BOLETÍN Nº 83 - 24 de abril de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 285E/2023, de 31 de marzo, del director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión mediante traslado por concurso de méritos, de 509 vacantes de enfermero/a para los organismos autónomos del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 29 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la cual prevé la realización de un proceso de estabilización del empleo temporal de las Administraciones públicas. La disposición adicional décima de dicha ley, establece su aplicación a la Comunidad Foral de Navarra en los términos establecidos en el artículo 149.1.18 y disposición adicional primera de la Constitución, así como en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Posteriormente, se aprobó la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en las Administraciones públicas de Navarra, la cual establece en su artículo 10 que las plazas incluidas en la oferta pública de empleo de estabilización serán ofertadas a un procedimiento de movilidad interna mediante concurso de traslados.

Asimismo, se indica que tanto en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea como en el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, el procedimiento de concurso de traslados deberá llevarse a cabo tras el correspondiente procedimiento de acoplamiento interno previo.

Mediante Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo, se aprueba la oferta parcial de empleo público del personal sanitario del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022, correspondiente a la tasa de estabilización conforme al Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra.

Mediante Decreto Foral 81/2022, de 14 de septiembre, se aprueba la modificación del Decreto Foral 58/2022, de 25 de mayo por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Vista la conformidad de la Subdirección de Personal y Relaciones Laborales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para la provisión mediante traslado por concurso de méritos de 509 vacantes de enfermero/a para los organismos autónomos del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en virtud de las facultades conferidas por los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea aprobados por Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión mediante traslado por concurso de méritos, de 509 vacantes de enfermero/a para los organismos autónomos del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Aprobar las bases de la correspondiente convocatoria de traslado por concurso de méritos que consta como anexo I y anexo II de la presente resolución.

3.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.1 c) y 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en virtud de la delegación de competencias efectuada por la Orden Foral 118/2019, de 29 de agosto, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

Pamplona, 31 de marzo de 2023.–El director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Gregorio Achutegui Basagoiti.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

1.–Objeto y normas generales de la convocatoria.

1.1. Plazas convocadas.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 509 vacantes de enfermero/a para los organismos autónomos del Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, incluidas en la oferta pública de empleo correspondiente a la tasa de estabilización, que se señalan en el anexo I, con los destinos siguientes:

–505 en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

  • 1 en Servicios Centrales.
  • 307 en el Hospital Universitario de Navarra.
  • 115 en Atención Primaria.
  • 30 en el Área de Salud de Estella.
  • 40 en el Área de Salud de Tudela.
  • 12 en Salud Mental.

–4 en el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

1.2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:

–La Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra.

–La Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

–El Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

–Demás normativa complementaria.

1.3. Los actos que deriven de la convocatoria se publicarán a través de los siguientes medios:

–La convocatoria de provisión y la resolución de adjudicación mediante traslado en el Boletín Oficial de Navarra.

–Resto de actos en la página web de empleo público del SNS-www.empleosalud.navarra.es en la pestaña "Traslados" y la categoría correspondiente.

1.4. La presente convocatoria de concurso de méritos incluye únicamente el concurso de traslado de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

1.5. En el presente concurso serán objeto de la convocatoria las vacantes inicialmente incluidas en la misma y aquellas que dejen las personas aspirantes que obtengan en el concurso un nuevo puesto de trabajo, siempre que pertenezcan a la plantilla de los organismos autónomos del Departamento de Salud.

No obstante, no se ofertarán aquellas plazas que dejen vacantes las personas aspirantes que hayan obtenido otra en el concurso de traslado, cuando no sea precisa su cobertura por tratarse de plazas "a extinguir" o porque la misma no se estuviera desempeñando efectivamente por su titular o mediante sustitución.

1.6. Al personal que participe en el concurso de traslado de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, no se le modificará el régimen jurídico al que estuviera sujeto con anterioridad a su participación en el concurso.

