64. ALDIZKARIA - 2007ko maiatzaren 23a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla

EDICTO

María Asunción Hernández Jiménez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de juicio ejecutivo, bajo el número 0000165/1993, a instancias de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra Teodoro Mendívil Irisarri, Elena Pejenaute Sanz y Transportes Frigoríficos Mendivil, S.A., en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto, el día 24 de julio de 2007 a las doce horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado con los requisitos siguientes:

Primero._Requisitos para pujar. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, número 0030 8025 000000000000 poniendo como referencia procedimiento 3178000005 3178000017016593 o de haber prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (artículos 647, 669.1.º y 666 L.E.C.).

Segundo._Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (artículo 648 L.E.C.).

Tercero._Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (artículos 668 y 669.2.º L.E.C.).

Cuarto._Condiciones para la aprobación del remate, posturas admisibles.

1._Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

2._Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida.

3._Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

_Su postura supere el 50 por 100 del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

_El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura).

_O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (artículo 670 L.E.C.).

Quinto._Destino de los depósitos constituidos para pujar. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652 L.E.C.).

Sexto._Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (artículo 653 L.E.C.).

Séptimo._Para el caso de que por causa de fuerza mayor, o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo, y el remate no pudiera llevarse a efecto en el día y hora señalados, se celebrará en el día siguiente hábil a la misma hora, excepto los sábados.

Octavo._Para el supuesto de que la notificación del señalamiento al/los ejecutados resultare negativa, servirá el presente edicto para su notificación.

DESCRIPCION DE LA/S FINCA/S OBJETO DE SUBASTA

1) Vivienda letra B de la planta tercera, de un edificio en la calle del Cristo, 10 de Falces. Tiene una superficie construida de 104,87 m², y útil de 89,90 m². Linda frente con caja de escalera y vivienda A; derecha entrando, proyección del jardín privado en la calle del Cristo; izquierda, calle de servicio y fondo, con bloque A-1. Tiene anejo un condominio en elementos comunes del inmueble de trece enteros por ciento. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tafalla al tomo 1708, libro 118, folio 44, finca 7734.

Valorada a efectos de subasta descontadas las cargas anteriores, en 31.789,03 euros.

2) Rústica: Mitad indivisa de pieza de tierra de regadío en el término de Tramoya, jurisdicción de Falces. Tiene una cabida 15 robadas y 2 almutadas, equivalentes a un hectárea, treinta y cinco áreas y ochenta y cinco centiáreas. Linda: Norte, acequia; Sur, camino; Este, camino y Gabino Preciado; y Oeste Fermín Añorbe. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tafalla al tomo 1650, libro 103, folio 212, finca 8328.

Valorada a efectos de subasta (1/2 indivisa) en 10.548,75 Euros.

3) Rústica: Mitad indivisa de pieza de tierra de regadío, sita en el término de Tramoya, jurisdicción de Falces. Tiene una cabida de tres robadas con seis almutadas, equivalentes a treinta y tres áreas y treinta y dos centiáreas. Linda: Norte, río del término; Sur, brazal; Este, camino; y Oeste brazal. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tafalla al tomo 1650, libro 103, folio 209, finca 2703.

Valorada a efectos de subasta (1/2 indivisa) en 2.587,30 Euros.

Tafalla, 2007ko maiatzaren 10a
La Secretaria, María Asunción Hernández Jiménez.

Iragarkiaren kodea: J0708223