BOLETÍN Nº 134 - 9 de noviembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 480/2005, de 26 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de "Acondicionamiento y refuerzo de la carretera NA-7251 de acceso a Armañanzas", en el Tramo General 5 del contrato de "Concesión de obras públicas para la construcción, conservación y explotación de la Autovía Pamplona-Logroño".

Por Orden Foral 381/2005, de 14 de julio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se aprobó técnicamente el proyecto de " Acondicionamiento y refuerzo de la carretera NA-7251 de acceso a Armañanzas", en el Tramo General 5 del contrato de "Concesión de obras públicas para la construcción, conservación y explotación de la Autovía Pamplona-Logroño", sometiéndose a información pública, incluyendo la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, durante 30 días hábiles, habiéndose publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 97, de 15 agosto de 2005.

Por la citada Orden Foral se sometía dicho proyecto y la relación de los bienes y derechos afectados a información pública, a fin de que se formulasen cuantas observaciones y alegaciones se estimasen oportunas.

El Servicio de Caminos y Construcción informa que transcurrido el plazo de alegaciones, se han recibido las siguientes:

Alegación número 1._Ayuntamiento de Armañanzas.

Solicita:

1. Se realice muro de escollera en el talud a partir del P.K. 2+000, ya que en esta zona el talud está hundido.

2. Se amplíe el puente existente en el tramo de dicha carretera que no se acondicionada y que comunica con la carretera Torres del Rio-Aguilar de Codés, para facilitar el tránsito de vehículos.

Contestación:

Se acepta el primer apartado de la alegación.

En cuanto al segundo apartado cabe señalar que:

a) No es objeto de este proyecto ampliar dicho puente ni acondicionar el tramo de carretera donde se sitúa.

b) Al no estar todavía definido el proceso constructivo para la ejecución del proyecto no se conoce con certeza si va a cortarse al tráfico el tramo de carretera a acondicionar. En caso de que sea necesario y los vehículos tengan que utilizar el tramo que comunica con la carretera Torres del Rio- Aguilar de Codés, se señalará en el puente el orden de preferencia de los vehículos sobre el mismo.

En consecuencia se desestima lo alegado en segundo lugar.

Alegación número 2._Jose María Ruiz de Galarreta Crespo.

Solicita se corrija el proyecto ya que las fincas AR-02, poligono1 parcela 532-b, AR-03, polígono 2 parcela 733-a y AR-06, polígono 2 parcela 731-a ya no son propiedad de Juana Hermoso de Mendoza Gómez de Oteo, sino que han sido heredadas por sus nietos José María y Eva María Ruiz de Galarreta Crespo.

Contestación:

Se acepta la alegación la cual debe ser justificada documentalmente durante el acto de levantamiento de actas.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Caminos y Construcción, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública del proyecto de "Acondicionamiento y refuerzo de la carretera NA-7251 de acceso a Armañanzas", en el Tramo General 5 del contrato de "Concesión de obras públicas para la construcción, conservación y explotación de la Autovía Pamplona-Logroño", en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente Orden Foral como contestación a las alegaciones presentadas.

2.º Aprobar definitivamente el proyecto de "Acondicionamiento y refuerzo de la carretera NA-7251 de acceso a Armañanzas" en el contrato de "Concesión de obras públicas para la construcción, conservación y explotación de la Autovía Pamplona-Logroño", Tramo General 5.

3.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados por el proyecto, recogidos en el anexo de esta Orden Foral, para que comparezcan el día 23 de noviembre en el Ayuntamiento de Armañanzas, a fin de proceder al levantamiento de actas previas de ocupación y en su caso, a las de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados, a cuyos efectos deberán asistir a dicho acto personalmente o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, certificación de registro de la propiedad, etc.) pudiendo hacerse acompañar, a su costa, si lo estiman oportuno de sus Peritos y un Notario.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en dos de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Foral de Navarra.

5.º Notificar la presente Orden Foral a los titulares de bienes y servicios afectados, a Autovía del Camino, S.A., al Servicio de Caminos y Construcción (Sección Obras en Concesión), al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas (Sección de Expropiaciones), al Ayuntamiento de Armañanzas y a los alegantes, a los efectos oportunos.

6.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

A N E X O

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados y desafectados

TERMINO MUNICIPAL DE ARMAZANZAS

AR-03 RUIZ DE GALARRETA, CRESPO, EVA MARIA 404,96 2 733-A T. LABOR

PASEO GARCIA DE NAJERA, 15, 2.º C - PAMPLONA

AR-04 HERMOSO DE MENDOZA ZUÑIGA, JOSE MIGUEL 710,17 2 732-A T. LABOR

SAN MARTIN, 17 - ARMAÑANZAS

AR-05 DESOJO MENDAZA, PABLO 72,82 1 277-F PASTOS-ARBOLADO

CARRETERA TORRES DEL RIO

AR-06 RUIZ DE GALARRETA, CRESPO, EVA MARIA 3.287,61 2 731-F T. LABOR

PASEO GARCIA DE NAJERA, 15, 2.º C - PAMPLONA

AR-07 OYON VALENTIN, FERNANDO 2.868,36 2 730-A T. LABOR

LA PLAZA, 1 - ARMAÑANZAS

AR-08 LOPEZ OYON, MONSERRAT 83,51 2 729-D PASTOS

MAYOR, 1 A, TORRES DEL RIO

AR-09 LOPEZ OYON, MONSERRAT 1.553,52 2 729-1 T. LABOR

MAYOR, 1 A - TORRES DEL RIO

AR-10 HERMOSO DE MENDOZA ZUNIGA, JOSE MIGUEL 39,40 2 37-B T. LABOR

SAN MARTIN, 17 - ARMAÑANZAS

AR-11 GUISASOLA MONTIEL, MARIA LUZ 32,44 1 80 SUELO

ZALDOKO, 18 - GORRAIZ

AR-12 HERMOSO DE MENDOZA ZUNIGA, JOSE MIGUEL 251,37 2 37-A SUELO

SAN MARTIN, 17 - ARMAÑANZAS

TERMINO MUNICIPAL DE TORRES DEL RIO

AR-01 BAQUEDANO DIAZ-CERIO, REMEDIOS 80,60 1 514-B FRUTALES

MAYOR, 1 - TORRES DEL RIO

AR-02 HERMOSO- MENDOZA GOMEZ-OTEO, JUANA 1.959,37 1 532-B T. LABOR

SAN PABLO, 1 - ARMAÑANZAS

Pamplona, 26 de octubre de 2005
El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Alvaro Miranda Simavilla.

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