Esta previsión no resultará de aplicación al personal fijo a tiempo parcial de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, que cuando acceda a una plaza a tiempo completo adquirirá la condición de funcionario.

El personal con régimen jurídico funcionarial o estatutario podrá acceder mediante traslado por concurso de méritos a una plaza laboral a tiempo parcial, pasando en este supuesto a la situación de excedencia voluntaria como funcionario o estatutario.

1.7. El personal funcionario, estatutario o contratado laboral fijo al que se adjudique plaza en la presente convocatoria, percibirá las retribuciones que le correspondan según las disposiciones vigentes.

1.8. El régimen de jornada se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.9. En el caso de optar a puestos de trabajo bilingües, para cuyo acceso es preceptivo el conocimiento del euskera, el nivel requerido de conocimiento de euskera deberá ser acreditado mediante la correspondiente titulación o certificado acreditativo del correspondiente nivel conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública.

1.10. Quienes hubieran ingresado en cualquiera de las Administraciones públicas de Navarra, con posterioridad a la fecha 1/1/2009, tras la superación de las correspondientes pruebas selectivas, en plazas para las que sea preceptivo el conocimiento del euskera o de algún idioma comunitario, solamente podrán participar en la provisión de las vacantes para las que el conocimiento de dicho idioma sea preceptivo para su desempeño.

Esta previsión no se aplicará en aquellos supuestos en los que, sin tener en cuenta el conocimiento del idioma exigido, el resultado del proceso selectivo le hubiera permitido al interesado la obtención de una plaza que no tuviera establecido dicho requisito.

2.–Requisitos.

2.1. Para ser admitidas al presente concurso de méritos, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser personal funcionario, estatutario o laboral fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, encuadrado en el nivel o grupo B.

b) Haber sido nombrado en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

c) De acuerdo con la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, es requisito para el acceso a aquellos puestos que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.

Este requisito se acreditará mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, o mediante autorización al SNS-O para que solicite dicha certificación al Registro Central de Delincuentes Sexuales.

2.2. Quienes se encuentren en situación distinta a la de activo, deberán acreditar que reúnen los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes a esta convocatoria.

2.3. Para acceder a las vacantes bilingües determinadas normativamente en las que con arreglo a lo establecido en el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, fuera preceptivo acreditar determinado nivel de conocimiento de euskera, dicho nivel de conocimiento se acreditará según lo indicado en la base 1.9.

2.4. Los requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de presentación de solicitud de participación, debiendo gozar de los mismos durante todo el procedimiento hasta el momento de la adjudicación de la plaza obtenida, en su caso.

2.5. El personal de plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en situación de excedencia sin reserva de plaza podrá reingresar al servicio activo mediante su participación en la convocatoria de concurso de traslado.

2.6. El personal que hubiera reingresado con carácter provisional por adscripción a una plaza vacante de enfermero/a, deberá presentarse obligatoriamente a la presente convocatoria de concurso de traslado al objeto de la adjudicación de destino definitivo, que tendrá carácter irrenunciable.

3.–Instancia, plazo y lugar de presentación.

3.1. Inscripción y presentación de méritos.

La solicitud de inscripción se presentará de forma telemática, a través de la página web: www.empleosalud.navarra.es, en la pestaña "Traslados", en la categoría correspondiente.

3.2. Acreditación de los requisitos.

3.2.1. El requisito exigido en el apartado 2.1.c) se podrá acreditar, en el caso de que no se haya hecho con anterioridad, mediante la autorización al SNS-O cumplimentando el apartado destinado a ello en la instancia de participación, o bien adjuntando a la misma vía telemática la correspondiente certificación.

3.2.2. El requisito de conocimiento de euskera, cuando así proceda, deberá ser acreditado mediante la correspondiente titulación oficial, que aportará junto con la instancia de participación.

3.3. Plazo de presentación.

El plazo para presentar la solicitud será de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dicho plazo será improrrogable.

