43. ALDIZKARIA - 2009ko apirilaren 10a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Ejecución 0000035/2009

En el procedimiento de Ejecución número 0000035/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de José Antonio Ruiz Hernández contra la empresa Fondo De Garantía Salarial (Fogasa) Y Palasan Estudios Proyectos y Construcción, S.l., sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Se despacha ejecución a instancia de José Antonio Ruiz Hernández contra Palasan Estudios, Proyectos y Construcción S.l., por un principal de 24.502,91 euros, más 1837,71 euros de intereses provisionales y la de 2450,20 euros de costas provisionales.

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, suficientes a cubrir las indicadas cantidades.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina 0030-8025 0000 0000 0000, al concepto 3158 0000 64 0035/09.

Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente para que en el plazo de diez dias, de no haber abonado en su totalidad la cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Visto el contenido del hecho tercero de la presente resolución, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274-3.º de la L.P.L., dése audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de Impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco dias hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo propongo a S.S.ª. Conforme. El Juez; La secretaria.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Palasan Estudios Proyectos y Construcción S.l., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 2 de marzo de 2009.-La Secretaria Judicial Rosa María Valencia Ederra.

Iragarkiaren kodea: J0911427