155. ALDIZKARIA - 2007ko abenduaren 14a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona

Edicto cedula notificación general

En el procedimiento Juicio verbal L.E.C. 2000, número 1161/2007 instado por Francisco Roldán García contra Zeus Alba Jiménez se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 170/07.

En Pamplona, 15 de noviembre de 2007.

Vistos por el Ilmo., J. Miguel Iriarte Barberena, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona y su Partido, los presentes autos de Juicio verbal L.E.C. 2000 número 1161/2007 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Francisco Roldán García representado por el Procurador Alberto Miramón Gómara y asistido por el Letrado Eduardo M.ª Donezar Diez de Ulzurrun contra Zeus Alba Jiménez en rebeldía, sobre Desahucio (arrendaticios).

Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Alberto Miramón Gómara en nombre y representación de Francisco Roldán García y debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la vivienda sita en calle Villafranca 15 A-4.ª de Pamplona existía entre el demandante y Zeus Alba Jiménez en rebeldía, y en consecuencia debo declarar y declaro que procede el desahucio del demandado de la expresada finca apercibiéndole de que si no la desaloja será lanzado de ella y a su costa.

Debo condenar y condeno a Zeus Alba Jiménez a que haga efectivas al demandante dos mil setenta y tres con quince euros (2.073,15 euros), con aplicación del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y pago de todas las costas procesales.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Zeus Alba Jiménez se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 16 de noviembre de 2007.-La Secretaria Judicial, firma ilegible.

Iragarkiaren kodea: J0718126