4.–Listas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el director de Profesionales del SNS-O aprobará la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en la ficha web de la convocatoria, con la indicación de que, dentro de los 3 días naturales siguientes, y de forma telemática, se podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el órgano competente dictará resolución declarando desierto el concurso. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

Terminado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas estas, el director de Profesionales del SNS-O aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará la publicación de la misma en la ficha web de la convocatoria.

Si no existiesen personas aspirantes excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y se ordenará su publicación en la ficha web de la convocatoria.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal que ha de calificar el concurso estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: María José Díaz Zalduendo, jefa de Servicio de Gestión de la Contratación, Ingreso y Provisión del SNS-O.

Presidenta suplente: Esther Eraso Goñi, subdirectora de Personal y RRLL del SNS-O.

Vocal: María José Algarra Ustárroz, designada por los representantes del personal del SNS-O.

Vocal suplente: Sergio Arrondo Garrido, designado por los representantes del personal del SNS-O.

Vocal-Secretaria: Francisca Díaz Jiménez, personal administrativo del SNS-O.

Vocal-Secretario suplente: Xabier Lainez Pinto, personal administrativo del SNS-O.

5.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, pudiendo constituirse a partir del mismo día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria.

5.4. En el supuesto de que haya una sola persona aspirante admitida en la lista definitiva, el órgano convocante aplicará directamente lo dispuesto en la base 8 de la presente convocatoria, no siendo necesario en este caso la constitución y la actuación del tribunal.

5.5. El tribunal tendrá su sede en Servicios Centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, calle Tudela, número 20, C.P. 31003-Pamplona.

6.–Calificación de méritos.

6.1. El tribunal procederá a valorar los méritos presentados.

6.2. Se valorarán como único mérito los servicios prestados a las Administraciones públicas atendiendo, a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en la fecha de publicación de la convocatoria.

–Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

–No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

7.–Relación de personas aspirantes según la puntuación obtenida.

El tribunal efectuará la calificación de los méritos de todas las personas concursantes y la hará pública en la página web de la convocatoria.

Los empates que se produzcan en la puntuación de los concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor tiempo de servicios prestados en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Si persiste el empate, se dirimirá mediante un único sorteo celebrado al efecto por el tribunal calificador. Entre las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los empates se solventarán atendiendo al orden alfabético, partiendo de los apellidos y nombre de la persona cuyo número haya sido extraído en el sorteo.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a partir de la publicación de dichas relaciones, para efectuar las alegaciones pertinentes. Dichas alegaciones se harán vía telemática, a través de la página web de la convocatoria.

Una vez resueltas las alegaciones presentadas por las personas interesadas, el tribunal calificador hará pública, por los mismos medios y forma señalados en esta base, la valoración definitiva de méritos.

8.–Elección de vacantes.

8.1. Se aplicará como procedimiento de movilidad voluntaria el traslado por concurso de méritos en los siguientes supuestos:

a) Entre los diferentes centros de adscripción del personal conforme a lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre.

b) Entre plazas con régimen de jornada ordinaria o completa y plazas con régimen de jornada a tiempo parcial o viceversa.

8.2. El procedimiento a seguir será el siguiente:

a) Con carácter previo a la elección, se pondrá a disposición de las personas participantes la relación de centros (o en su caso plazas) a elegir, tanto los iniciales como los que puedan quedar de resultas. Esta información se hará pública en la página web de la convocatoria.

b) Quienes participen formularán su elección vía telemática, en el plazo de 5 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del resultado definitivo del baremo. Para ello deberán acceder al enlace indicado en la página web de la convocatoria y relacionar por orden de preferencia las plazas y/o centros deseados, tanto iniciales como generados por resultas.

c) El órgano convocante llevará a cabo el acto de elección y adjudicación teniendo en cuenta el orden de puntuación y el resto de criterios establecidos.

d) La información del resultado de la elección se publicará en la página web de la convocatoria.

