BOLETÍN Nº 88 - 27 de abril de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 62E/2023, de 11 de abril, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la inversión en pymes industriales de 2023. Identificación BDNS: 668740.

Por Resolución 1012E/2022, de 30 de diciembre, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se aprobó la convocatoria de 2023 de ayudas a la inversión en pymes industriales (Boletín Oficial de Navarra número 19, de 27 de enero de 2023).

Tras la publicación de la convocatoria se ha considerado preciso modificar algunas de las bases reguladoras de las ayudas a fin de facilitar y agilizar el procedimiento de concesión y abono de las mismas. En concreto, se modifica la base 6 para que la visita de comprobación del inicio de las inversiones pase a ser potestativa y la base 14 para que no esté sujeta a plazo la comprobación material de las inversiones que debe realizarse, con carácter previo al pago, en el caso de las ayudas superiores a 60.000 euros.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.–Modificar las siguientes bases reguladoras de las ayudas a la inversión en pymes industriales de 2023:

1.1. Se modifica el primer párrafo del apartado 2 de la base 6 "Periodo de ejecución de las inversiones", que pasa a tener la siguiente redacción:

"2. En garantía del efecto incentivador de las ayudas recogido en el artículo 6 del Reglamento (UE) N.º 651/2014, no serán subvencionables las inversiones que hayan sido iniciadas o ejecutadas antes de la fecha de solicitud de las ayudas. A tal fin, el órgano gestor de las ayudas podrá realizar una visita al establecimiento de la empresa."

1.2. Se modifica el apartado 2 de la base 14 "Pago de la subvención", que pasa a tener la siguiente redacción:

"2. Las subvenciones de capital superiores a 60.000 euros exigirán, para proceder a su pago, la comprobación material de la inversión por el órgano gestor de las ayudas. A tal fin, personal de dicho Servicio realizará una visita al establecimiento de la empresa donde se ubiquen las inversiones y levantará acta de comprobación de las inversiones. No se abonará la subvención correspondiente a aquellos elementos de inversión que no se hallen en ese momento en el establecimiento de la empresa.

Cuando el importe de la subvención sea inferior a 60.000 euros, las beneficiarias deberán acreditar la ejecución de las inversiones mediante fotografías."

2.–Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 11 de abril de 2023.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo. Izaskun Goñi Razquin.

Código del anuncio: F2305750