de escombros, etc.

Contestación:

El proyecto redactado al efecto contempla la realización de los trabajos necesarios para que las fincas afectadas recuperen las condiciones existentes antes de llevar a cabo las obras previstas.

b) Que si se viera afectado el acebo situado al lado de la queleta de entrada a la finca y fuera necesario quitarlo, sea retirado con la suficiente tierra y raíz y sea replantado y ubicado en una situación similar a la actual, es decir, a la entrada de la finca.

Contestación:

El proyecto redactado contempla la realización durante la fase de ejecución de las obras de un seguimiento ambiental de las mismas, estando prevista la adopción de medidas de recuperación ambiental de todo el entorno de la carretera afectado por las obras, por lo que se atenderá su petición expresamente, en caso de que el acebo resulte directamente afectado.

c) Que está expropiación definitiva tenga su correspondiente indemnización económica en base al terreno expropiado y a los daños y perjuicios causados.

Contestación:

El proyecto contempla la indemnización económica por la ocupación definitiva de los terrenos de la afectada, valorándose dentro de dicha indemnización los daños y perjuicios causados realmente a la misma.

Alegan con respecto a ocupación temporal "Zona de Vertedero".

a) Resarcimiento económico del arriendo de la finca para uso ganadero que se dejará de percibir durante el periodo de ocupación.

b) Resarcimiento económico correspondiente al arriendo de la borda que se dejará de percibir durante el periodo de ocupación.

Contestación:

El proyecto contempla los resarcimientos económicos correspondientes a todos los perjuicios reales, motivados por la ocupación del terreno previsto para vertedero.

c) Volver a cercar la finca tal como está y colocar queleta (verja) de entrada dejándola en las debidas condiciones y utilizando materiales óptimos.

d) Reconstruir acceso de entrada para vehículos hasta la/s borda/s.

Contestación:

El proyecto contempla reponer aquellos elementos afectados expresamente por la ocupación del terreno para su utilización como vertedero, efectuándose tal reparación con materiales de características similares a las existentes.

En relación al acceso a la borda, este se dejará en idénticas condiciones que el acceso tiene actualmente.

e) Que la superficie de la finca mantenga los m² actuales dándole la mayor nivelación posible al terreno.

Contestación:

El proyecto contempla solo una ocupación temporal de los terrenos ocupados por el vertedero. La ejecución del vertedero prevista mejora considerablemente el desnivel existente en la actualidad en la finca afectada.

f) Que se efectúe un recubrimiento de tierra óptimo en la totalidad de la finca para poder seguir con su uso de cultivo y pastos.

Contestación:

El proyecto contempla la retirada previa de todo el manto de tierra vegetal existente en la finca afectada por el vertedero, para su posterior extendido encima del mismo, al objeto de garantizar a futuro el uso de cultivo y pastos actuales.

g) Que, en vez de reconstruir la borda existente piedra por piedra, madera por madera y teja por teja, se construyan 2 bordas nuevas, una por parcela y propietaria, con planta baja y planta superior para uso de personas, con las máximas condiciones de habitabilidad que permite el Plan Municipal de Isaba en cuanto a altura, superficie, ventanas, chimenea, puerta y materiales, con una leñera o cobertizo lateral, cada una, con capacidad para poder resguardar leña, aparejos de trabajo o vehículo.

h) Que la segunda borda será en sustitución de otra borda que existió en su día y actualmente derruida.

Contestación:

El proyecto únicamente contempla la reparación y reposición de los daños reales que origina, es decir, la reposición concreta y específica de la borda existente, en sus condiciones constructivas y estéticas actuales en lo que a materiales se refiere, dado que el vertedero a realizar le afecta totalmente.

i) Que respecto al arbolado existente, se procure salvar el máximo de ejemplares: tilos, nogal, acebo y gurillones grandes. Y en caso de tener que arrancarlos, se vuelvan a replantar.

Contestación:

El proyecto contempla la recuperación ambiental del entorno próximo de las obras a ejecutar, por lo que se tendrá presente en esta recuperación la reposición del arbolado existente y que se vea realmente por la ejecución del vertedero.

j) Que sean compensados los gastos originados para realizar las gestiones pertinentes: desplazamientos, ausencias de trabajo, etc ...

