57. ALDIZKARIA - 2008ko maiatzaren 7a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de familia)

EDICTO

En Pamplona, a 15 de abril de 2008.

Doña Margarita Pérez-Salazar Resano, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (familia).

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona se tramita procedimiento de Divorcio contencioso con el número 57/2008 instados por el Procurador señor Angel Echauri Ozcoidi, actuando en nombre y representación de don Manuel Rodríguez Arroyo frente a doña Rosa María Dávila Hidalgo en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Fallo:

Estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Señor Angel Echauri,en nombre y representación de Manuel Rodríguez Arroyo, frente a Rosa María Dávila Hidalgo, en situación de Rebeldía procesal, debo decretar y decreto, la disolución por Divorcio del matrimonio que contrajeron el día 30 de junio de 1973, con los efectos inherentes a esa declaración y los establecidos en la Sentencia de Separación dictada con fecha 13 de diciembre de 2004 y con las medidas siguientes:

-Se extingue la obligación del señor Rodríguez de abono de alimentos a favor de las hijas Esther y Nerea.

-Procede la extinción del derecho de uso concedido a la esposa en la Separación, al consolidarse el uso en la propiedad, en virtud del acuerdo liquidatorio aprobado por Auto de fecha 28 de enero de 2008. No procede hacer expresa imposición de costas.

Firme la presente resolución líbrese exhorto al Registro Civil que proceda para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Rosa María Dávila Hidalgo en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 15 de abril de 2008.-La Secretaria Judicial, Inmaculada Jurío Macaya.

Iragarkiaren kodea: J0806080