2. ALDIZKARIA - 2010eko urtarrilaren 4a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 10-12-2009, mediante la que declara a la empresa Fincas Corral, S.L. con C.I.F número B60842499, responsable solidario de las deudas contraídas por la empresa Fincas Corral Pamplona, S.L. con C.I.F. B31637606 con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Fincas Corral, S.L. la cantidad de 34.396,72 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO

DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106489759

31/09/018995925

08/07-09/07

305,01

0111

31106489759

31/09/018996026

01/08-01/08

7.273,68

0111

31106489759

31/09/018996127

01/08-02/08

353,23

0111

31106489759

31/09/018996228

02/08-02/08

7.389,43

0111

31106489759

31/09/018996329

03/08-03/08

5.143,94

0111

31106489759

31/09/018996430

04/08-04/08

8.177,04

0111

31106489759

31/09/018996531

04/08-05/08

113,24

0111

31106489759

31/09/018996632

05/08-05/08

5.327,22

0111

31106489759

31/09/018996733

05/08-06/08

313,93

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 34.396,72 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, C/ San Nicolás, 30 sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27-11-97) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 22 de diciembre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 24-11-2009, mediante la que declara a don Rubiel Valencia Ospina con N.I.E número X6099101F, en su calidad de administrador de la empresa Montajes Vaos, S.L. con C.I.F número B31909765, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don Rubiel Valencia Ospina la cantidad de 8.208,82 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NUMERO

DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31107123390

31/09/018946819

12/07-12/07

1.696,55

0111

31107123390

31/09/018946920

01/08-01/08

1.677,84

0111

31107123390

31/09/018947021

02/08-02/08

1.668,46

0111

31107123390

31/09/018947122

02/09-02/09

664,98

0111

31107123390

31/09/018947223

03/09-03/09

797,99

0111

31107123390

31/09/018947324

02/09-03/09

51,20

0111

31107123390

31/09/018947425

04/09-04/09

825,90

0111

31107123390

31/09/018947526

05/09-05/09

825,90

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 8.208,82 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, C/ Juana García Orcoyen, 1-8.º F sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27-11-97) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 22 de diciembre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones. Ana Casas Carretero.

Iragarkiaren kodea: E0929146