Contestación:

El resarcimiento económico solo se produce en función de los daños y perjuicios realmente causados por la construcción del vertedero en la finca afectada.

k) Que una vez finalizados los trabajos se hará un seguimiento de la obra, para corregir posibles fallos del terreno, del buen drenaje del terreno, bajada y recogida de aguas, de desprendimiento de tierra, etc., si se detectarán anomalías se corregirán hasta quedar todo en perfectas condiciones, con el visto bueno del Departamento de Obras Públicas, responsable de dichos trabajos.

Contestación:

El proyecto contempla un seguimiento completo de todos los trabajos a realizar para la ejecución de las obras, al objeto de garantizar la buena ejecución de las mismas, en todas y cada una de sus partes.

l) Que si se materializa este posible acuerdo, se formalice por escrito con la firma de los interesados.

Contestación:

La publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de las alegaciones y las respuestas correspondientes se considera garantía suficiente del compromiso contraído por el Departamento de Obras Públicas, Transporte y Comunicaciones.

-Alegación número 2: Don Agapito Boj Garate en representación de la Junta General del Valle de Roncal:

Expone que en el proyecto de referencia aparece la construcción de un paso canadiense al lado de los miradores de la carretera, frente al cuartel "General Garrido", si bien su localización exacta se decidirá en obra.

Expone también que la Junta que él preside, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2007, acordó proponer al Departamento de Obras Públicas la construcción del paso canadiense al lado de la curva denominada "Cubeles".

Contestación:

El proyecto contempla la ejecución de un paso canadiense que se construirá al lado de la curva de Cubeles, tal y como se solicita.

-Alegación número 3: Don Diego Bueno de Miguel, en nombre propio.

Alega que se tenga en cuenta la denuncia presentada al fiscal de medio ambiente a modo de alegación, para la no inclusión de la barreras antiventisca y antialudes, del proyecto de mejora de la carretera Isaba-Francia.

En su denuncia se remite la instalación de 617 metros lineales de barreras metálicas de tres metros de altura par evitar aludes en el monte Lákora, basado en el Estudio de Afecciones Ambientales elaborado por la empresa Hibaia.

Contestación:

En primer lugar, indicar que en el año 2006 el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, tramitó correctamente dicho Estudio de Afecciones Ambientales, teniendo la correspondiente autorización del Departamento de Medio Ambiente Ordenación del Territorio y Vivienda.

En cuanto al conjunto de las cuestiones planteadas en relación con la afección a las especies, señalar al alegante que en el condicionado de la presente DIA se establecen las medidas adecuadas para resolverlas satisfactoriamente.

-Alegación número 4: Doña Ana Figueras Castellano en representación de Izquierda Unida de Navarra / Nafarroako Ezker Batua.

Alega que ya que el proyecto de acondicionamiento del ensanche de la sección transversal a 6 metros, es el momento oportuno para que el proyecto se realice incorporando un carril bici, de modo que el ensanche de dicha carretera, sea el necesario para habilitar este nuevo servicio, de modo que dé seguridad a una práctica deportiva como es el ciclismo tan extendida en este tramo.

Contestación:

Esta petición no puede ser atendida en razón a las limitaciones impuestas por la orografía y el entorno medioambiental en el que se circunscriben las obras previstas.

Por todo lo expuesto se propone la correspondiente formulación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de "Acondicionamiento y mejora de la carretera NA-1370, Isaba-Francia, p.k. 11+800 a p.k. 26+000 (Límite con Francia)".

-Alegación número 5: Don Angel María Barace Garcés.

Expone que las fincas BE-3 y BE-4, que aparecen en la relación de bienes y derechos afectados de este Proyecto como propiedad del comunal del Valle de Roncal, son fincas de su propiedad y de las que es titular por herencia. Aporta documentación acreditativa.

Contestación:

Revisada la documentación presentada, se acepta la alegación de don Angel María Barace Garcés.

