7. ALDIZKARIA - 2005eko urtarrilaren 17a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento 336/2004 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de María Dolores Viedma Molina, contra la empresa C.V. y J.J., S.L., sobre cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 19 de noviembre de 2004, en cuyo fallo aparece lo siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por María Dolores Viedma Molina, frente a la empresa C.V. y J.J., S.L., debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por esta sentencia y a abonar a la actora la cantidad de 2.889,22 euros por dicho concepto, más el interés del 10 por cien de recargo de mora.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta 0030-8025-0000-0000-0000, procedimiento 3158-0000-65- 033604, en Banesto, sito en la calle Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con número 3158-0000-69-033604, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario, en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante, a menos que él hubiese hecho designación expresa de este último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo".

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a C.V. y J.J., S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2004ko abenduaren 17a
El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.

Iragarkiaren kodea: J0419252