La elección de vacantes supone la aceptación expresa por parte de la persona aspirante de la plaza que se le adjudique y tendrá carácter irrenunciable.

8.3. Quien, dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificado, no formule elección, perderá todos sus derechos a desempeñar las plazas objeto del concurso.

9.–Adjudicación y ocupación de puestos de trabajo.

9.1. El órgano competente, mediante resolución, adjudicará a las personas concursantes la plaza que les hubiese correspondido en el concurso, y procederá a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Dicha publicación sustituye a la notificación a las personas interesadas a los efectos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando dentro de una misma unidad orgánica, exista un número de plazas vacantes cubiertas temporalmente, con idénticas características, superior al de las personas aspirantes que hubieran solicitado plaza en dicha unidad, se acordará la adjudicación de la plaza convocada que corresponda al personal que acredite mayor tiempo de contrato en la concreta plaza objeto de cobertura, independientemente del número de plaza que la identifique en plantilla, y de la elección que hubiera hecho, en su caso, la persona concursante.

9.2. La adjudicación de plazas a las personas concursantes, en virtud de la elección de vacantes que realicen de conformidad con el orden de prelación resultante, se realizará mediante resolución en la que se fijará la fecha de incorporación única para todas las personas participantes en el procedimiento.

9.3. La resolución de los procedimientos de provisión de plazas mediante concurso de traslado se formalizará con carácter previo a la adjudicación de plazas en los procesos de estabilización.

10.–Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y los actos de la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con el artículo 126 1. c) y 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en virtud de la delegación de competencias efectuada por la Orden Foral 118/2019, de 29 de agosto, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

Contra los actos definitivos emanados del tribunal calificador, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el director gerente del SNS-O, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 126.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

ANEXO II

OPE estabilización 2022

Plazas concurso traslado enfermería.

