58. ALDIZKARIA - 2008ko maiatzaren 9a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona

Edicto demanda 0000075/2008

Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 0000075/2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Iñigo Ros Adot contra la empresa Clima Iruña, Sociedad Limitada y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Iñigo Ros Adot, sobre despido objetivo, debo declarar y declaro la nulidad del despido de efectos 31 de diciembre de 2007, condenando a la empresa Clima Iruña, Sociedad Limitada a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, readmita al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido. Condeno a la empresa, además, a que abone al trabajador los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el 6 de enero de 2008, a razón de 40,12 euros diarios de salario, con prorrata de pagas extras. Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de todos los pedimentos deducidos contra el mismo, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.-Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar letrado que le dirija el recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito Sociedad Anónima, Banco de Vitoria Sociedad Anónima), sucursal de la Calle Cortes de Navarra, 5 de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento, número 3159 0000 65 0075 08.

Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 0075 08 la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

También se advierte a la empresa, que si recurre, viene obligada a dar ocupación al trabajador despedido, o si prefiere, abonarle el salario correspondiente sin contraprestación de servicios durante todo el tiempo que dure la tramitación del recurso. Enterados, firman, doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Clima Iruña, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 18 de abril de 2008.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0806350