34. ALDIZKARIA - 2015eko otsailaren 19a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

PERALTA

Propuesta de resolución
(Referencia: 10002/2015)

No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.

1.–Las alegaciones presentadas, y en su caso, la práctica de prueba solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida, por lo que han sido desestimadas por el motivo arriba indicado. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone, son los que figuran en la cabecera.

2.–Se pone en conocimiento del interesado que el expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en la calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona, donde de 8.30 a 14.00 horas y en días laborables podrá ser examinado y solicitarse copias de los documentos en él obrante.

3.–El pago de la multa podrá realizarse mediante giro postal o transferencia en la cuenta del Ayuntamiento ES3621005001122200034629 en el que conste nombre y dos apellidos del denunciado, matrícula y número de expediente; o en las oficinas de Geserlocal, S.L., sitas en calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona, teléfono 948 27 46 69.

4.–De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente, y presentar los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en la Oficina gestora sita en calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona; en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.–En el supuesto de que proceda la detracción de puntos, éstos se detraerán cuando la sanción sea firme (artículo 88 LSV). Puede consultar su saldo de puntos en www.dgt.es.

6.–Si no hubiese recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se procederá al archivo de actuaciones (Art. 92.3 LSV).

Peralta, 9 de febrero de 2015.–La Instructora, Concejala de Educación, firma ilegible.

RELACIÓN DE EXPEDIENTES

Expediente: 00263/2014. Denunciado: Alfaro Ciordia Eduardo. Matrícula: 7528DSG. Lugar: Rio 30. Día y hora: 22/10/2014 05:50. Precepto infringido: LSV: 9.2 REG: 3.1. Importe: 500,00 euros. Puntos: 6.

Iragarkiaren kodea: L1502175