N.º PLAZA

ÁMBITO

TIEMPO PARCIAL

EUSKERA REQUISITO

60309

SSCC

72340

AP

72490

AP

x

60709

AP

68477

AP

EUSKERA B2

72491

AP

72089

AP

60371

AP

EUSKERA B2

60462

AP

EUSKERA B2

72481

AP

EUSKERA B2

60661

AP

68707

AP

69421

AP

72494

AP

60559

AP

71773

AP

72495

AP

72145

AP

72504

AP

72497

AP

EUSKERA B2

60751

AP

60621

AP

66375

AP

71184

AP

72486

AP

EUSKERA B2

72487

AP

x

EUSKERA B2

72499

AP

x

72489

AP

EUSKERA B2

60437

AP

EUSKERA B2

72501

AP

EUSKERA B2

60691

AP

60792

AP

72502

AP

x

60037

AP

60969

AP

66093

AP

72509

AP

60201

AP

60965

AP

72527

AP

72528

AP

72510

AP

72529

AP

60696

AP

EUSKERA B2

72500

AP

x

EUSKERA B2

60156

AP

60717

AP

65734

AP

71873

AP

72492

AP

60876

AP

66848

AP

72503

AP

60175

AP

60971

AP

68896

AP

72147

AP

72496

AP

60596

AP

71320

AP

EUSKERA B2

72546

AP

x

72545

AP

x

72544

AP

72493

AP

72530

AP

72506

AP

66393

AP

70717

AP

72150

AP

72507

AP

72498

AP

72526

AP

72151

AP

60780

AP

72536

AP

72537

AP

x

62081

AP

60256

AP

72538

AP

x

60833

AP

71325

AP

72153

AP

72539

AP

67386

AP

67851

AP

69215

AP

72091

AP

72092

AP

72093

AP

72154

AP

72511

AP

72516

AP

72517

AP

x

72518

AP

x

72519

AP

x

72520

AP

x

72525

AP

x

72521

AP

x

72522

AP

x

72523

AP

x

72515

AP

72524

AP

x

72531

AP

72534

AP

x

72535

AP

x

72532

AP

72533

AP

73070

AP

73071

AP

67850

AP

72155

AP

72542

AP

x

72543

AP

x

72512

AP

72513

AP

72514

AP

72710

HUN

x

72711

HUN

x

72712

HUN

x

72770

HUN

x

72771

HUN

x

61053

HUN

63370

HUN

71818

HUN

72760

HUN

x

61471

HUN

72210

HUN

72211

HUN

72618

HUN

72764

HUN

x

68387

HUN

x

69009

HUN

x

69010

HUN

x

72725

HUN

x

61236

HUN

61274

HUN

61522

HUN

62368

HUN

65894

HUN

69614

HUN

69613

HUN

69631

HUN

72763

HUN

x

72703

HUN

x

72705

HUN

x

72644

HUN

72645

HUN

72734

HUN

x

72735

HUN

x

72736

HUN

x

72737

HUN

x

68366

HUN

68995

HUN

x

72694

HUN

x

72699

HUN

x

61733

HUN

61871

HUN

62297

HUN

62344

HUN

68923

HUN

x

72629

HUN

63577

HUN

69015

HUN

69016

HUN

x

72641

HUN

72642

HUN

72753

HUN

x

62318

HUN

72755

HUN

x

72689

HUN

x

72690

HUN

x

72700

HUN

x

72701

HUN

x

61567

HUN

61676

HUN

62156

HUN

63731

HUN

72623

HUN

72624

HUN

72630

HUN

72631

HUN

72634

HUN

62680

HUN

62742

HUN

65102

HUN

62769

HUN

62925

HUN

63519

HUN

72625

HUN

72626

HUN

72632

HUN

72635

HUN

72636

HUN

72687

HUN

72741

HUN

x

63760

HUN

64266

HUN

68092

HUN

72668

HUN

72669

HUN

72670

HUN

72671

HUN

72672

HUN

72673

HUN

72674

HUN

72675

HUN

72676

HUN

72677

HUN

72678

HUN

72679

HUN

72680

HUN

72681

HUN

72682

HUN

72683

HUN

72684

HUN

72685

HUN

72686

HUN

72688

HUN

68879

HUN

x

68880

HUN

x

72614

HUN

x

68881

HUN

x

68882

HUN

x

62982

HUN

72616

HUN

x

61140

HUN

61561

HUN

62119

HUN

62601

HUN

63422

HUN

69020

HUN

x

72377

HUN

x

72761

HUN

x

72762

HUN

x

72666

HUN

72667

HUN

72718

HUN

x

72727

HUN

x

72728

HUN

x

72731

HUN

x

72738

HUN

x

72739

HUN

x

72740

HUN

x

72748

HUN

x

72749

HUN

x

72754

HUN

x

61157

HUN

63120

HUN

67228

HUN

67230

HUN

71278

HUN

72643

HUN

72651