ANEXO IV

Contenidos mínimos de un estudio para la valoración adecuada de la afección de antialudes y antiventiscas con relación a la presencia de especies de interés en un estado de conservación favorable en la zona de Larra

Este estudio deberá contener los siguientes apartados:

-Se realizará una recopilación de la información disponible referente al estudio sobre las consecuencias para la fauna de la colocación de infraestructuras similares ubicadas en otras zonas de montaña.

-Utilizando la metodología, el esfuerzo y fechas de muestreo adecuados (transectos, estaciones de muestreo, uso de reclamos, prospecciones de lugares de interés ...) se realzarán censos primaverales, postnupciales e invernales para estimar la población de perdiz pardilla nidificante, postreproductora e invernante en la zona de Puerto Grande de Lakora, así como otras especies potencialmente afectadas por las infraestructuras. Los censos se realizarán mediante líneas de batida, batidas con perro u otro método equivalente en el que la proporción de contactos se presupone alta. Al ser estos métodos relativamente agresivos con la especie, ya que obligan a un gasto extra de energía en la huída y llevan consigo molestias, y al tratarse de una especie en peligro de extinción, la metodología, fechas, etc de los muestreos se concretarán con antelación con los técnicos de la Sección de Hábitats.

-Se diseñarán asimismo, y coordinado con lo anterior, puntos de observación en los que se realizará un estudio del uso del espacio de la avifauna de interés en la zona, determinando zonas y periodos de máxima actividad, direcciones de vuelo, etc. Se llevará a cabo un especial seguimiento de los vuelos y situaciones de riesgo de colisión observadas. Se prestará especial interés a la avifauna catalogada, tanto nidificante como migratoria. El estudio final deberá abarcar al menos dos períodos de reproducción y un período invernal (un año y medio) y deberá emplear un esfuerzo de muestreo mínimo de 156 jornadas (dos jornadas por semana). La ubicación de los puntos de muestreo se realizará de modo que la presencia del observador influya lo menos posible en la utilización del espacio alrededor de las infraestructuras por parte la las especies objeto de estudio. El estudio deberá valorar el riesgo, al menos relativo, de afección de cada una de las especies detectadas.

-Se realizará en este período una detección y valoración del comportamiento de dichas especies susceptible de generar afecciones, referenciándolas con variables que puedan determinar las mismas, tales como visibilidad, viento, presencia de predadores, etc.

-Una parte del trabajo específica deberá ser el seguimiento meticuloso de las infraestructuras existentes para detectar colisiones de fauna, generándose para ello el protocolo necesario para la correcta anotación y análisis.

-Se realizará un análisis del estado de conservación del hábitat de la perdiz pardilla en la zona, así como de otras especies potencialmente afectables, valorando su capacidad de acogida para la especie y estimando, en la medida de lo posible, el rango de población considerada en la zona como estado de conservación favorable para estas aves.

-En virtud de los datos históricos recopilados, y de las observaciones realizadas se hará una aproximación a la evolución estimada de las distintas especies en los últimos años.

-Como consecuencia de la información recopilada, se realizará una valoración definitiva estimatoria de la posible afección de las infraestructruas, incidiendo en las tipologías, puntos fechas o cualquier otra variable que permita valorar la posible afección de instalación de este tipo de infraestructuras, así como medidas para reducir el impacto.

-Se deberá determinar el Plan de Vigilancia ambiental para la fase de explotación, que deberá incluir estudios en los que se siga analizando el uso del espacio de la avifauna de interés en la zona, haciendo hincapié en la detección de situaciones de riesgo. En este sentido se planteará para el Plan de Vigilancia una optimización del esfuerzo de seguimiento poniendo especial énfasis en las situaciones o periodos en los que se hayan detectado mayor número de situaciones de riesgo durante el período de estudio que se detalla (por ejemplo episodios de viento Sur, periodos migratorios, etc). El Plan de Vigilancia previsto durará el tiempo necesario para realizar una valoración eficaz.

En el caso de detectarse indicios de colisiones fatales con estas estructuras por parte de especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas se comunicarán inmediatamente a la Sección de Hábitats y al Servicio de Integración Ambiental.

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