HUN

72652

HUN

72653

HUN

72654

HUN

72655

HUN

72656

HUN

72657

HUN

62733

HUN

63375

HUN

63457

HUN

63693

HUN

64899

HUN

67155

HUN

72620

HUN

72621

HUN

72622

HUN

72658

HUN

72659

HUN

63526

HUN

68096

HUN

72373

HUN

x

72692

HUN

x

72772

HUN

x

72730

HUN

x

61923

HUN

72364

HUN

x

72365

HUN

x

62280

HUN

62975

HUN

68427

HUN

x

61241

HUN

61617

HUN

62101

HUN

63634

HUN

64748

HUN

72691

HUN

x

72724

HUN

x

72729

HUN

x

62959

HUN

63531

HUN

64221

HUN

64318

HUN

64894

HUN

69002

HUN

x

69633

HUN

71969

HUN

72695

HUN

x

72766

HUN

x

63288

HUN

64773

HUN

67160

HUN

72698

HUN

x

72759

HUN

x

63629

HUN

63700

HUN

67148

HUN

69003

HUN

x

72742

HUN

x

72746

HUN

x

68091

HUN

68416

HUN

x

72693

HUN

x

72704

HUN

x

72716

HUN

x

72723

HUN

x

62209

HUN

61960

HUN

63095

HUN

68425

HUN

x

68916

HUN

x

68917

HUN

x

68918

HUN

x

69619

HUN

72217

HUN

72768

HUN

x

72664

HUN

72665

HUN

72722

HUN

x

60449

HUN

64296

HUN

64684

HUN

65059

HUN

66468

HUN

67144

HUN

72218

HUN

72758

HUN

x

72707

HUN

x

63387

HUN

63707

HUN

64204

HUN

66461

HUN

69004

HUN

x

72767

HUN

x

72743

HUN

x

72744

HUN

x

70669

HUN

70670

HUN

72094

HUN

72702

HUN

x

72765

HUN

x

72769

HUN

x

72617

HUN

65795

HUN

72660

HUN

61755

HUN

61786

HUN

66701

HUN

72706

HUN

x

72713

HUN

x

72717

HUN

x

72757

HUN

x

61571

HUN

61934

HUN

72662

HUN

72663

HUN

72720

HUN

x

72732

HUN

x

72752

HUN

x

72756

HUN

x

70660

HUN

72363

HUN

x

72696

HUN

x

72697

HUN

x

60405

HUN

61356

HUN

61896

HUN

62234

HUN

65764

HUN

68419

HUN

x

72721

HUN

x

72733

HUN

x

64636

HUN

69006

HUN

x

69007

HUN

x

72747

HUN

x

64988

HUN

65069

HUN

72773

HUN

x

62869

HUN

63386

HUN

64452

HUN

72750

HUN

x

64943

HUN

68364

HUN

68999

HUN

x

69012

HUN

x

69779

HUN

69767

HUN

71840

HUN

72207

HUN

72208

HUN

72379

HUN

x

72637

HUN

72638

HUN

72646

HUN

72647

HUN

72648

HUN

72649

HUN

72745

HUN

x

64003

HUN

68392

HUN

x

72708

HUN

x

72751

HUN

x

63575

HUN

68996

HUN

x

68418

HUN

x

72714

HUN

x

72726

HUN

x

72709

HUN

x

72715

HUN

x

72719

HUN

x

72984

TUD

64610

TUD

65662

TUD

69339

TUD

72103

TUD

72285

TUD

72985

TUD

64718

TUD

72286

TUD

72986

TUD

72987

TUD

72997

TUD

65157

TUD

69959

TUD

64380

TUD

70761

TUD

70759

TUD

70755

TUD

70753

TUD

70981

TUD

72288

TUD

72289

TUD

72995

TUD

64409

TUD

72992

TUD

64505

TUD

69965

TUD

70756

TUD

72105

TUD

72291

TUD

72988

TUD

72989

TUD

67798

TUD

71192

TUD

72990

TUD

72993

TUD

64613

TUD

70763

TUD

64408

TUD

72991

TUD

63187

EST

73032

EST

x

73042

EST

62645

EST

73040

EST

x

72111

EST

73046

EST

x

73044

EST

73043

EST

x

73045

EST

x

63251

EST

63765

EST

67961

EST

67963

EST

67964

EST

73036

EST

68968

EST

72312

EST

73041

EST

66628

EST

73037

EST

73034

EST

73035

EST

72112

EST

68608

EST

69880

EST

72311

EST

73039

EST

x

73033

EST

67320

EST

62213

SM

62902

SM

70141

SM

71858

SM

68825

SM

x

68826

SM

x

68828

SM

x

73060

SM

73063

SM

73061

SM

72325

SM

73062

SM

70056

ISPLN

72443

ISPLN

72444

ISPLN

71885

ISPLN

Código del anuncio: F2305414